Dos sentencias judiciales probaron que Santa Bárbara Sistemas (la empresa que desarrolló los tanques Leopard españoles), tuvo problemas, en 2006 y 2013, con dos empleados que accedieron a información confidencial y sensible, relacionada con los carros de combate que fabricaron. Uno de ellos llegó a publicar documentos por internet donde, entre otras cosas, se revelaban los acuerdos comerciales que tenía la empresa con el Ministerio de Defensa.
En una sentencia de 2018, de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que ha tenido acceso Newtral.es se detalla que un empleado de la multinacional Santa Bárbara Sistemas, empresa que ha participado en el desarrollo de los Leopard (la variante española Leopardo 2E), publicó a través de un blog documentación “confidencial y sensible de la empresa”.
La información que se publicó estaba relacionada con pedidos comerciales de la compañía, entregas de armamentos al Ministerio de Defensa y también se detallaban “problemas técnicos y de producción” que tenía la empresa con sus tanques Pizarro.
- El vehículo Pizarro es un blindado de combate que utiliza el Ejército de España. Al igual que la versión española de los tanques Leopard, estos también fueron desarrollados por Santa Bárbara Sistemas, pero junto a la empresa austriaca Steyr-Daimler-Puch AG. La firma española dispone de la cadena de montaje del vehículo en una factoría en Alcalá de Guadaíra.
Fue la propia empresa armamentística la que denunció a su empleado en 2014. El Juzgado de lo Penal nº 01 de Móstoles dictó sentencia cuatro años después, el 9 de marzo de 2018, y declaró culpable del delito de descubrimiento y revelación de secretos al trabajador de la compañía armamentística.
El empleado publicó en un blog de internet la información “confidencial” de los tanques
Según recoge el escrito judicial, este trabajador gestionaba un blog en internet donde publicó la información “confidencial” de los carros de combate. Dicho blog fue creado por el propio trabajador, tal y como corroboraba un informe que entregó Google al juez, y en el que se vinculaba la dirección IP del empleado y su teléfono con la web.
El 1 de marzo de 2013, el trabajador publicó un post titulado «Conoce los protagonistas del Ere de Santa Bárbara» en el que exponía un documento interno de la empresa, al que no estaba autorizado a acceder.
Este documento se titulaba «2012 Año Pizarro 100 x100», y tal y como sostiene el escrito judicial, su publicación afectó al desarrollo interno de Santa Bárbara, ya que “contenía información confidencial y sensible de la empresa sobre sus pedidos, entregas de armamentos y problemas técnicos de uno de sus tanques”.
Un informe de Google vinculó al empleado de Santa Bárbara con el blog donde se filtró la información
Tras ser condenado, el extrabajador recurrió ante la Audiencia Provincial explicando que las pruebas periciales no eran concluyentes porque el blog donde se publicó la información confidencial lo gestionaba junto a otras personas. Apuntaba que este hecho vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva y el de presunción de inocencia.
La defensa del acusado sostuvo en su recurso que la autoría de los hechos se sustentaba “en una prueba pericial errónea”, pues en el informe aportado por Google no se vinculaba su dirección IP directamente con la publicación que “era objeto del procedimiento”. Por lo que consideraba que solo existían “indicios” de su participación, “pero no pruebas concluyentes”.
La Audiencia Provincial prefirió darle “mayor credibilidad y verosimilitud” a los datos ofrecidos por Google y desestimó el recurso del exempleado de la empresa que desarrolló los tanques Leopard españoles, declarando que la sentencia del juzgado de Móstoles se ajustaba al derecho.
El CNI denegó en 2017 la acreditación para manejar información reservada al extrabajador de Santa Bárbara
El 13 de febrero de 2017, el Director del Centro Nacional de Inteligencia denegó la Habilitación Personal de Seguridad Nacional de Grado Reservado al exempleado de Santa Bárbara Sistemas, que filtró los documentos “sensibles” y “confidenciales”.
En la resolución del CNI se desprende que el organismo basó esta decisión en una investigación de seguridad que llevaron a cabo. Fue así cómo descubrieron que el solicitante tenía un proceso penal abierto, desde mayo de 2015, en el que la empresa que desarrolló los tanques Leopard le denunció por filtrar sus documentos internos.
- Estas acreditaciones determinan que una persona cumple los criterios necesarios para acceder a Información Clasificada generada por la Administración y las empresas españolas. Se pueden solicitar al CNI a través de su web, rellenando un formulario.
El texto señala que el extrabajador no mencionó este detalle en el formulario de solicitud para la acreditación, a pesar de que “constaba una pregunta en la que se le requería que señalara expresamente si tenía algún antecedente policial o penal o si se había visto involucrado en un proceso judicial -aunque fueran faltas leves”.
Esta persona presentó un recurso contencioso-administrativo, en la Audiencia Nacional, ante la decisión del Director del CNI de denegarle la Habilitación Personal de Seguridad Nacional de Grado Reservado. Pero el juez en 2018 desestimó el recurso.
Un registro sorpresa en el domicilio de otro empleado descubrió “numerosa documentación” que fue “sustraída” de sus oficinas
Hubo un segundo caso en el que la empresa que desarrolló los tanques Leopard tuvo problemas con otro trabajador, que fue despedido y posteriormente readmitido, en relación con documentación interna confidencial. En 2003, tanto la Policía Nacional como la Guardia Civil llevaron a cabo un registro en la casa del entonces Jefe de Seguridad de la compañía armamentística.
El registro tuvo lugar porque, por un lado, la Guardia Civil, en octubre de 2002, empezó a investigar a uno de los hijos del trabajador de Santa Bárbara. La antigua empresa donde trabajaba su hijo les entregó 10 CDs, que dejó en su puesto de trabajo y que «contenían información propiedad» de la empresa armamentística «relativa a diverso armamento”.

La Guardia Civil remitió los CDs al Servicio de Inteligencia del Ejército, que les informó de que el contenido de los mismos “no afectaba a la Defensa Nacional, pero sí podía afectar a los intereses de la empresa armamentística”. Por otra parte, la Policía había recibido una denuncia contra el hijo, por supuesta apropiación de un software.
En ese momento, tanto el Jefe de Seguridad como su hijo compartían domicilio. De hecho, tal y como señala la sentencia, su hijo también había trabajado anteriormente en Santa Bárbara durante un periodo limitado, pero en ese tiempo “no tuvo permiso para acceder a la documentación clasificada«.
Desde un manual de tripulación de los Leopard a documentos sobre el blindaje de los tanques Pizarro
Para autentificar los documentos incautados por la Policía en su domicilio, tres directivos de la empresa armamentística se personaron en las oficinas de la comandancia. A los pocos días, la compañía decidió despedir al Jefe de Seguridad a través de una carta.
En el escrito, donde se notificaba el despido, y al que ha tenido acceso Newtral.es, la compañía señalaba que “del análisis de la documentación incautada” se desprendía que «prácticamente toda era de carácter sensible”.
Entre la “numerosa documentación” que se encontró en la inspección había dos tacos paginados, “clasificados como ‘Confidencial’ por la empresa”; uno de 8 folios grapados y otro de 12, con la inscripción «Explosivo para blindaje reactivo VCI/Pizarro”.
También se hallaron cinco hojas del proceso de instalación del Manual de Tripulación del tanque Leopard A4 (el modelo Alemán), con clasificadas por la empresa con «Difusión Limitada”, además había un paquete de más de 240 folios, con la leyenda «Nato Unclasified». “Estos son documentos que, según la empresa, el trabajador no estaba “autorizado para sacar de la empresa”, apunta la carta.
El Tribunal Superior obligó a Santa Bárbara Sistemas a readmitir al empleado e indemnizarle
El extrabajador denunció a Santa Bárbara por despido improcedente el 16 de julio de 2004, pero el Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid no le dio la razón, por ello presentó un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.
Esta instancia sí le dio la razón, ya que señala que los documentos “no se obtuvieron de forma ilícita”, puesto que entre otras cosas no se acreditó si “la documentación fue sacada de la empresa por el actor”, solo se demostró que la Guardia Civil halló estos documentos en su domicilio. También señala que la empresa no acreditó correctamente que los documentos extraídos tenían el grado de clasificados y confidenciales.
Por ello, estimó el recurso de suplicación, declaró improcedente el despido de su Jefe de Seguridad y condenó a la empresa a readmitirlo e indemnizarle con 173.514,38 euros, además de darle “una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido”.
En Newtral.es nos hemos puesto en contacto con la empresa armamentística para preguntar su opinión respecto a ambos procesos y si desde entonces han variado alguno de sus protocolos de seguridad, pero han declinado hacer alguna apreciación al respecto.
- Sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional (04/06/2019)
- Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (20/09/2018)
- Sentencia Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social (28/02/2006)