El diputado de Vox por Las Palmas en el Congreso, Alberto Rodríguez, afirmó en su intervención el 22 de noviembre que “las comunidades han abierto más de 170 embajadas a pesar de no tener esa competencia” (en el minuto 1:12). Rodríguez trataba de demostrar una supuesta “red de chiringuitos de las autonomías” por las que España se está gastando “muchísimo dinero”.
El diputado, en su discurso, enumeró las distintas entidades de las comunidades autónomas que en su opinión hacen perder dinero a las arcas públicas, como las asambleas legislativas, las televisiones, los defensores del pueblo, los tribunales de cuentas y, en general, “agencias que replican organismos del Estado”.
La afirmación de Rodrigez es engañosa. En total hay 188 delegaciones y oficinas de las 17 comunidades autónomas en el exterior, según los datos que el Ministerio de Asuntos Exteriores ha compartido con Newtral.es. En concreto, Cataluña tiene 79; País Vasco, 23; Andalucía, 21; la Comunidad Valenciana, 18; Canarias, 15; Galicia, nueve; Extremadura, seis; Castilla y León, cinco; Asturias, Aragón y Castilla-La Mancha tienen dos cada una y Navarra, Cantabria, Comunidad de Madrid, Murcia, Baleares y La Rioja mantienen una oficina cada una en el extranjero.
Sin embargo, no son “embajadas” como afirma el diputado de Vox, son oficinas y delegaciones exteriores, cuya existencia se fundamenta en los respectivos Estatutos de Autonomía y están amparadas dentro del marco de la Constitución, tal y como ha reconocido el Tribunal Constitucional. Además, aunque el diputado no especifique la fecha de apertura de estas “embajadas”, se inauguraron hace años. Por ejemplo, la delegación permanente de La Rioja en Bruselas funciona desde 1996, según informa la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma a Newtral.es
Las delegaciones exteriores de las comunidades autónomas están amparadas por la Constitución
Según recoge la Constitución en su artículo 149/1.3, el Estado es el único que tiene la competencia exclusiva en materia de relaciones internacionales. Sin embargo, a las comunidades autónomas también se les reconoce competencias exclusivas que tienen proyección en el exterior, según el artículo 148, como la promoción del turismo, el fomento de la cultura o el desarrollo económico.
En conversación con Newtral.es, José Vida, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, explica que “varias sentencias del Tribunal Constitucional reconocen el derecho que tienen las comunidades autónomas a ejercer funciones en el exterior a través de oficinas y delegaciones autonómicas, aunque delimitan su ámbito de actuación a las relaciones internacionales, potestad exclusiva del Estado”.
La doctrina del Constitucional establece lo siguiente: “Nuestra jurisprudencia ha reiterado (SSTC 31/2010, FJ 125, y 46/2015, FJ 4) que las comunidades autónomas pueden llevar a cabo actividades con proyección exterior que sean necesarias o convenientes para el ejercicio de sus competencias, siempre que no invadan la competencia exclusiva del Estado en materia de relaciones internacionales del art. 149.1.3 CE (u otras competencias estatales) ni perturben la dirección de la política exterior que incumbe al Gobierno según el art. 97 CE”.
Diferencias entre las embajadas y las delegaciones autonómicas
Las embajadas ejercen funciones concretas de representación ante el país donde se encuentran instaladas y disfrutan de un reconocimiento y un estatus especial porque ejercen relaciones internacionales. Las delegaciones, “reciban el nombre que reciban, porque tienen su propia nomenclatura dependiendo de la región”, según indica Vida, tienen estas funciones limitadas. “Su margen de maniobra está limitado a no invadir las competencias de relaciones internacionales. Estas oficinas no pueden ejercer relaciones diplomáticas, ni representación formal”, argumenta el profesor de la Carlos III.
Cada comunidad autónoma justifica sus gastos y sus acciones, así como el papel que cumple cada una de sus entidades en el extranjero. “Para saber qué hace cada institución, habría que preguntarle a cada comunidad autónoma, que son las que tienen la competencia”, añade Vida.
En un intento por poner orden y coherencia a la actividad que desarrollan la multitud de entidades oficiales de las autonomías en el exterior, el Estado aprobó la Ley de Acción Exterior en 2014. “Siempre sin inmiscuirse demasiado, ya que estaría vulnerando las competencias autonómicas”, recuerda Vida.
La ley fija los límites de la diplomacia autonómica y deja claro que “no podrán comportar, en ningún caso, la asunción de la representación del Estado en el exterior, la celebración de tratados internacionales con otros Estados u organizaciones internacionales, la generación, directa o indirecta, de obligaciones o responsabilidades internacionalmente exigibles al Estado, ni incidir o perjudicar la Política Exterior que dirige el Gobierno”.
La norma aclara que comunidades autónomas y entes locales “podrán celebrar acuerdos internacionales administrativos en ejecución y concreción de un tratado internacional cuando así lo prevea el propio tratado, les atribuya potestad para ello y verse sobre materias de su competencia”. También “celebrar acuerdos no normativos con los órganos análogos de otros sujetos de derecho internacional, no vinculantes jurídicamente para quienes los suscriben, sobre materias de su competencia”.
En otras palabras, como explica Vida, “las comunidades autónomas en ningún caso podrán suscribir tratados internacionales que generen obligaciones al Estado, solo podrán hacer lobby”. Es decir, influir en la toma de decisiones.
Esta normativa mantiene la regulación del establecimiento de oficinas autonómicas “para su promoción exterior”: deberán informar al Gobierno “con carácter previo a su apertura” para que los Ministerios de Exteriores, Hacienda y Economía (en el caso de las oficinas dedicadas a la promoción comercial) emitan su informe. El Gobierno, según añade el texto, invitará a las comunidades autónomas a que instalen sus oficinas dentro de sus propias sedes diplomáticas, cuando así lo permita la disponibilidad del espacio, “sin que en ningún caso dicha instalación comporte ni su integración en el Servicio Exterior del Estado, ni la aplicación a dichas oficinas de la normativa internacional”.
Desde Newtral.es hemos consultado al equipo de prensa Vox por la fuente de sus datos sin obtener respuesta.
Resumen
Según los datos del Ministerio de Asuntos Exteriores, las comunidades autónomas tienen 188 delegaciones en el extranjero, cuya legitimidad está recogida en numerosas sentencias del Tribunal Constitucional y reguladas por la Ley de Acción Exterior de 2014. Estas delegaciones y oficinas no son embajadas ni cumplen con las funciones de estas entidades, de cuya competencia es responsable el Estado.
Por ello, consideramos que la declaración del diputado de Vox en la que afirma que las comunidades han abierto más de 170 embajadas a pesar de no tener esa competencia es engañosa, ya que mezcla datos correctos con otros que no lo son.