Test de antígenos, EPIs y controles de temperatura para los miembros de la mesa. Desinfección, mascarillas, gel, distancia de seguridad y esta vez, además, cierres perimetrales. En plena tercera ola de la pandemia, las elecciones catalanas trastocarán una vez más la forma de votar de los ciudadanos, pero el confinamiento entre municipios será una novedad en esta ocasión. Aún así, la Generalitat afirma que los ciudadanos podrán moverse a otra localidad para votar si llevan la documentación que lo acredite.
La campaña electoral en Cataluña ha comenzado con polémica por este asunto. La consellera de Presidència, Meritxell Budó, afirmó el martes 26 de enero que se permitiría la movilidad entre municipios para asistir a mítines con base en el «derecho fundamental de participación política». Las críticas no tardaron en llegar, especialmente del sector cultural y de la hostelería, limitado por restricciones de aforo (a la mitad) y horarios, además de por el cierre perimetral.
Un dilema parecido se presenta a la hora de votar si, por cualquier circunstancia, el colegio electoral está en un municipio distinto al que que reside un ciudadano. Una posibilidad que no queda recogida en el protocolo publicado para las elecciones autonómicas y que Newtral.es ha consultado a la Generalitat. Esto es lo que nos ha dicho.
La mejor opción: votar por correo
Una buena forma de evitar desplazamientos es ejercer el voto por correo. Se podrá realizar este trámite hasta el 5 de febrero y para estas elecciones, al igual que ocurrió en Galicia y País Vasco, se ha facilitado el procedimiento, explican desde prensa del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat.
Es posible votar por correo acudiendo a la oficina de Correos, pero también desde casa con un certificado digital válido, DNI electrónico, o con el idCAT. «La principal novedad es que cuando el funcionario te deja la papeleta en casa, tú puedes rellenar la documentación y ponerla en el sobre. El funcionario se la lleva en este mismo momento, así no hay que salir de casa», aclaran.
Si no se opta por este método, también habrá posibilidad de votar presencialmente en el colegio electoral asignado, aunque este no esté en el mismo municipio de residencia del elector.
En ese caso, el mismo departamento indica que habrá que portar la documentación que demuestre que se está en ese lugar para ejercer el derecho al voto. Esto es, el certificado de autorresponsabilidad, donde se estipula que una de las causas de la entrada y salida es el ‘ejercicio del derecho de manifestación y de participación política’, así como la documentación electoral e información censal que recibe cada ciudadano.
No habrá que entregar estos datos en ningún sitio particular, solo llevarlos para justificar el desplazamiento. Tampoco será necesario rellenar ningún registro o pedir un documento concreto, aclara el Departamento.
¿Y a los mítines?
Dos días después de que surgiese la polémica en Cataluña, el jueves 28, tras una reunión entre Generalitat y partidos se matizó la declaración de Budó, aunque no se limitó la posibilidad de poder saltarse el límite perimetral para acudir a un acto político durante la campaña electoral.
«Lo que nosotros hemos trasladado a las formaciones políticas y el acuerdo que ha habido es: vamos a ser todos responsables y aplicar el sentido común y a fomentar tanto como se pueda los actos telemáticos. Y que en aquellos actos que sean presenciales, queda a criterio de la formación política cómo adapta la campaña», explican a Newtral.es desde prensa del departamento de Acción Exterior, Relaciones instituciones y Transparencia del Gobierno Catalán.
La Generalitat insiste en que acudir a un mitin es un derecho fundamental, el de participación política. Aunque se trata de una interpretación de la Constitución. De hacerlo, al igual que para ir a votar, habrá que llevar el certificado de autorresponsabilidad.
Qué dice la Constitución
La participación política no puede ser limitada ni suspendida durante la aplicación del estado de alarma, según establece la Constitución. Sin embargo, acudir a un mitin esquivando el cierre perimetral entre municipios e ir a votar en el mismo contexto son ejercicios distintos, aunque la Generalitat ampare ambos bajo el mismo derecho fundamental.
Para Xavier Arbós, catedrático de derecho constitucional de la Universidad de Barcelona, la Generalitat, al igual que el gobierno de cualquier otra comunidad autónoma, puede flexibilizar esta medida en ambos casos. El actual estado de alarma se lo permite, pero en su opinión, acudir a un acto político en campaña «no forma parte del núcleo de los derechos fundamentales de participación».
Bajo su tesis, la asistencia a un mitin forma parte del derecho de reunión, que está limitado por la pandemia. «La diferencia crucial es que si a mí me impiden ir a votar me están suspendiendo mi derecho de participación al cien por cien. En cambio, si a mí no me dejan salir de mi municipio para ir a un mitin no me pueden decir que se me restringe mi libertad de reunión, se me restringe mi libertad de desplazamiento porque yo a los mítines de mi municipio puedo ir», considera.
Entonces, ¿no es un derecho de participación política? «Asistir a un mitin es un acto político, y en una interpretación extensa pues claro que forma parte del derecho de participación [política]. Otra cosa sería si se prohibieran todos los mítines, pero lo se está diciendo es que se puede ir en las condiciones que marcan los protocolos de seguridad. No discuto la facultad que tiene la Generalitat de flexibilizar el confinamiento municipal para acceder a un mitin, pero sí que eso tenga su fundamento y que sea prácticamente obligado en función del derecho de participación. Yo creo que no», concluye.
Fuentes:
- Prensa del Departamento de Acción Exterior, Relaciones con las Cortes y Transparencia de la Generalitat de Catalunya
- Xavier Arbós, catedrático de derecho constitucional de la Universidat de Barcelona, la Generalitat
No puedo ver a un familiar a la residencia por el covid. Puede salir a votar?
No podemos visitar a nuestros ancianos a la residencia por el covid.Pueden salir ellos a votar?
En el caso que estuviera haciendo teletrabajo en mi segunda residencia, podria movilizarme para ejercer el derecho a voto en otra localidad de catalunya según tarjeta del censo?
y en caso afirmativo , que documentación debería de aportar si me la piden en algún control?