A seis días de las elecciones del 23-J, este lunes Correos ha asegurado que ya se ha efectuado la entrega de las notificaciones del 98,2% del total de votos por correo solicitados por los ciudadanos. Concretamente, han sido 2.575.597 millones de votos los que ya han sido puestos a disposición de los solicitantes.
- De ellos, 2.124.990 han sido entregados a los electores directamente.
- Además, otros 450.607 votos se encontraban en las oficinas de Correos después de que los carteros hubieran realizado dos intentos infructuosos de entrega en mano al destinatario, como estipula la ley. No obstante, de estas documentaciones electorales que estaban avisadas como pendientes de retirar, más de 50.000 ya han sido recogidas entre las 19:00 y las 22:00 horas del lunes, según ha indicado Correos este martes.
Correos afirma que sus más de 45.000 empleados continuarán trabajando hasta el día 23 de julio, cuando tendrán lugar las próximas elecciones generales. Asimismo, la empresa ha rechazado aquellas informaciones que han puesto en duda el trabajo de sus profesionales, que aseguran “debilitan nuestra democracia”, y ha aseverado que estos datos demuestran su “compromiso con la sociedad española y su capacidad de trabajo”.
- Correos ha manifestado que, aun habiéndose producido situaciones puntuales de elevada carga de trabajo, en ningún momento se ha puesto en riesgo el correcto desarrollo de todo el proceso electoral que, según afirman, transcurre con normalidad.
¿Hasta qué día se puede depositar el voto por correo?
Como te explicamos en Newtral.es, el voto por correo pudo solicitarse de forma presencial o telemática entre el 30 de mayo y el 13 de julio. Correos aseguró haber admitido un total de 2.622.808 solicitudes de voto en toda la geografía española, una cifra que supera en un 166% al número de solicitudes admitidas en las anteriores elecciones del mismo carácter, celebradas el 10 de noviembre de 2019.
Aunque las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral han tenido de plazo entre el 3 y el 16 de julio para enviar la documentación por correo certificado, Correos ha informado de que será hasta el 20 de julio cuando podrá efectuarse la entrega del voto por correo a lo solicitantes en el domicilio indicado, fecha que coincide con el último día para depositar el voto.
- Correos recuerda que, como establece la ley, el cartero realizará dos intentos de entrega en mano de la documentación al solicitante. Si este no está, se le dejará un aviso para recogerlo en la oficina más cercana.
Lo importante: Los ciudadanos que hayan recibido la documentación ya pueden depositar la papeleta en una oficina de correos en su horario habitual hasta el 20 de julio, tres días antes de la celebración de los comicios.
- Será obligatorio identificarse con DNI, permiso de conducir o pasaporte antes de efectuar el voto.
Para los electores que residen en el extranjero, los plazos no son los mismos. En este caso, después de la entrega del voto por correo solicitado en su domicilio, los residentes fuera de España pueden depositarlo en urna en las embajadas y consulados habilitados para ello entre el 15 y el 20 de julio o pueden enviar su voto por correo hasta el 18 de julio.
[Guía para los españoles residentes en el extranjero que quieran votar el 23-J]
¿Si he solicitado el voto por correo, puedo votar presencialmente el próximo 23-J?
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece en su artículo 73.1 que, una vez que el elector haya solicitado el voto por correo y la Delegación Provincial de la Junta Electoral correspondiente haya recibido su información, esta lo anotará en el censo para que el día de la celebración de elecciones dicha persona no pueda acudir a votar personalmente.
Esto quiere decir que, si se ha solicitado el voto por correo para las elecciones del 23-J, ya no se podrá ejercer el voto de manera presencial en la mesa electoral el día de los comicios, incluso si el trámite no ha sido finalizado.
¿Cómo puedo consultar el estado de mi voto?
En caso de duda sobre si la solicitud de voto por correo ha podido ser rechazada o si aún no se ha efectuado la entrega de la documentación, los electores pueden consultar el estado de su voto de forma telemática a través de dos vías:
- En su sede electrónica, el Instituto Nacional de Estadística (INE) pone a disposición de los ciudadanos la consulta del estado de solicitud del voto correo, que podrá consultarse en el apartado ‘Consulta de voto por correo’, introduciendo el número de DNI, pasaporte o tarjeta de residencia y la fecha de nacimiento del interesado. Una vez dentro, los electores no solo podrán consultar el estado de su solicitud, sino también las fechas de grabación de la solicitud y de salida a Correos.
- Asimismo, exclusivamente para aquellas solicitudes que fueron realizadas de forma telemática, la propia web de Correos permite consultar su trámite previa acreditación de la identidad del elector a través del certificado digital, DNI-e o introduciendo el código CSV que puede verse en la copia de la solicitud.
Actualizado el 18/07/2023: Esta pieza ha sido editada para incluir la información relativa a las más de 50.000 documentaciones electorales que han sido recogidas de las oficinas de Correos durante la tarde del lunes.
Actualizado el 19/07/2023: Esta pieza ha sido modificada para matizar el porcentaje de votos puestos a disposición de los ciudadanos. para incluir la información relativa a las más de 50.000 documentaciones electorales que han sido recogidas de las oficinas de Correos durante la tarde del lunes.
- Correos
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)
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