Dos proposiciones de ley, dos relatos, casi tres años de diferencia y una palabra clave: amnistía. El PSOE registró en el Congreso de los Diputados una propuesta de ley de amnistía para contar con el apoyo de ERC y de Junts per Catalunya en la investidura de Pedro Sánchez. Estas dos formaciones independentistas, que no firmaron la norma, ya habían presentado su propia iniciativa de dicha medida de gracia en 2021, junto con PDeCAT y la CUP.
La comparativa entre ambos textos pone de manifiesto algunas diferencias relevantes. De esta manera, dichas proposiciones resaltan que existen dos visiones divergentes de cómo acometer la amnistía para las personas encausadas por el procés, que se reflejan desde el contenido hasta la propia aceptación o no a trámite por parte de la Mesa de la Cámara Baja.
Antes de empezar. Los letrados del Congreso rechazaron la proposición de 2021 al considerar que se trataba de un indulto generalizado, aunque ahora argumentan que la de los socialistas desliga de “manera clara las figuras del indulto y de la amnistía”, según informa la Agencia EFE. Con esto, la Mesa de esta Cámara no admitió a trámite el documento de los independentistas –es decir, no llegó a ser debatido ni votado por el pleno–, pero sí ha dado luz verde al del PSOE.
Las diferencias entre la propuesta de ley de amnistía de los independentistas con la actual del PSOE
Los títulos de las proposiciones de ley de amnistía: de la “resolución del conflicto” a la “normalización”
Una de las diferencias de las proposiciones de ley de amnistía se encuentra en el mismo título. Las formaciones de ERC, Junts per Catalunya, PDeCAT y la CUP abogaron por la “resolución del conflicto político entre Catalunya y el Estado español” como denominación para su iniciativa. Mientras tanto, la actual pone el foco en la “normalización institucional, política y social en Cataluña”.
Con qué objetivo se presenta cada norma. El objetivo de la presente amnistía pasa por la «convivencia democrática». En 2021, los catalanes veían esta medida como “la primera semilla para el ejercicio legítimo del derecho a la libre determinación».
La Constitución: de una limitación a un apoyo
La amnistía no está “prohibida”. Para los partidos independentistas, la Constitución española se presentaba como una limitación. El texto del 2021 hablaba de la Carta Magna como “un muro de contención ante un problema político profundamente arraigado en la sociedad”, pero ahora se apoya en ella alegando que la Constitución “no prohíbe la institución jurídica de la amnistía, sino solo una manifestación concreta del derecho de gracia, como son los indultos generales”.
La autodeterminación. La proposición del 2021 justificaba el derecho a decidir, en referencia a la autodeterminación, al señalar que se entiende como “un principio fundamental de los derechos colectivos de los pueblos”. Las formaciones catalanas también denunciaban la “violencia policial ejercida (en el 1 de octubre de 2017) sobre votantes indefensos, con grave afectación a los derechos humanos fundamentales”. Por el contrario, el documento socialista no aborda los hechos relacionados con la autodeterminación.
El término lawfare. Otra de las diferencias es que la futura ley de amnistía no recoge el término lawfare, pero ERC, Junts per Catalunya, PDeCAT y la CUP sí lo pusieron sobre la mesa en 2021. “La mejor herramienta para la construcción de la solución es poner fin a la judicialización del conflicto y al enfoque exclusivamente penal dado hasta ahora por los poderes e instituciones del Estado mediante la amnistía”, subrayaron las formaciones.
Las fechas que se contemplan para englobar los actos que quedarían amnistiados
Ambas propuestas prevén eximir casi los mismos delitos cometidos dentro del marco del procés, como la malversación de caudales públicos o los actos de desobediencia. Sin embargo, cada una de ellas también sugiere condonar distintas acciones sancionadas, como los delitos de “incitación al odio” respecto al conflicto político, incluidos en la norma de las formaciones independentistas.
Desde el 1 de enero de 2013. Los catalanes apostaban por amnistiar aquellos hechos considerados como delitos de rebelión y sedición, contra el orden público, de prevaricación, falsedad, malversación de caudales públicos, desobediencia o revelación de secretos. También amparaban los actos de expresión que fuesen valorados como “delitos de incitación al odio vinculados al conflicto político con Catalunya”. El texto establecía que estos estarían condonados “en cualquier caso”, siempre y cuando se hubiesen realizado entre el 1 de enero de 2013 hasta la entrada en vigor de la proposición.
- Por qué desde enero de 2013. Según se explica en la exposición de motivos, la elección de la fecha se debe a que fue en ese mes cuando el Parlament de Catalunya aprobó una resolución de soberanía. Con ello, la Cámara autonómica expresó su “disposición a ejercer el derecho a decidir en el marco de la legislación vigente, con base en el principio democrático”.
Desde el 1 de enero de 2012. La iniciativa socialista, por su parte, se retrotrae desde el 1 de enero de 2012 hasta el 13 de noviembre de 2023 –fecha en la que se presentó la propuesta–. De acuerdo con la norma, la malversación de caudales públicos y la usurpación de funciones, siempre que tengan una relación directa con el proceso independentista, quedarán sin efecto. Asimismo, se anularán los actos de desobediencia y los delitos derivados de las acciones policiales que se llevaron a cabo para intentar impedir las consultas de 2014 y de 2017 en Cataluña.
- Por qué desde enero de 2012. El PSOE se decanta por esta fecha porque fue el año en el que comenzaron a desarrollarse “los hechos del proceso independentista”.
En común. El periodo de tiempo que delimitan ambas proposiciones de ley de amnistía tienen sus diferencias. No obstante, ambos abarcan la consulta del 9 de noviembre de 2014 y su preparación, el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y los disturbios tras la sentencia del procés en 2019.
Las órdenes de extradición
La responsabilidad penal en 2021. La iniciativa de ERC, Junts per Catalunya, PDeCAT y la CUP pretendía revocar las órdenes de extradición contra todos los dirigentes independentistas huidos al extranjero, como el expresident del Govern de Catalunya Carles Puigdemont. Así, el texto determinaba dejar sin efecto “las órdenes nacionales, europeas e internacionales de búsqueda y captura de quienes fueron declarados en rebelión”. En ese momento, además de Puigdemont, se encontraban fugados otras personalidades: el exconseller del Govern Toni Comín (ERC) o la exconsellera Clara Ponsatí (JxCat).
La responsabilidad penal en 2023. La coletilla de “declarados en rebelión” no aparece en la propuesta firmada por los socialistas. En este sentido, el articulado establece que se eliminarán los antecedentes penales que conlleve la condena amnistiada, y quedarán anuladas las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión que correspondan. También las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención.
La devolución (o no) del importe de las multas a los empleados públicos
Qué decía la iniciativa original de las formaciones independentistas. Se reclamaba la “reintegración en la plenitud de sus derechos activos y pasivos de los funcionarios sancionados”, así como la reincorporación a sus puestos de trabajo, la eliminación de cualquier antecedente penal o de las notas desfavorables en procedimientos personales. Aparte, se planteaba la devolución de las fianzas y de los abonos, sanciones o multas de carácter económico “con el interés legal del dinero”.
El PSOE apuesta por la no devolución de las multas. La actual norma indica que los empleados públicos que hayan sido cesados por algún acto relacionado con el procés se reincorporarán en sus respectivas labores. Con esto, se reconocerá su antigüedad como “si no hubiera habido interrupción en la prestación de los servicios”. Sin embargo, la futura ley de amnistía no reembolsará el dinero abonado en multas que queden amnistiadas, por lo que supone una de las diferencias respecto a su antecesora.
Las menciones específicas (o no)
Al contrario de los socialistas, las formaciones independentistas sí enumeraban las diferentes causas judiciales a las que afectaría la amnistía. Entre ellas, se explicitaba la sentencia del Tribunal Constitucional contra los líderes del procés y otra docena de procesos abiertos en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en la Audiencia Nacional o en otras estancias.