La calidad mínima de conexión que garantiza la ley es insuficiente para actividades como videoconferencias: “Es un internet a pedales”

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Foto: Song_about_summer / Shutterstock
Tiempo de lectura: 5 min

La legislación española garantiza el derecho al servicio universal, es decir, un mínimo de conexión telefónica e internet disponible para todos los consumidores independientemente de su lugar de residencia. Sin embargo, el umbral que establece la ley es insuficiente según la OCU y no permite realizar actividades cotidianas en el contexto actual, como las videoconferencias.

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En las últimas semanas ha quedado patente que la conexión telefónica no es algo garantizado en todas las circunstancias, como ha ocurrido con los incendios que han dejado algunos pueblos sin conexión temporalmente. Sin embargo, esto se trata de algo puntual frente a las zonas que se consideran “puntos negros”, en las que la falta de cobertura es habitual.

Así, pese a que la ley de telecomunicaciones de 2022 amplía la obligación de prestación de servicio universal para garantizar el acceso a la conexión “con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible”, según confirman desde el despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, hay habitantes, en especial del entorno rural, que siguen enfrentándose día a día a la desconexión.

El derecho al servicio universal, aún insuficiente para garantizar una conexión telefónica e internet de calidad

Para que todos los consumidores tengan a su disposición una calidad mínima de internet y telefonía fija existe el servicio universal. Este concepto establece el derecho de acceso a una conexión telefónica en una ubicación fija y a internet con una velocidad de al menos 10 Mbps, como recoge el artículo 37 de la ley de comunicaciones.

En el texto legal se establece que esta velocidad aumente hasta los 30 Mbps “tan pronto como sea posible en función de la extensión de las redes y del estado de la técnica” y, posteriormente, plantea una mejora hasta los 100 Mbps.

En concreto, una velocidad mayor que 25 Mbps, en caso de equivaler a la velocidad en cada domicilio, implicaría la existencia de un servicio avanzado que podría cubrir un uso intenso de cuatro dispositivos al mismo tiempo, según la Comisión Federal de Comunicaciones estadounidense (FCC, por sus siglas en inglés). Sin embargo, según Enrique García, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la velocidad actual de la conexión no es suficiente.

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Eso es un internet a pedales”, expresa García, que lo compara con la velocidad de conexión cuando la tarjeta móvil se queda sin datos. A su juicio, las más afectadas por esto son las zonas rurales. “Hay muchos tipos de servicios, la videoconferencia, por ejemplo, (…) que no se pueden hacer a través del teléfono fijo” o de la banda ancha en muchas zonas, explica.

Los consumidores pueden solicitar una conexión a la red telefónica fija

El servicio universal garantiza las conexiones a la red telefónica fija de todos los ciudadanos con los mínimos establecidos en la ley de telecomunicaciones. En este contexto, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital nombra a un operador para que satisfaga el derecho a la conexión telefónica, de acuerdo con el artículo 40 de la ley.

Actualmente, Telefónica es el único operador con la obligación de atender “todas las solicitudes de alta de línea fija”, como recoge la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones. La empresa tiene un plazo máximo de 60 días desde la solicitud para realizar la instalación de la línea en caso de que la petición del consumidor sea “razonable”, período después del que el usuario puede reclamar ante la propia Oficina de Atención.

Según Facua, una solicitud razonable es aquella “solicitada para cualquier inmueble situado en suelo urbano” o para el que, sin estar en suelo urbano, se use “como vivienda habitual por el solicitante”.

Además, la ley contempla que el precio para el acceso a estos servicios sea “asequible”. “No deben impedir a los consumidores con rentas bajas o con necesidades sociales especiales acceder a tales servicios”, señala su artículo 38. En concreto, los costes del servicio universal ascienden a 24,079 euros al mes con IVA por la banda ancha de 1 Mbps según Movistar, a lo que hay que añadir el precio de la línea de acceso, teniendo en cuenta la anterior ley de telecomunicaciones de 2014 que establece el mínimo exigido en 1 Mbps, por debajo del actual.

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El coste de servicio universal es compensado por las compañías y los consumidores

No obstante, el servicio universal o el derecho a conexión telefónica supone un coste, cuya cuantía y financiación determina la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), como confirma su departamento de prensa. “Esa prestación del servicio universal tiene pérdidas, no es que dé beneficios”, expone García.

Esas pérdidas se reparten entre todos los operadores del mercado y en definitiva al final eso lo acaban pagando todos los usuarios a través de las tarifas”, comenta. En concreto, los operadores encargados de pagar una parte son los que “obtengan por el suministro de redes públicas o la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público unos ingresos brutos de explotación anuales superiores a 100 millones de euros”, según la ley.

Fuentes
  • Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones
  • Enrique García, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)
  • Despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, que forma parte del Máster en Negocio y Derecho de las Telecomunicaciones
  • Guía sobre la banda ancha de la Comisión Federal de Comunicaciones estadounidense (FCC por sus siglas en inglés)
  • Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
  • Derechos de telecomunicaciones según Facua
  • Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
  • Manual de precios del servicio de telefonía fijo de Movistar
  • Departamento de prensa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
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3 Comentarios

  • Buenos dias, yo vivo en una zona rural, resulta que existe un poste de la linea de telefonica a 3 m de mi propiedad; resulta que la dueña de la parcela donde esta ubicado el poste de telefonica, se opone a que conecte mi vivienda con dicho poste. Mi pregunta es si se puede negar a ello.

  • Yo no tengo cobertura ni para llamar a emergencias...hubo un incendio la otra noche y tuve que coger el coche para poder avisar...eso porque pude...porque ya hubo otro gran incendio en el que no podia salir de mi casa por el fuego...es vergonzoso que en el siglo que estamos no se cumplan unos minimos...porque para pagar el ibi corren que se las pelan...

  • Me lo vais a decir a mí, al hombre con asperger de 21 años que tiene una casa de campo en la Sierra de Andújar (Aquí en Andújar las llamamos viñas) en la que la cobertura móvil y la de Internet son un mierdo como un piano.
    A ver si las compañías de telefonía se reunen con el gobierno y pueden ampliar más la cobertura móvil y de Internet para que cubra toda la España vaciada, tanto en invierno como en verano y durante todo el año.