En qué casos España ya prevé la expulsión de extranjeros que hayan cometido un delito

En qué casos España ya prevé la expulsión de extranjeros en caso de delito
En la imagen, el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo. Foto: Marcial Guillén | EFE.
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En un encuentro con presidentes autonómicos celebrado este domingo en Murcia, el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, se refirió a la inmigración ilegal como “un desafío que se ha descontrolado y que hay que afrontar” (min. 00:39:08). Entre las propuestas enumeradas, el popular reiteró la expulsión del país de aquellos migrantes que hayan cometido delitos. 

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  • “Hay que cumplir la ley y tener tolerancia cero con el delito”, dijo. “Los delitos graves implicarán automáticamente que se pierda el derecho a la residencia y, los delitos reincidentes, aunque sean leves, no podrán premiarse tampoco con la permanencia en España” (min. 1:28:52), añadía.

Sin embargo, con la normativa vigente, ya se puede expulsar a los extranjeros ante determinadas infracciones y delitos graves o muy graves, y los antecedentes también implican la pérdida de residencia legal. Carlos Arce, profesor de derecho constitucional en la Universidad de Córdoba, recuerda que “la presencia de las personas extranjeras en España está continuamente sometida a revisión y control”.

En qué casos se prevé la expulsión de extranjeros (regulares o irregulares) que delinquen en España

“La regla general, según recoge el artículo 89 del Código Penal, es que a toda persona extranjera, ya esté en situación regular o irregular, que cometa un delito que esté penado entre uno y cinco años de prisión, se le sustituya esa condena en España por la expulsión del territorio”, explica Carlos Arce a Newtral.es .

  • No se expulsaría a ese extranjero en casos excepcionales que así lo requieran y siempre que el juez considere que es preferible para asegurar el orden público. En esos casos “se podrá acordar la ejecución de una parte de la pena (en España) que no podrá ser superior a dos tercios de su extensión, y la sustitución del resto por la expulsión del penado del territorio español”.
  • Esto quiere decir que “se expulsará a este extranjero una vez que cumpla su condena o incluso antes, en cuanto se le conceda el tercer grado o el cuarto grado (o libertad condicional)”, añade Arce.

Importante. Es la expulsión de España la propia consecuencia penal de su delito. Esto quiere decir que no tiene por qué cumplir ninguna pena concreta en el extranjero.

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Si el extranjero comete un delito que esté penado con cinco años o más, el Código Penal sí recoge que se cumpla la condena en España porque se entiende que al ser un delito más grave, la expulsión del país solamente no es suficiente pena, por lo que ese extranjero cumplirá la condena en España.

  • Cuando a esta persona se le pudiera conceder el tercer grado penitenciario o la libertad provisional, entonces esa parte de condena que le quede se le sustituirá por la expulsión del país.
Que un extranjero se encuentre en España en situación irregular no es un delito como dice Pepa Millán

Cuando se podría expulsar a un extranjero 

Además de los casos en los que la expulsión está prevista, hay otros en los que se puede expulsar a un extranjero. Esto es así cuando comete algunas infracciones graves o muy graves, y se cambia la sanción de multa por la expulsión de España, previa tramitación del correspondiente expediente administrativo, como recoge la Ley de Extranjería y el ministerio del Interior en su web.

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Es el caso de las infracciones muy graves y algunas graves como:

  • Encontrarse de manera irregular en el territorio español, por no haber obtenido la prórroga de estancia, carecer de autorización de residencia o tener caducada más de tres meses la mencionada autorización, y siempre que no se hubiera solicitado la renovación de la misma en plazo.
  • Estar trabajando en España sin haber obtenido autorización de trabajo o autorización administrativa previa para hacerlo sin tener permiso de residencia.
  • Incurrir en ocultación dolosa o falsedad grave en el cumplimiento de la obligación de poner en conocimiento de las autoridades competentes los cambios que afecten a nacionalidad, estado civil o domicilio, así como incurrir en falsedad en la declaración de los datos obligatorios para cumplimentar el alta en el padrón municipal, siempre que tales hechos no constituyan delito.
  • Incumplir medidas impuestas por razón de seguridad pública, de presentación periódica o de alejamiento de fronteras o núcleos de población.
  • Que dicho extranjero realice actividades contrarias al orden público previstas como graves en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

¿Cómo afectan los antecedentes penales a las autorizaciones de residencia? Arce apunta además que las consecuencias penales también afectan a la situación administrativa en materia de extranjería ya que “una de las causas para perder la autorización de residencia o que no te permitan renovarla es tener antecedentes penales o policiales”, como indica el Reglamento de Extranjería.

Fuentes
  • Carlos Arce, profesor de derecho constitucional en la Universidad de Córdoba y miembro de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA)
  • Código Penal
  • Ley de Extranjería
  • Reglamento de Extranjería
  • Ministerio del Interior

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