Difundir contenidos que afecten de forma grave a la intimidad de una persona, como por ejemplo, un vídeo de carácter sexual, es delito. Eso incluye publicarlo en páginas web, foros y redes sociales, como ha pasado con Santi Millán.
El actor y presentador ha sido víctima de la difusión de un vídeo íntimo, de carácter sexual, que se ha viralizado en la red social Twitter, donde miles de usuarios lo han compartido y han realizado numerosos comentarios sobre el mismo.
“No quiero decir cómo hay que enfocar las cosas, pero la noticia aquí es que se ha cometido un delito”, ha dicho Millán en una conversación telefónica con el periódico ABC, en la que ha denunciado el caso.
La protección de derechos fundamentales como el de la intimidad está protegido en la Constitución y su vulneración está penada en el Código Penal. Detallamos lo que recoge la ley al respecto y cuáles son las limitaciones.
Las penas de prisión por la difusión de un vídeo sexual van desde los tres meses a los cinco años
Si alguien difunde imágenes o vídeos sexuales de una persona sin su autorización y eso daña su intimidad personal se enfrenta a penas de prisión que van desde los tres meses a los cinco años, en función de cómo se haya dado la situación. Así lo establece el artículo 197 del Código Penal, que también incluye diferentes multas.
Este artículo hace referencia a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, dentro del capítulo del “descubrimiento y revelación de secretos” y fue redactado de esta manera tras la reforma del Código Penal de 2015.
Es importante aclarar si las imágenes se han conseguido con o sin permiso y quién y de qué manera las ha difundido. Así lo explica Paz Lloria, profesora titular de Derecho penal de la Universidad de Valencia, que a través de un hilo en Twitter ha detallado varias situaciones que se pueden dar y que conllevan consecuencias distintas.
Los casos en los que puede ser un delito de descubrimiento de secreto
Primera situación: si dos personas se graban teniendo relaciones sexuales o en una actitud íntima y después otra persona diferente consigue esas imágenes sin ningún permiso y se apodera de ellas (a través de un robo, por ejemplo), el delito que comete es “descubrimiento de secreto, que se castiga con pena de uno a cuatro años de prisión y multa de 12 a 24 meses”.
Si además de hacerse con las imágenes o los vídeos sexuales, los difunde a otras personas, lo que comete es un delito de revelación de secretos. Esto conllevaría penas de dos a cinco años de cárcel. Si esas imágenes llegan a otra persona porque se las han pasado y las difunde sabiendo que quien las consiguió lo hizo sin permiso, la pena sería de uno a tres años y multa de 12 a 24 meses (artículo 197.3).
Otra situación es que difunda las imágenes aquella persona que sí las tiene con permiso. Es decir, ha conseguido las imágenes con consentimiento “para disfrutarlas, pero no para difundirlas”, como explica la experta Paz Lloria. En este caso, la pena es de tres meses a un año o multa de seis a 12 meses. Es el artículo 197.7 del Código Penal.
Retuitear el vídeo que daña la intimidad no es delito
Sin embargo, la limitación llega cuando otros comparten esos vídeos sexuales, porque la norma solo castiga a quien las recibió con consentimiento y las difundió sin él. No incluye al resto de personas que por ejemplo, retuitearan lo que difundió en origen esa persona, porque no las han recibido de forma directa por la persona agravada.
Pilar Otero, catedrática en Derecho penal y especialista en asuntos relacionados con la intimidad, explica a Newtral.es que “solo comete delito quien lo recibe y lo difunde. O si ha grabado esas imágenes a la víctima y luego las difunde sin consentimiento”.
Es decir, la ley solo hace referencia a la primera persona que lo subió a la red, con la dificultad que puede suponer dar con ese primer paso en las redes sociales. Aunque según comenta Otero, “lo habitual es que quien las tenga sea alguien que tiene una relación directa” con la víctima. El resto, lo que hacen (con retuits, por ejemplo) es “amplificar un delito que ya se ha consumado antes”. Tal y como está ahora la ley, no se trata solo de “vulnerar la intimidad, sino de traicionar el pacto de tener esas imágenes para el consumo privado, no para difundirlas”.
La ley de libertad sexual sí introduce un cambio con respecto a eso, incluyendo una pena menor (de uno a tres meses de cárcel) para esas personas que lo compartan después. Dado el nivel de viralización que adquieren algunas informaciones, la experta opina que puede ser difícil llevarlo a cabo, pero “sí puede tener un efecto disuasorio”. Hay otra vía, la civil. Sí se podría reclamar por la “Ley de protección al honor y la imagen”. Que este tipo de acciones pueden conllevar pena de prisión, lo recuerda también la Policía Nacional a través de este tuit.

Es también un tratamiento ilícito de datos personales
Estas conductas tienen también consecuencias al nivel de la protección de nuestros datos personales. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) pone este ejemplo concreto de la difusión de vídeos sexuales:
“Una persona publica en su perfil de distintas redes sociales varias fotografías íntimas de su expareja, tomadas inicialmente con el consentimiento de ambos cuando aún se mantenía la relación sentimental. La relación se rompe y esa persona procede a enviar esas imágenes a distintas asociaciones de la que su expareja es miembro. A su vez, las sube a un foro público de internet añadiendo datos de contacto”.
Algo así podría sancionarse con multas que, en los casos más graves, “pueden alcanzar los 20 millones de euros”. Desde la Agencia explican a Newtral.es que cuando alguien publica en internet datos sensibles de una persona sin su consentimiento, “contenidos tales como imágenes, audios o vídeos que permitan identificarla”, se considera una “infracción de la normativa de protección de datos personales”. De esta manera, si tienen conocimiento de este tipo de casos, pueden ordenar que se retire el contenido de una página web y sancionar a quienes lo hayan publicado.
Han publicado en messager vidios míos íntimos y se lo an pasado a mis contactos que puedo hacer