Diferentes medios de comunicación han publicado en los últimos días que la Dirección General de Tráfico (DGT) habría decidido “cambiar sustancialmente” la periodicidad de renovación del carnet de conducir para personas mayores de 65 años. También señalan que estos conductores “deberán superar revisiones médicas más exigentes, que actuarán como filtro para determinar si pueden seguir conduciendo”.
Qué circula. Según indican estos medios, “los conductores mayores de 65 años en España se enfrentan a una de las reformas más relevantes en materia de renovación del carnet de conducir de las últimas décadas”.
- También se atribuye a Pere Navarro, director de la DGT, unas supuestas declaraciones en las que anunciaría un cambio en “la edad a la que te retirarán el carnet de conducir”.
- “Adiós al carnet de conducir para los mayores de 65 años: este es el impedimento de la DGT”, recoge otro de los titulares de un medio de comunicación.
Qué dice la DGT. Sin embargo, desde la DGT afirman a Newtral.es que “no se ha cambiado absolutamente nada” en los plazos para renovar el permiso de conducir y que tampoco hay límite de edad para ello.
- Asimismo, señalan que “el seguir conduciendo no depende de la edad, sino del estado de las capacidades y aptitudes que tenga el conductor”.
En cuanto a las supuestas declaraciones del director de la DGT en este sentido, Tráfico afirma a este medio que en una rueda de prensa celebrada la semana pasada preguntaron a Navarro sobre su posición al respecto de revisar los plazos de renovación del permiso de conducir según la edad, y él respondió que es algo que “se podría estudiar”, sin que esto implique ningún cambio formal.
Plazos de renovación. Todos los permisos de conducir tienen un periodo de vigencia, con una fecha de validez, con la que, una vez cumplida no se puede conducir hasta su renovación. La población general debe renovar su carnet de conducir cada 10 años.
Este periodo se reduce a partir de los 65 años a las siguientes fechas, con el fin de “asegurar que se mantiene intacta la capacidad para conducir”:
- Renovación cada cinco años. Permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y licencias de conducción.
- Renovación cada tres años. Permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…)
Reconocimiento médico. Desde la DGT explican también que el reconocimiento médico y psicotécnico que deben pasar las personas mayores de 65 años para renovar su carnet “es el mismo que para el resto de la población”. “Los reconocimientos son para todos igual”, añaden.
- Si durante el reconocimiento médico se detecta una enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez del permiso será menor, recoge la DGT en su web.
Para renovar el carnet de conducir se deberá acudir a uno de los centros de Reconocimiento de Conductores autorizados por la DGT y allí se cobrará un importe por el reconocimiento médico y la tasa de tráfico, exenta para ciudadanos mayores de 70 años.
- En el momento de realizar el trámite del duplicado se entregará un permiso provisional con el que circular por España hasta tener el permiso renovado.
- En aproximadamente mes y medio el conductor recibirá su permiso renovado en su domicilio sin necesidad de “realizar ningún otro trámite ni abonar ninguna tasa”.
Lista de enfermedades. También han vuelto a circular mensajes que afirman que “la DGT ha publicado una lista de 35 enfermedades o patologías que pueden impedir o limitar la renovación del carnet de conducir”. No obstante, la DGT afirmó a Newtral.es en septiembre de 2024 que “no está previsto que se modifique nada” en relación con las restricciones a la conducción por enfermedades o condicionantes físicos, algo que ha reafirmado la entidad este lunes.