Solidaridad intrafamiliar en tiempos difíciles: las donaciones de viviendas aumentaron un 25% tras la pandemia

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Las donaciones de viviendas están experimentando una tendencia al alza en España tras la pandemia del coronavirus. En 2021 se donaron 25.062 inmuebles según el histórico del Instituto Nacional de Estadística (INE), un 24,58% más que el año anterior. Es la cifra más alta desde que la institución tiene registros.
Las donaciones son la transmisión de un bien o inmueble que se produce en vida sin que el donante haya fallecido, como ocurre con las sucesiones. Además, se puede hacer a favor de cualquier persona, pero lo más habitual es que sea intrafamiliar. Aunque se regula en la Ley de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cada comunidad autónoma aplica sus propios tributos y bonificaciones.

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Solidaridad intrafamiliar e inmediatez al recibir el bien: las principales causas del aumento en las donaciones en España

La crisis económica generada por la pandemia ha provocado ciertos efectos de solidaridad intrafamiliar e intergeneracional, que se traducen en el aumento general de las donaciones en España, según apunta el último informe Los efectos de la pandemia desde la óptica de los datos del Notariado del Consejo General del Notariado. 

En este sentido, Chantal Moll de Alba Lacuve, profesora de Derecho Civil en la Universitat de Barcelona, apunta a que es posible que las necesidades económicas inmediatas ha provocado que la gente haya decidido adelantar los efectos de la sucesión a una donación.

Además, la experta señala que otra motivación es la inmediatez económica: "Las donaciones dan a la persona donataria un efecto patrimonial inmediato y la posibilidad de rentabilizar el inmueble para disfrutarlo o explotarlo para obtener ganancias que le den solvencia económica. Además, otra ventaja de la donación de padres a hijos, o entre familiares, es el trato fiscal beneficioso". 

Sin embargo, Moll advierte que, desde el punto de vista de protección del patrimonio del donante, lo más cauto es optar por la sucesión, "ya que no sabes las necesidades que tendrás cuando envejezcas, como pagar tratamientos médicos o cuidadores". Por tanto, para la experta lo más prudente es que, en función de las circunstancias, "la ciudadanía mantenga la propiedad y ayuden a los familiares dándoles directamente dinero, ya sea arrendando el inmueble o pidiendo un préstamo cuya garantía hipotecaria sea la propia vivienda".

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Andalucía, Madrid y la Comunidad Valenciana son las regiones en las que se han realizado más donaciones

Aunque las donaciones están reguladas en la Ley de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a nivel nacional, se trata de una competencia cedida a las comunidades autónomas. Por tanto, cada región establece los requisitos de su aplicación, cuántas personas pueden acogerse y los tipos de bonificaciones.

Durante 2021, Andalucía fue la autonomía en la que más donaciones de inmuebles se realizaron (5.387), casi un ​​9,71% más que en 2020, cuando se realizaron 4.864. En esta comunidad, se aplica una bonificación al 99% en la cuota a tributar (tanto en sucesiones como en donaciones), siempre que se cumplan algunas condiciones como que el importe total de la donación se destine a la compra de la primera vivienda, que el inmueble esté en Andalucía o que el donatario sea menor de 35 años.

Este porcentaje es el mismo que en la Comunidad de Madrid, región que ocupa el segundo puesto del ranking con un acumulado de 4.006 donaciones de inmuebles durante 2021, lo que supone un incremento del 39,29% con respecto al año anterior (2.876 donaciones).La tercera posición la ocupa la Comunidad Valenciana con 3.569 donaciones de inmuebles en 2021, percibiendo un aumento del 26,07% si se compara con 2020. En esta región, no hay una  bonificación, sino una reducción en la base imponible entre padres e hijos y entre abuelos y nietos.

Lo que debes tener en cuenta para realizar o recibir la donación de un inmueble

En las operaciones de donaciones deben pagar tanto donantes como donatarios, según explica María Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado.

En el caso de los donatarios, la experta señala que deben abonar el impuesto de sucesiones y donaciones (regulado a nivel regional) y la plusvalía del ayuntamiento, que varía según los años en propiedad y el valor catastral del suelo. 

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Por otro lado, los donantes también deben pagar impuestos para evitar posibles ventas encubiertas. Además, la experta recalca que "al año siguiente de realizar la donación, el donante debe declarar esta operación en su declaración de la renta por si hay ganancias o pérdidas patrimoniales". De este modo, si la vivienda o el inmueble tiene un valor superior a cuando se realizó la donación, el donante tendrá que pagar un impuesto que irá del 19% al 23%, según el valor de la donación, explica Barea.

Fuentes

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