Cuáles son las diferencias entre una moción de censura y una cuestión de confianza: procedimientos, votaciones y resultados

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Hemiciclo del Congreso de los Diputados | Foto: Web del Congreso
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Algunos de los aliados parlamentarios del Gobierno han mostrado en los últimos días posiciones críticas contra el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, llegando en algún caso a dejar caer la posibilidad de que se someta a una cuestión de confianza. En el lado contrario, voces opositoras del PP y Vox hablan de proponer una moción de censura. 

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  • Contexto. El PSOE afronta una crisis desde que un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) vinculó al ya dimitido secretario de Organización del partido Santos Cerdán con un supuesto cobro de comisiones ilegales relacionadas con el caso Koldo.

Se trata de dos mecanismos parlamentarios recogidos en la Constitución española que regulan la relación entre el Gobierno y las Cortes Generales. 

Aunque los dos casos pueden hacer caer al presidente del Gobierno y a su equipo en un determinado momento, responden a situaciones diferentes y sus procedimientos varían. Estas son sus diferencias:

La moción de censura

Es un mecanismo por el que el Congreso exige “responsabilidad política” al Gobierno, forzando la salida del presidente del Ejecutivo y reemplazándolo por otro candidato. Viene establecido en los artículos 113 y 114 de la Constitución y su procedimiento está explicado en los artículos que van del 175 al 179 del Reglamento del Congreso.

Quién la presenta. La moción de censura debe proponerse mediante un escrito formal respaldado por, al menos, una décima parte de los 350 diputados que conforman el Congreso, que equivaldría a un mínimo de 35.

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  • Este documento debe exponer los motivos por los que se considera que el líder del Gobierno debe abandonar la Moncloa y proponer un candidato alternativo que, en caso de prosperar la moción, sería automáticamente investido presidente.
  • La Mesa de la Cámara estudia si la propuesta reúne los requisitos mencionados y, si la acepta, da dos días al resto de grupos parlamentarios para que presenten otras mociones “alternativas”. 

Desarrollo. Antes de la votación, tiene lugar un debate en el que participan tanto el Gobierno como los impulsores de la moción de censura.

Votación. Para ser aprobada, el Reglamento del Congreso señala que la moción de censura “requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta” de los miembros de la Cámara, es decir, al menos 176 escaños.

  • En el caso de que la moción de censura salga adelante, se considera que el candidato propuesto ha resultado investido y se informa de ello al rey.
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  • Si, por el contrario, no prospera, sus signatarios no pueden presentar otra hasta el siguiente periodo de sesiones.

La cuestión de confianza

Es el mecanismo por el que el presidente del Gobierno somete su “programa” o una “declaración de política general” al Congreso. Esta herramienta viene recogida en los artículos 112 y 114 de la Constitución española y su procedimiento se desarrolla en los artículos 173 y 174 del Reglamento del Congreso.

Quién la presenta. En este caso, es el propio presidente del Gobierno quien plantea la cuestión de confianza por escrito y de forma “motivada” ante la Mesa del Congreso con la ratificación previa del Consejo de Ministros.

  • Admitido el escrito a trámite por la Mesa, la Presidencia dará cuenta del mismo a la Junta de Portavoces y convocará al Pleno.

Desarrollo. Para la cuestión de confianza también es necesario llevar a cabo un debate previo a la votación, similar al de investidura tras unas elecciones generales. Una vez finalizado, la presidencia elige una fecha de votación que debe ser mínimo 24 horas después.

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Votación. El Gobierno necesitará el apoyo de una mayoría simple del Congreso (más síes que noes) para superar la cuestión de confianza.

  • En el caso de no lograr el respaldo de la Cámara, el presidente presentará su dimisión al rey y este iniciará el procedimiento de rondas de consultas para investir a un nuevo Ejecutivo, según establece la Constitución.
Fuentes
  • Constitución española
  • Reglamento del Congreso de los Diputados
  • Europa Press
  • El País