Hacienda no ha lanzado una campaña para tributar por los pequeños aguinaldos navideños

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Circula en redes sociales un mensaje viral sobre el aguinaldo que asegura que “Hacienda avisa ante el dinero regalado en Navidad” y recuerda que hay que declarar “desde la propina de la abuela hasta esos 50 euros del tío para que te compres algo”. La Agencia Tributaria y el Ministerio de Hacienda confirman a Newtral.es que no existe tal advertencia. Lo explicamos.

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“Hacienda avisa ante el dinero regalado en Navidad (…) [y] considera como donaciones este tipo de regalos, por lo que habría que abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en caso de recibir dinero”, sostiene uno de los mensajes virales por los que nos habéis preguntado en nuestro servicio de verificación por WhatsApp, y que ha llegado a ser publicado en algunos medios de comunicación.

Los bancos informan a Hacienda de operaciones de más de 3.000 euros, no por un aguinaldo

Si bien es cierto que no existe un umbral para tributar por estas transacciones de dinero, la Agencia Tributaria constata que no se ha hecho tal advertencia y que Hacienda no ha alertado ni “avisa” sobre los aguinaldos y su tributación, en contra de lo que afirma el mensaje viral. Asimismo, es preciso tener en cuenta que el Impuesto de Donaciones y Sucesiones corresponde a las comunidades autónomas, no al Estado.

En cuanto a las transacciones mediante plataformas como Bizum o por transferencia, las entidades de crédito están obligadas a presentar con carácter periódico a la Agencia Tributaria la información sobre imposiciones o disposiciones de fondos superiores a 3.000 euros.

Aunque no existe un umbral mínimo, Hacienda no persigue un aguinaldo de 50 euros

Violeta Ruiz Almendral, profesora de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), explica a Newtral.es que “ni la hay, ni tiene sentido que haya” una campaña de la Agencia Tributaria para perseguir los aguinaldos navideños. Según la experta, “el coste en medios personales y materiales sería altísimo, ya que tu abuela te da 100 euros, no te da 3.000, y por tanto Hacienda no va a realizar ninguna actuación”.

Además, “la AEAT (Agencia Tributaria) no gestiona el impuesto, lo gestionan las comunidades autónomas” y “con pocos medios en la práctica”.

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Pese a todo esto, sí es cierto que, como constata la profesora de Derecho Tributario, el artículo 21 de la Ley del impuesto sobre sucesiones y donaciones no establece un mínimo exento. “La norma está muy obsoleta porque el impuesto se cede a las autonomías en 1997 y se deja en la práctica de actualizar la ley, pese a que se aplica la ley estatal y luego, en determinados aspectos puntuales, las normas autonómicas”.

En definitiva, “las comunidades autónomas pueden regular y regulan esta tarifa, pero en la práctica, las donaciones entre familiares tienen reducción y, para entendernos, por estos tipos de aguinaldos no se tributa”, zanja la experta.

[Qué es la armonización fiscal entre CCAA: claves, antecedentes y propuestas]

Fuentes:

  • Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Portavoz de la Agencia Tributaria
  • Gabinete de comunicación del Ministerio de Hacienda
  • Violeta Ruiz Almendral, profesora de Derecho Tributario en la UC3M
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