Tras el cierre de los colegios electorales en las elecciones generales del 23-J, a las 21 h. se empezaron a conocer los primeros datos sobre el recuento de los votos. No obstante, la velocidad de publicación del escrutinio variaba de una provincia a otra, mientras que en Soria a las 21:52 h. se había realizado el 50% del escrutinio, en Madrid solo se había contabilizado el 12,68% a las 21:57 h., como recogen los medios que estaban siguiendo el recuento en directo.
El Ministerio del Interior señala a Newtral.es que la velocidad del recuento de votos está unida a la población de los municipios. Además, apunta a que los datos de los que tienen menos habitantes se transmiten antes que los que cuentan con un número mayor. Sin embargo, los expertos apuntan también a otros factores más allá de la densidad de población.
La densidad de población podría ser el factor por el que varía la velocidad en el escrutinio del voto entre provincias
Gema Sánchez Medero, doctora en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense de Madrid, coincide con lo planteado por el Ministerio, aunque añade que depende también de la dispersión de esa población. Cuenta a Newtral.es que la diferencia de velocidad en el escrutinio se debe a las distintas densidades de población de los municipios. “Cuando en una provincia hay muchos municipios pequeños, es decir, con poca población, más rápido se hace el recuento”, añade.
La politóloga señala, además, que en provincias como León, donde hay localidades con muy poca población, los resultados se comparten muy rápidamente. “Es donde la población está muy dispersa y es menor, donde el recuento se hace más rápidamente”, añade. Por ello, de lugares como Madrid o Barcelona, grandes ciudades, es de donde más tarde se conocieron los datos del escrutinio.
El censo electoral recoge a aquellas personas que reúnen los requisitos para ser electores y no se encuentran privados del derecho al sufragio. En el caso de Soria, el Instituto Nacional de Estadística (INE), señala que el censo electoral de esta provincia, con datos a 1 de junio de 2023, cuenta con 68.232 electores, el más reducido después de los de Ceuta y Melilla. En esta demarcación, a las 22:16h. se alcanzó el 63% del voto escrutado.
A pesar de que los expertos defienden que la velocidad del recuento es menor cuanto más reducida es la población, en el caso de Burgos, con un censo electoral 4 veces mayor que el de Soria, el 90% de las papeletas se habían escrutado a las 22:20 h. Por otro lado, en Madrid, donde hay casi 5 millones de personas en el censo electoral, el más amplio del país, el 88,36% de los votos escrutados se conoció casi una hora después, a las 23:17h.
Ante estos datos, Pedro Riera, director del departamento de Ciencias Sociales de la Universidad Carlos III de Madrid, indica a Newtral.es que, aunque no hay investigaciones ni datos sobre este asunto, es probable que además de la densidad de población, a la hora de contar los votos, importan otros factores, como “el nivel de participación, la educación y la edad de los integrantes de la mesa”.
El escrutinio de votos se hace de la misma manera en todas las provincias
El conteo de datos se hace siguiendo el mismo procedimiento en todas las circunscripciones, según lo estipulado en la ley electoral.
La Ley Régimen Electoral General (LOREG), especifica que, una vez se han finalizado las votaciones con el cierre de los colegios electorales a las 20:00h se inicia el conteo de las papeletas, que se hace de forma manual y pública. El Presidente de mesa extrae, uno a uno, los sobres “de la urna correspondiente y leyendo en alta voz la denominación de la candidatura o, en su caso, el nombre de los candidatos votados”.
Una vez terminado el conteo, el Presidente de mesa debe anunciar en voz alta el resultado incluyendo el “número de electores censados, el de certificaciones censales aportadas, el número de papeletas nulas, el de votos en blanco y el de los votos obtenidos por cada candidatura”. Finalizado este proceso, se publican los resultados con un acta de escrutinio que recibe el representante de la Administración presente en el colegio. Posteriormente, transmite la información a un centro de recogida y al Centro de Totalización de Datos.
- Ministerio del Interior
- Gema Sánchez Medero, doctora en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense de Madrid
- Pedro Riera, director del departamento de Ciencias Sociales de la Universidad Carlos III de Madrid
- Ley Orgánica, 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
0 Comentarios