Los partidos políticos pueden decidir sobre la expulsión de sus militantes y afiliados siguiendo las normas que marcan los estatutos de cada uno de ellos. Así lo ha hecho, por ejemplo, el PSOE, que anunció la expulsión de Nicolás Redondo Terreros (ex secretario general del PSE) por su “reiterado menosprecio a las siglas en las que milita”, como adelantó elDiario.es.
Los socialistas consideran que Redondo Terreros incumplió algunos artículos de la normativa que recoge el partido en sus estatutos en varias ocasiones, como en la publicación de su artículo titulado Dignidad en varios medios como La Verdad o El Correo. En este habla sobre la amnistía y comparte afirmaciones como “no será solo Sánchez y su camarilla; será el PSOE, todo y completo, el que en ese salto acrobático destruya lo que protagonizó”.
Pero ¿por qué se puede expulsar a alguien de un partido político? ¿Qué dicen los estatutos de las principales formaciones?
Los estatutos de los dos principales partidos: cuándo sancionan con expulsión el PP y el PSOE
Cada partido cuenta con unas pautas distintas para justificar la expulsión de un militante o afiliado, pero tanto el PP como el PSOE incluyen este tipo de sanción cuando no se respetan los acuerdos tomados desde el comité principal o se menosprecia el trabajo de otros cargos de la formación
En el caso del PSOE, los últimos estatutos aprobados —hace dos años, en el 40 Congreso— incluyen artículos concretos sobre estos casos. En el artículo sobre principios rectores, los socialistas señalan que “se impondrá la sanción de expulsión del partido a aquellos que hayan sido condenados por delito relacionado con la corrupción”. Esto no se llegó a aplicar a ninguno de los dos expresidentes de Andalucía condenados por estos motivos, ya que los dos se dieron de baja antes, como informó El País.
La expulsión también puede ser una consecuencia si se comete una falta “muy grave”, como aparece en los estatutos del partido, entre ellas, las que el PSOE considera que ha cometido Nicolás Redondo. Algunas de las 11 que definen son:
- “La indisciplina reiterada en relación con las decisiones de las instancias competentes del partido”.
- “Menoscabar la imagen de los cargos públicos o de las instituciones socialistas”.
- “Actuación, por acción u omisión, en contra de acuerdos adoptados por los órganos de dirección del partido”.
- En el PSOE contemplan, además, la expulsión provisional cuando hay una “actuación en contra de acuerdos expresamente adoptados por los órganos de dirección del partido”.
En los estatutos del PP también se contemplan casos concretos en los que el partido puede sancionar con una expulsión a un militante o afiliado. Al igual que el PSOE, los populares contemplan esta medida cuando se produce alguna de las 21 faltas que consideran “muy graves”, como las siguientes:
- “Incurrir en cualquier forma de corrupción en el ejercicio de cargos públicos”
- “Por manifiesta deslealtad al partido, a sus órganos de gobierno y representación, entendida ésta como toda acción u omisión voluntaria que pueda perjudicar el interés general del partido”.
- “La desobediencia a las instrucciones o directrices que emanen de los órganos de gobierno y representación del partido (…)”.
- “Crear o inducir a la creación de corrientes de opinión, contrarias a los intereses del partido, organizadas en su seno, así como participar en ellas”.
Los populares dan opción de volver a ingresar en el partido tras ser expulsado del mismo, pero deben haber transcurrido al menos seis años.
Vox y Sumar también contemplan la expulsión como medida sancionadora
Los estatutos de otros partidos incluyen sanciones con expulsión similares a las del PP y PSOE. En concreto, Vox la contempla como castigo a “infracciones muy graves”, entre las que figuran “las actitudes que signifiquen grave menoscabo a la dignidad del partido” o “las filtraciones de cualquier documento” que cause daño al partido.
Los de Abascal también incluyen la expulsión en los casos de corrupción, pero solo cuando la condena por sentencia penal sea firme.
Sobre esto también hablan los estatutos del partido de Yolanda Díaz. En Sumar, incluyen como sanción de “expulsión obligatoria” cuando “la persona afiliada haya sido condenada por delitos relacionados con la corrupción”. Además, entre las faltas muy graves que pueden suponer la expulsión está la de “desoír de manera reiterada los acuerdos y directrices adoptados por los órganos directivos competentes”.
Tanto Sumar como el PSOE incluyen la suspensión cautelar a aquellas personas a las que se les haya abierto un juicio oral por un delito relacionado con la violencia de género.
- Estatutos del PSOE
- Estatutos del PP
- Estatutos de Vox
- Estatutos de Sumar
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