Los reglamentos de las Cortes Generales no hacen mención al consumo de tabaco o de productos relacionados en sus espacios, fumar o vapear son prácticas que se regulan de forma general a través de la ley de 2008 por la que se rige el consumo de tabaco y su posterior modificación en 2010.
Contexto. El senador del Partido Popular, Javier Arenas, fue captado por las cámaras que grababan el pleno en la Cámara Alta de este martes sacando de su bolsillo un vapeador y usándolo sentado en su escaño detrás de la ministra de Sanidad, Mónica García, mientras esta intervenía en la cámara (min. 1:18).
¿Qué dicen los reglamentos? Ni el reglamento del Senado ni el del Congreso hacen referencia alguna a fumar (ni a vapear) en estos espacios aunque ya en 1984 se planteó la necesidad de que los diputados “saliesen” a fumar al exterior, como recoge este artículo de El País de la época.
- Desde Newtral.es nos hemos puesto en contacto con el Congreso y el Senado para preguntar sobre si hay alguna normativa específica al respecto pero por el momento no hemos obtenido respuesta del Congreso.
- Desde el Senado explican que la cámara adoptó en 2004 una norma interna para prohibir el consumo de tabaco en las dependencias del hemiciclo y que estas quedaran restringidas a áreas específicas de fumadores. Esta es una norma que desapareció con la ley de 2005 que extendió la prohibición a toda la cámara.
Entonces, ¿qué dice la ley? Actualmente es la ley 42/2010 la encargada de regular la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco en espacios públicos. Según esta normativa en vigor fumar tabaco tanto en el Senado como en el Congreso estaría prohibido al tratarse de un espacio público cerrado.
- Lo nuevo. En septiembre de este año el Consejo de Ministros anunció un anteproyecto de ley que prevé equiparar los cigarros electrónicos al tabaco convencional para prohibir vapear en terrazas o paradas de autobús. Esta iniciativa aún no ha sido aprobada de manera definitiva por el Gobierno, por lo que aún no ha llegado al Congreso para comenzar su tramitación parlamentaria.
Los vapeadores. Los vapeadores se contemplan en la legislación española a través del real decreto 579/2017 en las partes en que la norma hace referencia a los “dispositivos susceptibles de liberación de nicotina”, explican desde la organización Facua, aunque este texto no prohíbe su consumo en espacios cerrados.
El consumo de tabaco. En España existen límites al consumo de tabaco desde 1988 cuando se prohibió fumar en colegios y hospitales. Desde entonces se ha modificado la normativa en vigor hasta en seis ocasiones distintas para extender la prohibición de fumar a otros espacios.
(*) Este artículo ha sido actualizado para incluir las declaraciones de Facua y del Senado.