El aumento del número de contagios y de rebrotes de coronavirus en diferentes puntos de España, ha llevado a que algunas comunidades autónomas hayan decidido aumentar las normas sobre el uso de las mascarillas.
En un primer momento, el uso de las mascarillas era obligatorio en recintos cerrados, como por ejemplo el transporte público, y en espacios abiertos solo cuando no se pudiera asegurar cumplir la distancia mínima de seguridad.
Después de que Canarias fuera la última en hacerlo, todas comunidades autónomas, Ceuta y Melilla han regulado el uso de la mascarilla para que esta sea obligatoria incluso en espacios abiertos cuando se asegure el cumplimiento de las distancias de seguridad. Es decir, ya no es sustitutivo de la distancia, sino complementario.
[Los rebrotes de coronavirus detectados en España y en el resto del mundo]
¿En qué consiste la obligatoriedad de la mascarilla todo el tiempo?
Pese a que estas comunidades establecen que es obligatorio su uso durante prácticamente todo el tiempo que se esté en espacios abiertos al público, se marcan como excepción a los menores de 6 años y las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada. También aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Andalucía
La Junta de Andalucía comunicó esta semana el uso de la mascarilla, obligatorio a partir del miércoles 15 de julio. Esta prohibición incluye todas las actividades, también estar en la playa o en la piscina. No obstante, puede no usarse durante el baño, cuando se esté comiendo o bebiendo o en la sombrilla con distancia de seguridad.
Al igual, queda exenta mientras se practique deporte individual al aire libre. «La mascarilla tiene que ser un atuendo más, tenemos que usarlo todo el día en todo momento» , indicó el consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y portavoz del Gobierno autonómico, Elías Bendodo.
Aragón
También en Aragón es obligatorio el uso de las mascarillas incluso cuando se pueda realizar distanciamiento social al aire libre, según se recoge en el Boletín Oficial de Aragón. La norma entró en vigor el 14 de julio.
«Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad», explica el texto.
Además, no será posible quitarse la mascarilla al sentarse en un bar o restaurante, solo podrá hacerse en los momentos concretos en que se coma o se beba, por lo tanto deberán ponérsela durante los momentos de conversación con los acompañantes y los camareros.
Asturias
Asturias estableció como obligatorio el uso de mascarillas al aire libre incluso cuando pueda cumplirse la distancia social el 14 de julio, cuando se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
El decreto explica que el cambio está motivado por diversos factores, «como el carácter de los brotes y casos surgidos en otras Comunidades Autónomas, que afectan principalmente a personas asintomáticas, así como la relajación en el uso de la mascarilla». Desde entonces el uso de la mascarilla es obligatorio en los núcleos urbanos de Asturias, independientemente de que se pueda mantener o no la distancia de seguridad de 1,5 metros.
Esta protección es igualmente obligatoria en las zonas rurales en caso de «aglomeraciones». En ese caso, regirá el criterio de las fuerzas de seguridad y a los organismos autonómicos y locales. La medida es de obligado cumplimiento para los mayores de 6 años, y contempla sanciones de hasta 100 euros. La medida coincidió con la aparición del primer brote de coronavirus en el Principado, con al menos tres personas afectadas en la comarca occidental de la región.
Las excepciones que recoge son en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias
Baleares
En el caso de Baleares, las restricciones son similares al resto de comunidades autónomas que han aplicado esta norma. No obstante, Baleares no obliga al uso de las mascarillas en playas y piscinas, por lo que su uso es más laxo en esta comunidad.
De hecho, tampoco es obligatorio en los paseos marítimos, centros de trabajo o cuando se practique deporte. Así lo recoge en el Butlletí oficial de les Illes Ballears desde el 13 de julio, que entró en vigor.
Canarias
Canarias ha sido las última en implantar el uso obligatorio de la mascarilla en espacios públicos aunque pueda mantenerse la distancia de seguridad, según acordaron en el Consejo de Gobierno de las islas.
Entre lo aprobado, exigen el uso de la mascarilla en los espacios cerrados de los establecimientos y servicios de hostelería y restauración excepto en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas. No obstante, en los espacios abiertos de estos establecimientos no es obligatorio su uso siempre y cuando se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad.
Tampoco es obligatoria en los centros educativos no universitarios cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de, al menos, 1,5 metros.
Además, se recomienda la utilización de mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de distintos núcleos de convivencia.
Cantabria
El uso de la mascarilla en Cantabria es obligatorio desde el 15 de julio en las calles y espacios al aire libre y en los espacios cerrados abiertos al público o de uso público, independientemente de que se pueda guardar la distancia de seguridad mínima de metro y medio, según se recoge en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las excepciones son el deporte individual al aire libre —o actividad física al aire libre de hasta 3 personas para mayores de 65 años— y los espacios de la naturaleza que estén fuera de los núcleos urbanos, así como en situaciones de consumo de alimentos y bebidas en establecimientos, actividades acuáticas o uso de instrumentos musicales de viento.
Castilla-La Mancha
En Castilla-La Mancha el uso de mascarilla es obligatorio en los espacios públicos aunque pueda establecerse la distancia de seguridad a partir del 22 de julio, según anunció el presidente de la comunidad, Emiliano García-Page, y se recoge en el Diario Oficial de la región.
Además, se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando exista una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.
Sin embargo, no es obligatorio durante el ejercicio de deporte individual y colectivo, así como en establecimientos y servicios de hostelería y restauración, discotecas y bares de ocio nocturno, en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.
Tampoco tendrá que utilizarse en las piscinas públicas o privadas de uso comunitario y en zonas de baño naturales, durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios.
Castilla y León
El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha acordado este jueves que el uso de las mascarillas en el espacio público, al aire libre y en espacios cerrados será obligatorio aunque se cumpla la distancia de seguridad de metro y medio, según recoge el Boletín Oficial de la Comunidad.
Así, entre las medidas, deberá llevarse en transportes públicos o privados, excepto cuando los ocupantes sean convivientes y quedará prohibido compartir dispositivos de inhalación de tabaco.
Como excepciones, se recogen las situaciones de consumo de alimentos y bebidas; durante la práctica de actividad física; en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de los núcleos de población; y en las piscinas, siempre que se mantenga la distancia interpersonal.
Cataluña
Fue la primera comunidad autónoma en decretar que la mascarilla sería obligatoria en cualquier espacio público, independientemente de si se puede guardar distancia social o no. Cataluña publicó esta norma en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el 9 de julio.
En este caso, la comunidad no obliga a su uso en playas o piscinas —solo en los trayectos hasta llegar a ellas—, ni en bares, terrazas y restaurantes salvo para ir al baño o a pedir a la barra.
Ceuta
En Ceuta también se establece el uso obligatorio de la mascarilla para las personas mayores de seis años en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquiera cerrado de uso público o que se encuentre abierto para dicha finalidad, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad, según se recoge en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE).
También será obligatorio el uso de la mascarillas en «los medios de transportes aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio», recoge el texto.
Como excepciones, se recoge el deporte individual al aire libre y en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios.
Comunidad de Madrid
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado que a partir del día 30 de julio se establece la obligatoriedad de utilizar la mascarilla en todos los espacios públicos incluso cuando se pueda mantener la distancia de seguridad.
Además también es obligatoria en los medios de transportes aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio», según se recoge en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Esto, ha comentado, también se va a aplicar en las terrazas, donde además, se limitan las reuniones a un máximo de 10 personas que tendrán que usar las mascarillas en las terrazas excepto en el momento de ingesta de alimentos y bebidas. Lo mismo ocurre con las reuniones privadas en espacios de interior y al aire libre.
Como excepciones al uso de la mascarilla se recoge que no será obligatoria en el ejercicio de deporte individual al aire libre si se puede asegurar la distancia de seguridad; así como en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población.
También se podrá prescindir de ella en las piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado y en los centros de trabajo mientras se esté sentado en su puesto y con distancia de seguridad.
Comunidad Valenciana
Desde el 18 de julio el uso de mascarilla también es obligatorio en la Comunidad Valenciana en todo momento en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o abiertos al público, según se recoge en Diari Oficial de la Generalitat.
Se marcan como excepciones los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, playas y piscinas. Así como durante la práctica de actividad física o cualquier otra actividad con la que resulte incompatible su uso; y en las actividades infantiles y juveniles de ocio con el grupo de convivencia estable.
Extremadura
Desde el 11 de julio Extremadura recoge en su Diario Oficial que el uso de la mascarilla es obligatorio en todo momento con las excepciones de motivos de salud, práctica de deporte, si se está comiendo o bebiendo en un restaurante o terraza…
También debe llevarse en recintos con piscinas y solariums menos en el momento de baño. Las sanciones van desde los 100 euros hasta los 6.000 euros dependiendo de la gente a la que se haya puesto en riesgo.
Galicia
El domingo 19 de julio entra en vigor la obligatoriedad de llevar mascarilla en Galicia «con carácter general» y «en todo momento», aunque pueda mantenerse metro y medio de distancia en espacios tanto abiertos como cerrados tal y como publica el Diario Oficial de Galicia (DOG) del sábado y anunció el presidente de la Xunta en funciones, Alberto Núñez Feijóo, hace unos días.
Como excepciones, se registran los desplazamientos en los vehículos de turismo, cuando todas las personas ocupantes convivan en el
mismo domicilio y en las playas y piscinas, durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse.
La Rioja
La Rioja publicó en el BOR, su boletín oficial, que las personas de seis y más años «quedan obligadas al uso de la mascarilla en todo momento, tanto cuando se esté en la vía pública y en espacios al aire libre como cuando se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas».
También establece que en el uso del transporte privado se debe usar la mascarilla si los pasajeros no son convivientes y que en en las instalaciones o centros deportivos se utilizará la mascarilla durante todo el tiempo de circulación entre espacios comunes, aunque podrá retirarse para realizar la actividad deportiva.
También establece que la mascarilla «debe cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón, incluido» y que el tipo de mascarilla que se debe emplear no estará provista de válvula exhalatoria, excepto en los usos profesionales para los que este tipo de mascarilla pueda estar recomendada.
Murcia
Desde el 13 de julio Murcia decretó en su Boletín Oficial que el uso de la mascarilla era obligatorio en todo el territorio «haya o no distancia de seguridad». En este caso, marcan como excepciones la práctica de deporte, las playas y piscinas, así como el consumo de bebidas o alimentos en bares y restaurantes.
«La obligatoriedad de la utilización de la mascarilla debe favorecer la reducción del riesgo de transmisión comunitaria del COVID-19, a la vez que evita la adopción de otras medidas más drásticas, desde el punto de vista de la restricción de libertades personales», recoge el texto que asegura que se procura conjugar «de manera equilibrada» el principio de salvaguarda de la salud pública con la proporcionalidad necesaria en las medidas restrictivas de derechos que se adopten.
Navarra
La mascarilla será obligatoria en Navarra en espacios públicos y cerrados, al margen de la distancia, desde el 17 de julio. El Ejecutivo regional respaldó la orden foral en el Boletín Oficial, que regulará un uso más estricto de la mascarilla.
Como excepciones establecen «el momento en que se esté consumiendo alimentos y bebidas o en actividades que puedan resultar incompatibles con su uso». Así como durante el ejercicio de la actividad deportiva, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal.
Tampoco deberá llevarse durante el momento de baño en piscinas u otros lugares habilitados para el baño o cuando se esté tumbado al sol, con la condición de que se mantenga la distancia de seguridad. Para los desplazamientos en estas zonas será necesario el uso de mascarilla.
País Vasco
El Gobierno vasco ha publicado una orden que establece que desde el jueves 16 de julio las mascarillas serán obligatorias aunque se pueda mantener la distancia social. La mascarilla deberá usarse también en las playas cuando se pasee por ellas y en los establecimientos de hostelería y restauración, donde solo podrá retirarse para comer y beber, según ha especificado la consejera de Sanidad, Nekane Murga.
Además, Sanidad también limitará el aforo en mesa de los establecimiento de hostelería y ocio, que no podrán acoger grupos de más de 10 personas tanto dentro como fuera de los mismos.
0 Comentarios