Ahora que ya se puede presentar la declaración de la renta es importante conocer la normativa específica de IRPF de la comunidad autónoma donde se resida. ¿Qué deducciones tienen los contribuyentes que viven en Andalucía en esta renta 2022?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo de carácter personal y directo que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y circunstancias personales y familiares. Está cedido parcialmente a las comunidades autónomas que tienen sus propias competencias normativas. En el caso concreto del IRPF pueden fijar la cuantía del mínimo personal y familiar, la regulación de la tarifa y las deducciones de la cuota.
Deducción por inversión en vivienda habitual
Sin perjuicio de la aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual establecida en la normativa estatal del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en los casos que proceda, Andalucía tiene una deducción del 5% por las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación del inmueble que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente.
Para ello, deben concurrir alguna de las estas dos condiciones en la fecha del devengo del impuesto: que la vivienda tenga la calificación de protegida o que quien la adquiera sea menor de 35 años. Para su aplicación, la suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede ser superior a 25.000 euros en tributación individual o a 30.000 euros en caso de tributación conjunta.
Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual
Una de las deducciones principales de Andalucía para esta renta 2022 se refiere al alquiler. En general, tienen derecho a aplicar en la cuota íntegra autonómica del IRPF una deducción del 15% con un límite máximo de 600 euros anuales de las cantidades satisfechas en el período impositivo por alquiler de la que constituya su vivienda habitual, los contribuyentes menores de 35 años o mayores de 65 años o que tengan la consideración de víctima de violencia machista o del terrorismo.
Además, estas personas deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en tributación individual o a 30.000 euros si es conjunta.
- Que el contribuyente identifique al arrendador de la vivienda haciendo constar su número de identificación fiscal (NIF) en la correspondiente autoliquidación.
Deducción por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores en Andalucía
Otra de las deducciones de Andalucía a tener en cuenta en esta renta 2022 es la de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o por cada menor en régimen de acogimiento familiar en el periodo impositivo en el que se produzca el nacimiento, la adopción o el acogimiento. Aunque se amplía a 400 euros si el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación.
Tienen derecho a aplicar esta deducción los contribuyentes cuya suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en caso de tributación individual o 30.000 euros en conjunta. En caso de que sean dos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de la deducción, su importe se distribuirá por partes iguales.
Por adopción de hijos en el ámbito internacional
En los supuestos de adopción internacional, los andaluces tienen derecho a una deducción de 600 euros por cada hijo adoptado en el período impositivo en el que se haya inscrito la adopción en el Registro Civil. Siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 80.000 euros, en caso de tributación individual o 100.000 euros si es conjunta.
Para el padre o madre de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años
Además, los contribuyentes que sean padres o madres de familia monoparental tienen derecho a una deducción de 100 euros cuando la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 80.000 euros en tributación individual o a 100.000 euros si es conjunta.
Deducción para familias numerosas de Andalucía
Los contribuyentes que sean ascendientes y formen parte de una familia numerosa tienen derecho a una deducción de 200 euros si son de categoría general y de 400 euros para las de categoría especial. De igual forma, tendrán derecho a esta deducción los hermanos huérfanos. Aunque es requisito indispensable que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en tributación individual o a 30.000 euros en conjunta.
Deducción por gastos educativos en Andalucía
Los andaluces tienen además una deducción del 15% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas, con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente. Aunque la suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar los 80.000 euros en caso de tributación individual o los 100.000 euros
Para contribuyentes con discapacidad
Los contribuyentes que tengan la consideración de personas con discapacidad tendrán derecho a una deducción de 150 euros siempre y cuando la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en caso de tributación individual o 30.000 euros en conjunta.
Además, Andalucía tiene una deducción específica para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad y otra deducción por asistencia a personas con discapacidad.
Deducción por ayuda doméstica
La persona titular del hogar familiar podrá deducirse el 20% del importe satisfecho en el período impositivo por cuenta del empleador a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada del hogar familiar con un límite máximo de 500 euros anuales y siempre que cumpla los requisitos establecidos.
Por inversión en algunas adquisiciones de acciones y participaciones sociales
Los andaluces se pueden deducir el 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital, cuando se trate de sociedades mercantiles que revistan la forma de sociedad anónima, sociedad anónima laboral, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad de responsabilidad limitada laboral o sociedad cooperativa. El límite de esta deducción es de 4.000 euros anuales.
Deducción para gastos de defensa jurídica de la relación laboral
Se pueden deducir 200 euros los andaluces que hayan tenido gastos de defensa jurídica derivados de la relación laboral en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato y reclamación de cantidades.
Deducción por donativos con finalidad ecológica en Andalucía
Además, Andalucía tiene una deducción del 10% de las cantidades donadas durante el período impositivo a favor de cualquiera de las siguientes instituciones:
- Las entidades públicas dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de corporaciones locales de Andalucía, cuya finalidad sea la defensa y conservación del medio ambiente, quedando afectos dichos recursos al desarrollo de programas de esta naturaleza.
- Las entidades sin fines lucrativos y las entidades beneficiarias del mecenazgo, siempre que su fin exclusivo sea la defensa del medio ambiente y se hallen inscritas en los correspondientes registros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El límite de esta deducción es de 150 euros.