Deliveroo deja España a finales de mes: te explicamos cómo le afecta a los ‘riders’

Foto: Ray Morgan (Shutterstock)
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Deliveroo deja España el 29 de noviembre. Así lo ha anunciado la plataforma de reparto de comida a domicilio a través de un comunicado oficial, facilitado por la empresa a Newtral.es. La compañía concluye así la intención de cerrar su división española que ya anunció en verano por la inviabilidad del negocio, dos semanas después de la aprobación de la ley rider que obliga a las empresas de reparto a contratar a los repartidores como asalariados.

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[Entra en vigor la ley rider: Qué ocurre con los repartidores en cada empresa]

El proceso, según detalló la multinacional en un comunicado, estuvo condicionado por una consulta a sus empleados, incluidos los riders. «Finalizada la consulta, Deliveroo confirma que la empresa saldrá de España el 29 de noviembre”, expone ahora la plataforma a Newtral.es. 

Estas son las condiciones del ERE que ha acordado Deliveroo con los sindicatos

Deliveroo ha firmado el acuerdo con los representantes de sus “alrededor de 3.800 trabajadores”, tal y como confirma la propia empresa a Newtral.es, para resolver su salida a través de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE). 

Fernando García, delegado sindical de UGT, desinfla las cifras de la multinacional. “Deliveroo tenía 3.871 cuentas abiertas de rider en España, pero la mayoría son a tiempo parcial porque casi todos trabajamos con varias apps a la vez para poder subsistir”, asegura a Newtral.es. García indica que los números que maneja la compañía “no reflejan bien” la realidad del sector.

Tal y como ha adelantado a Newtral.es García, el comunicado que ya se ha enviado a los repartidores y empleados de la empresa “reconoce la laboralidad de los riders” y ha sido alcanzado tras “dos días de reuniones”. 

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El documento recoge los acuerdos alcanzados, como la “indemnización de 45 días de salario por año de servicio, con una cuantía mínima garantizada de 1.000 euros en caso de no alcanzar este importe mediante la antigüedad y el salario”. 

Además, expone que “las indemnizaciones pactadas son brutas y sobre las mismas se practicarán las retenciones por IRPF y/o seguridad social”. Para el cálculo de las compensaciones, la plataforma ha tenido en cuenta “además de los ingresos fijos y variables, conceptos adicionales como los bonus del IPO (Oferta Pública de Venta, por sus siglas en inglés) pagados a los riders en 2021 y el valor de las stock options (opciones sobre acciones: remuneraciones que ofrece la posibilidad de que los empleados obtengan acciones de la empresa) ejercitadas para el personal de estructura”.

Los sindicatos se muestran “satisfechos con el resultado conseguido”, a pesar de que el proceso ha sido “laborioso, complejo y difícil”. “Hemos conseguido el mayor beneficio para todos los afectados, con independencia de la antigüedad”, concluyen en el comunicado enviado a los trabajadores.

La ley rider chocó contra el modelo de autónomos de Deliveroo, impugnado por numerosos tribunales

La decisión de Deliveroo de terminar sus operaciones en España coincidió con la recta final del plazo dado por la Justicia para cumplir con la ley rider y convertir a sus 3.800 trabajadores, que mantenía en régimen de autónomos, en asalariados. 

En enero de 2020, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resolvió, al igual que sucedió con Glovo, que 532 repartidores de Deliveroo eran trabajadores por cuenta ajena y no autónomos. La compañía presentó un recurso contra la sentencia que acabó desestimado por el Tribunal Supremo a finales de mayo de este año. Los magistrados lo dejaron claro en la resolución: “La sentencia de esta Sala Cuarta trata de un asunto de máxima relevancia y actualidad al abordar la cuestión de si debe considerarse como relación laboral el trabajo vinculado a las plataformas digitales, y se pronuncia a favor del carácter laboral de la relación del repartidor con la plataforma digital”.

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Este fue el último rapapolvo judicial, pero no el primero. Su modelo de riders con contratos autónomos ha sido impugnado por numerosos tribunales de España.

[Preguntas y Respuestas: el decreto ley sobre los riders]

La entrada en vigor de la ley rider en agosto de este año obliga a las plataformas a contratar como asalariados a sus repartidores. Para entonces, Deliveroo ya preparaba su salida del país “con el fin de centrar las inversiones y los recursos en los demás mercados en los que opera”, como indica en su comunicado que, sin embargo, no hace referencia a los varapalos judiciales por el uso de falsos autónomos como justificación para el cierre de su división española.

Según concretaban en este comunicado enviado en julio, la plataforma está presente “en 12 mercados de todo el mundo”. Para alcanzar y mantener una posición de primer nivel en España “requeriría un nivel de inversión muy elevado con un rendimiento potencial muy incierto a largo plazo que podría afectar a la viabilidad económica del mercado para la empresa”, sostiene la aplicación. 

Es decir, la decisión viene motivada por su incapacidad para competir con el resto de empresas de reparto de comida a domicilio como UberEats o JustEat, que tienen asalariados y también subcontratan flotas de repartidores a otras empresas de logística o Glovo, que anunció que contrataría a una parte de sus repartidores. España, tal y como confirma Deliveroo, supone menos del 2% del valor bruto de sus operaciones.

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