Novedades BOE | Nueva regulación del Estatuto del Artista: contrato laboral artístico, indemnizaciones y redefinición de espectáculo

Nueva regulación del Estatuto del Trabajador
Tiempo de lectura: 5 min

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el miércoles 23 de marzo de 2022 un real decreto-ley para mejorar las condiciones laborales del sector cultural en el marco de la regulación del Estatuto del Artista.

Publicidad

Qué cambia. La nueva norma crea el contrato laboral artístico; amplía la definición de espectáculo público, que ya no implicará únicamente actuar encima de un escenario. También incorpora actividades técnicas y auxiliares para adaptarse “a la nueva realidad”. Cambia el régimen indemnizatorio de los contratos y establece que los profesionales de la cultura quedarán exentos del desincentivo incluido en la reforma laboral para los contratos que duran menos de 30 días.

A quién afecta. La medida busca, según el Gobierno, una mejora de las condiciones de los trabajadores de la actividad artística para actores, escritores, cineastas, compositores, bailarines, entre otros, tal y como cita la norma.

Por qué ahora. El Real Decreto-Ley se aprueba para mejorar el Real Decreto 1435/1985 que regula la relación laboral especial de los artistas de espectáculos. Existía la recomendación de actualizarlo desde que el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el informe de la Subcomisión para la elaboración del Estatuto del Artista, en septiembre de 2018.

La Comisión Interministerial para el Estatuto del Artista estaba desarrollando trabajos para trasladar estas recomendaciones a una regulación desde septiembre de 2021.

Además, la norma cita la situación en la que se encuentra el sector económico de la cultura con la irrupción de la pandemia causada por la COVID-19, que en algunos casos “se ha visto absolutamente paralizado”.

Publicidad

Cambio en el Estatuto del Artista: un nuevo contrato laboral

La norma crea un nuevo régimen de contratación con una modalidad específica, el contrato laboral artístico para adaptarse a la intermitencia de la actividad.

En qué consiste. Podrá celebrarse para una duración indefinida o por un tiempo determinado. El acuerdo que solo se firme para cubrir las necesidades temporales de la empresa podrá ser para una o varias actuaciones, por un tiempo cierto, por una temporada o por el tiempo que la obra permanezca en el cartel o se estime que duren las fases de producción. Se elimina así la concatenación de contratos de temporada e impulsa su transformación en indefinidos o de tipo fijo discontinuo adaptados a la realidad de la actividad profesional que se desempeñe.

También se impone la exigencia de acreditar la causa que justifica la contratación y de la duración temporal del contrato, cuyo incumplimiento implica la consideración de contrato indefinido.

El periodo de preaviso de extinción podrá concertarse por escrito en el contrato estando sujeto a los límites de duración de la actividad.

Redefinición de espectáculo público y de la actividad profesional artística

El Real Decreto-ley también amplía la definición de espectáculo público para incluir actividades que no tienen que realizarse necesariamente sobre el escenario. La nueva norma incorpora también al personal técnico y auxiliar que no pertenezca a la estructura fija de las empresas del sector.

Publicidad

Además, adapta la legislación a la producción de expresiones artísticas en el entorno web, el streaming, la difusión online o el podcast.

Según el Ejecutivo, la nueva regulación permite adecuar la actividad profesional artística y el Estatuto del Artista “a las nuevas realidades culturales, los nuevos formatos y canales de difusión y, en general, nuevas formas y manifestaciones culturales”.

Nuevas indemnizaciones e incentivos a la Seguridad Social

Con el objetivo de desincentivar la contratación temporal, la norma también modifica el régimen indemnizatorio de los contratos del ámbito cultural. La cuantía se unifica a 12 días para todos los colectivos. Este monto se incrementa a 20 días cuando la duración del contrato exceda de 18 meses.

Asimismo, el real decreto-ley establece que los profesionales de la cultura quedarán exentos del desincentivo incluido en la reforma laboral para los contratos que duran menos de 30 días, debido a la especial naturaleza de las actividades artística, técnicas y auxiliares en las artes escénicas, la actividad audiovisual y la música, cuyo carácter es más intermitente.

Otras novedades BOE:  dos millones a la Cruz Roja para combatir el suicidio

El BOE también publica un Real Decreto que regula la concesión directa de una subvención a la Cruz Roja Española para la prevención, detección precoz y atención a personas con riesgo de conducta suicida por 2.049.750 euros.

Publicidad

En qué consiste. Contempla diferentes actuaciones como el desarrollo de un sistema de atención telefónica para la prevención de la conducta suicida dirigido a la población. La actualización del mapa de recursos comunitarios disponibles para el apoyo psicosocial a personas con ideación o conducta suicida o la colaboración con el Ministerio de Sanidad en el diseño y en la elaboración de acciones de formación y campañas de comunicación de las actividades para prevenir el suicidio.
Por qué ahora. El Gobierno afirma que la pandemia de COVID-19 está produciendo un grave impacto en la salud mental de la población y que esta actividad se ha visto incrementada desde que empezó.