¿Qué implica ser declarado persona ‘non grata’ en España? 

declarar persona non grata
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Las relaciones diplomáticas no siempre incluyen o acaban con un estrechamiento de manos. La tensión entre dos países puede desmembrar sus lazos diplomáticos e incluso sus intereses cruzados, las de los ciudadanos y empresas. Dentro de este posible escenario, que comienza con un malestar entre gobernantes o mandatarios por alguna declaración o acto concreto y que puede desembocar en una crisis diplomática, hay diferentes recursos para mostrar el descontento: desde declaraciones de personas non gratas entre países a la ruptura definitiva de las relaciones políticas. 

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¿Qué supone ser una persona non grata a nivel nacional? La RAE determina que una persona non grata es aquella que resulta “indeseable por un Gobierno o institución”. Según el Artículo 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961, conlleva “retirar a esa persona o poner término a sus funciones en la misión” que tenga en el país. Se utiliza el derecho internacional cuando un país busca expulsar a un diplomático de otro estado que se encuentra en su territorio. Pero, en términos reales, este acto solamente sirve para mostrar rechazo públicamente. 

  • Según explica el experto en Relaciones Internacionales de la Universidad CEU San Pablo, Antonio Alonso Marcos, “es una mera declaración”: “No tiene, per se, ningún impacto ni ninguna consecuencia. Para que tenga implicación debe acompañarse de alguna otra medida, como la expresa prohibición de entrada en el país con una orden”, argumenta. 
  • Sonia Hernández Pradas, Doctora en Derecho Internacional Público en la Universidad Francisco de Vitoria, explicaba a Newtral.es que, en el caso de diplomáticos extranjeros, puede “tener efectos prácticos respecto a su estatus y supondría la pérdida de inmunidades y privilegios diplomáticos”, pero nada más allá de eso. 

Las consecuencias de las que hablan estos expertos son, por ejemplo, una disminución de la credibilidad o la pérdida de algún acuerdo comercial en el país donde es considerado no aceptable. En definitiva, una pérdida de determinados privilegios diplomáticos, pero no a nivel jurídico. 

Fuentes
  • Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961
  • RAE
  • Entrevista con el experto en Relaciones Internacionales de la Universidad CEU San Pablo, Antonio Alonso Marcos
  • Entrevista con la Doctora en Derecho Internacional Público en la Universidad Francisco de Vitoria, Sonia Hernández Pradas
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