Qué pueden hacer los electores que no están empadronados para evitar quedarse sin votar

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Una persona ejerce su derecho al voto en un colegio electoral | Foto: Raúl Caro (EFE)
Tiempo de lectura: 5 min

Hablemos de un supuesto. Una persona vive en un municipio en el que está empadronada, al cabo del tiempo deja el domicilio en el que vivía y se muda a otro municipio de España. Aunque tenga la obligación de hacerlo, no se empadrona en su nuevo lugar de residencia, pero las personas que alquilan o compran su antigua casa sí lo hacen. De repente se convocan elecciones, como las del 23 de julio de este año, y la primera persona se queda sin estar empadronada en su antigua residencia y tampoco lo está en la nueva, por lo que no podrá votar.

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Esta situación que parece rocambolesca puede suceder y ya ha sucedido en otras ocasiones, como explica Marina, una mujer de 35 años que vive en Barcelona. En las últimas elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo fue a votar al colegio electoral de su antigua residencia, pero en la mesa le dijeron que no constaba. Cuando se puso en contacto con el Ayuntamiento de Barcelona vía correo electrónico le indicaron que no estaba incluida en el censo electoral porque una persona que se había mudado a su anterior residencia se había empadronado allí y había comunicado que Marina ya no vivía en el edificio. En conclusión: no pudo votar.

Tal y como explican los expertos consultados por Newtral.es, para evitarlo lo más sencillo y rápido es empadronarte en tu nuevo lugar de residencia una vez estés instalado, sin dejar que pase el tiempo. Sobre todo porque en el caso de que se convoquen elecciones inesperadas, como ha ocurrido, el tiempo juega en contra de las personas que tengan el padrón sin actualizar.

Aun así, desde el gabinete de prensa del Instituto Nacional de Estadística (INE), encargados de elaborar el censo electoral, señalan a Newtral.es que desde el 5 al 12 de junio las personas pueden consultar si sus datos que aparecen en el censo son correctos. En el caso de que no lo sean, pueden pedir que se corrijan y rectifiquen en este mismo plazo.

Estar empadronado y censado: dos conceptos que van de la mano a la hora de votar

Carlos Fernández, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), explica la relación entre estar censado y empadronado para poder ejercer el derecho al voto.

“La elaboración del censo electoral y su actualización dependen de los ayuntamientos. Todos los meses los ayuntamientos tienen que trasladar los datos del padrón municipal, en el que está empadronado cada ciudadano o vecino, a las delegaciones provinciales de la oficina del censo electoral, que se encargan de ir actualizando la base de datos. Alrededor del penúltimo día hábil de cada mes, los ayuntamientos remiten altas y bajas a la delegación y con ello se actualiza el censo”, indica Fernández.

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De hecho, el cambio de residencia requiere de un cambio en el padrón, como recoge la resolución del 29 de abril de 2020 con instrucciones para los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal y como señala también Victoria Rodríguez-Blanco, profesora de Ciencia Política en la Universidad Miguel Hernández. “Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente”, explica el texto. 

Rodríguez-Blanco especifica que “lo suyo es que si no te empadronas en tu nuevo municipio de residencia, el Ayuntamiento de tu antiguo domicilio te mantenga el padrón, aunque estén varias personas que no pertenezcan a la misma familia empadronadas en el mismo sitio, para que no afecte al voto”.

Existen periodos de reclamación al censo electoral para corregir los datos de los electores

Dentro de la página web del INE existe una opción para consultar la inscripción en el censo electoral mediante el sistema Cl@ve. Desde el gabinete de prensa de la institución explican que los electores tienen entre el 5 y 12 de junio para presentar reclamaciones y corregir sus datos.

Esto se debe a que el censo electoral que se empleará en las elecciones generales del 23 de julio es el que se cerró a uno de marzo de 2023, como explican los expertos y el gabinete de prensa del INE. Pero, por ejemplo, si en ese periodo de tiempo una persona cambió su domicilio de un municipio de Madrid a uno de Burgos en el que ahora está empadronada, podrá pedir votar desde su nuevo domicilio en la provincia castellanoleonesa siempre y cuando avise al INE en las fechas señaladas.

Aun así, lo normal es que por mucho que una persona nueva o varias se empadronen en el antiguo domicilio de otra, a esta última no deberían borrarla del padrón a no ser que se comunique un alta en otro lugar. No obstante, esto depende del Ayuntamiento en cuestión.

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Victoria Rodríguez-Blanco recomienda que “en el caso de que no se pueda votar el día de las elecciones sería un error grave por parte del Ayuntamiento, por lo que se deberían de pedir explicaciones por escrito ya que se está privando de un derecho fundamental”. “Incluso se podría acudir al Defensor del Pueblo”, añade.

A lo que apuntan ambos expertos, y que también señalan desde el gabinete de prensa del INE, es que si se produce el alta de empadronamiento en un nuevo municipio, el Ayuntamiento automáticamente dará de baja al elector en el anterior.

Fuentes
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3 Comentarios

  • Yo soy Transportista el que estoy en mayoría de tiempo fuera de casa .
    tenía previsto de estar en mi casa el día de elecciones generales, pero de repente paso un imprevisto y no he podido llegar a mi pueblo y a mi casa el día de elecciones generales,
    Porque no me permiten votar en otro pueblo en el que no estoy empadronado?
    Porque fue a preguntar en un colegio y me dijeron que no se puede tienes que estar empadronado aquí,
    Dije you pero estos son elecciones generales creo que puedo votar desde cualquier punto de España,
    Me dijeron que No.
    Espero que nos faciliten el acceso al voto cuando alguien cae en una situación similar,
    Gracias y un Saludo.

  • Me ha pasado esto...hoy mismo cuando me dirigí a mi colegio electoral de toda la vida me dicen que no estoy en el padrón electoral...me piden que llame al 010 para pedir información y efectivamente en el ayuntamiento de Madrid me han dicho que otras personas viven en mi antigua residencia y por ende ellos me han dado de baja en el padrón municipal pero también en el padrón electoral...no he podido ejercer mi derecho fundamental...ahora no se como puedo recurrir éste hecho?

  • ¿Cómo se contabiliza el voto de los que no estamos censados?