A finales del pasado mes de enero comenzaron a circular distintas publicaciones que aseguraban que el Gobierno de España habría pactado con Bildu la exclusión de Euskadi Ta Askatasuna (ETA) de la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea. Medios de comunicación como El Debate, COPE o La Razón y webs como La Gaceta de la Iberosfera —vinculada a Vox a través de la Fundación Disenso— publicaron titulares como el siguiente: Sánchez pacta con Bildu sacar a ETA de la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea.
El líder de Vox, Santiago Abascal, reaccionó a estas supuestas informaciones en un mítin celebrado en Zaragoza, donde dijo que “ETA ha puesto a Pedro Sánchez en el Palacio de la Moncloa” y que la banda terrorista “ya no mata porque no le hace falta”. En otro acto de su partido celebrado recientemente en Arévalo (Ávila) llegó a afirmar que “nunca España ha tenido un Gobierno que […] colocara en la dirección del Estado a los enemigos de España, a los separatistas e incluso a los terroristas, a los que acaba de sacar de la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea”.
En rigor, ETA no aparece en la lista consolidada de organizaciones terroristas de la Unión Europea, pero sí se mantiene incluida en un anexo de personas, grupos y entidades sobre los que se pide colaboración policial o judicial que no se actualiza desde el año 2009.
Lo que se conoce como la “lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea” se creó en 2001, tras los atentados del 11-S en Estados Unidos. Actualmente incluye a 23 grupos y 13 personas individuales, los cuales están sometidos a sanciones como la prohibición de viajar a cualquier territorio europeo, la inmovilización de sus activos y la prohibición de poner fondos o recursos económicos a su disposición.
El Consejo de la Unión Europea revisa y actualiza esta lista dos veces al año. De hecho, la última actualización es del pasado mes de febrero y sirvió para incluir a la Guardia Revolucionaria de Irán entre las organizaciones sancionadas.
ETA no está en esta lista, sino en otra que no se actualiza desde 2009
Tal y como ha comprobado Newtral, la banda terrorista ETA —que en 2011 anunció el cese de la violencia y que se disolvió definitivamente en 2018— no figura en esta lista de organizaciones terroristas sancionadas en la Unión Europea a día de hoy. De hecho, no aparece en ninguna de las actualizaciones recientes. La lista que actualmente está en vigor y que impone sanciones se puede consultar en el Anexo II de la Decisión 2026/455/CFSP [ver aquí], donde no está incluida la banda terrorista ETA ni ninguno de sus miembros. Tampoco está el IRA irlandés ni otros grupos domésticos europeos.
Sin embargo, ETA sí figura en otro anexo con un listado de organizaciones terroristas que, según el buscador de legislación europea, continúa en vigor. Se trata de la Posición Común 2009/468/CFSP [ver aquí], que no se actualiza desde el año 2009, cuando la banda todavía tenía actividad armada. En esta lista también aparecen otras organizaciones terroristas de ámbito doméstico europeo como el IRA o las Brigadas Rojas italianas, las cuales tampoco tienen actividad.

Entre los sancionados en esta lista aparecen nombres vinculados a ETA como el de Juan María Olano, exdirigente de Gestoras Pro Amnistía, el cual entró en prisión en el año 2006 por orden del entonces juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska, actual ministro del Interior.
¿Por qué hay dos listas en vigor?
La conocida como “lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea” se creó en el año 2001 tras los atentados del 11-S en Estados Unidos. El documento original es la Posición Común 2001/931/CFSP [ver aquí], que se ha ido actualizando en sucesivas ocasiones mediante Decisiones del Consejo de la Unión Europea y otras Posiciones Comunes.

Esta versión original ya incluía a la banda terrorista ETA junto a otros grupos como el IRA, pero solo a efectos del artículo 4 de la Posición Común original, que se limita a instar a los estados europeos a mantener cooperación policial y judicial respecto a las organizaciones terroristas. Es decir, ya excluía a algunas organizaciones como ETA de las sanciones, las cuales se desarrollan en los artículos 2 y 3 de la citada Posición Común aprobada en 2001.
- La primera lista de organizaciones terroristas elaborada en 2001 mezclaba grupos y personas sancionadas con otras sobre las que solo se pedía colaboración judicial y policial.
- El listado de grupos terroristas sobre los que solo se pide colaboración policial y judicial —que incluye a ETA— no se actualiza desde el año 2009.
- ETA abandonó la lucha armada en 2013 y se disolvió en 2018.
- La lista de grupos terroristas sancionados en la Unión Europea sí se ha ido actualizando periódicamente —dos veces al año—, pero no incluye a ETA.
Fuentes del Consejo de la Unión Europea aclaran que, si bien ETA no aparece en la lista consolidada de organizaciones terroristas de la Unión Europea, la banda sí se mantiene incluida en la lista de personas, grupos y entidades a las que únicamente se aplica el artículo 4 de la Posición Común 2001/931/CFSP, que no se actualiza desde el 15 de junio de 2009.
La propia página web del Consejo de la Unión Europea se refiere a la “lista de organizaciones terroristas de la UE” aludiendo a la que figura en el anexo de las Decisiones del Consejo, en cuya versión en vigor —del 26 de febrero de 2026— no aparece ETA, solo organizaciones extranjeras que la UE considera terroristas como Hamas, el PKK, la Guardia Revolucionaria de Irán o la organización neonazi estadounidense The Base.
- Buscador de legislación de la Unión Europea (Eurlex)
- Posición Común 2001/931/CFSP
- Posición Común 2009/468/CFSP
- Decisión 2026/455/CFSP
- Respuesta del Consejo de la Unión Europea a Newtral
- Consejo de la UE | Sanciones contra el terrorismo
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