Si todavía no has presentado la declaración de la renta 2022 recuerda que la campaña termina el 30 de junio. Además, ya se puede solicitar cita para que la Agencia Tributaria te confeccione la renta vía telefónica o de manera presencial en las oficinas y no olvides que hay una gran variedad de recursos de ayuda para que el contribuyente resuelva sus dudas.
Desde Newtral.es ya hemos comentado las principales novedades de esta campaña de renta 2022, las deducciones a nivel estatal para que no se te pase ninguna y ahora enumeramos y desglosamos al detalle las deducciones autonómicas de todos los territorios de régimen común. Recordemos que los territorios forales de País Vasco y Navarra tienen un régimen diferente.
Entre las principales deducciones autonómicas hay tres grandes bloques: las deducciones por circunstancias personales y familiares, las relativas a la vivienda habitual y las que son donativos y donaciones, además de otros conceptos que puede añadir cada territorio.
Deducciones autonómicas detalladas comunidad por comunidad:
Tras enumerar, a modo de guía, todas las deducciones que tienen los contribuyentes a su disposición en cada territorio, desde Newtral.es hemos elaborado noticias específicas con cada deducción al detalle y con enlaces a la Agencia Tributaria para poder profundizar en caso de duda por cada caso personal:
- Andalucía
- Aragón
- Principado de Asturias
- Islas Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla-La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Extremadura
- Galicia
- Comunidad de Madrid
- Región de Murcia
- La Rioja
- Comunidad Valenciana
¿Por qué hay deducciones autonómicas diferentes según el territorio?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto cedido parcialmente a las comunidades autónomas, como indica la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. Por eso tienen sus propias competencias normativas y en el caso concreto del IRPF pueden fijar la cuantía del mínimo personal y familiar, la regulación de la tarifa y las deducciones de la cuota.
En España existen dos modelos de financiación de las comunidades autónomas: el régimen común y el régimen foral. En el régimen foral (aplicable a País Vasco y Navarra) el sistema de financiación se caracteriza porque tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario. El resto de comunidades se encuentran dentro del régimen común, con la excepción de Canarias, que posee un régimen económico y fiscal especial. Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla disponen de un régimen de fiscalidad indirecta especial.
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