Por qué es necesaria la declaración de impacto ambiental favorable para instalar eólicas y fotovoltaicas

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Todas las instalaciones energéticas deben realizar una serie de trámites administrativos antes de su construcción y puesta en marcha. También las plantas eólicas y fotovoltaicas, que, al igual que otras formas de generación no renovables, tienen que obtener una declaración de impacto ambiental favorable, que sirve para estimar sus efectos sobre el entorno en el que se quieren situar.

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Aunque este tipo de plantas son las que menos impacto ambiental tienen, como asegura a Newtral.es Romain Zissler, investigador sénior del Instituto de Energía Renovable (REI, por sus siglas en inglés), es necesario considerar sus posibles perjuicios, con el fin de minimizarlos y reducir las consecuencias negativas para el medioambiente y la población de la zona.

La instalación de eólicas y fotovoltaicas también impacta sobre el entorno

Pese a que la instalación de plantas renovables eólicas y fotovoltaicas es clave en el proceso de transición energética, hay que tener en cuenta los inconvenientes que dejan en las zonas que las acogen. También a nivel ambiental, como explica a Newtral.es Javier Andaluz, coordinador de Clima y Energía en Ecologistas en Acción.

Entre las dos, las eólicas son las de mayor impacto, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento. La puesta en marcha de estas infraestructuras genera “dispersión de animales, un proceso denominado fragmentación de hábitat”, además de que se puede producir la colisión de aves con las aspas de los aerogeneradores, según expone Andaluz.

Por ello, como señala Adolfo Núñez Sarompas, profesor del Máster de Energías Renovables y Eficiencia Energética de la Universidad a Distancia de Madrid (Udima), en el caso de este tipo de instalaciones, “la complicación viene por la ubicación”. “Los parques eólicos suelen tener un problema, y es que donde hay viento, hay pájaros”, destaca, lo que en ocasiones dificulta la obtención de declaraciones favorables de impacto ambiental.

Para qué sirve una declaración de impacto ambiental

La declaración de impacto cierra el proceso de la evaluación ambiental de proyectos, como se recoge en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco). Se realiza de acuerdo con un estudio de impacto ambiental presentado por los solicitantes de la declaración, que incluye “los posibles impactos, medidas correctoras, que has evaluado la presencia de fauna, de flora, el efecto sobre el terreno, el impacto visual…”, según José María González Moya, director general de la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA).

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Mediante este informe, se evalúa “la integración de los aspectos ambientales en el proyecto”, es decir, si la propuesta es viable de acuerdo a condiciones medioambientales en el entorno en el que se prevé instalar. Como especifica González, en su resolución hay tres posibilidades: “Proyectos que obtienen declaración de impacto ambiental negativa, con lo cual no pueden seguir (…), otros que la tienen favorable, y luego hay otros muchos otros también que la tienen favorable con condicionantes”.

En este último caso, en el documento con las conclusiones de la Administración se establecen ciertos requisitos necesarios para que el proyecto siga adelante relacionados con “la adecuada protección del medio ambiente y de los recursos naturales durante la ejecución y la explotación”. 

Plazos mayores de los previstos para obtener las declaraciones de impacto ambiental

Según la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental se inicia con la presentación del expediente del proyecto y con su análisis técnico. Se prevé que ambos procedimientos, junto a la formulación de la declaración de impacto ambiental, se realicen “en el plazo de cuatro meses, contados desde la recepción completa del expediente de impacto ambiental”. Sin embargo, según Núñez, el cumplimiento de estos plazos es complicado.

Incluso el colapso existente en la Administración puede retrasar los tiempos, como se reconoció en el real decreto ley 29/2021. En él se recogió que las propias autonomías pidieron extender los plazos de las declaraciones de impacto ambiental establecidos en el real decreto ley 23/2020 “ante la constatación de la imposibilidad generalizada de poder tramitar en tiempo y forma la totalidad de proyectos de generación”.

Los trámites necesarios para instalar una planta eólica o fotovoltaica

Sin embargo, los trámites para poder construir plantas renovables no comienzan con la obtención de la declaración de impacto ambiental favorable, como explica el director de APPA. “Lo lógico es empezar un proyecto solicitando el permiso de acceso a la red”, expone. Es decir, comprobando que el proyecto tiene cabida en el nudo de la red eléctrica al que se pretende conectar para transmitir la energía que genere, aunque incide en que cada autonomía tiene sus matices.

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En el momento en el que se consigue este permiso, se activa un plazo de cinco años en los que se deben completar todos los trámites administrativos. A partir de entonces, hay que acreditar la presentación de la solicitud administrativa para la realización del proyecto y obtener la declaración de impacto ambiental favorable, como enumera González. “Estamos hablando de un año” para obtenerla, estima, sobre todo en el ámbito de las eólicas, cuando suele ser necesario un estudio de avifauna, es decir, de las aves que se desplazan por el entorno. 

Una vez se tenga luz verde desde la Administración, se obtendría una autorización administrativa previa y, posteriormente, un permiso de construcción, para el que habría que “presentar el proyecto con todo lujo de detalles”, según el experto. Completados los pasos anteriores, queda únicamente la autorización administrativa de explotación definitiva, con la que ya se puede poner en marcha la instalación.

Fuentes
  • Romain Zissler, investigador sénior del Instituto de Energía Renovable (REI, por sus siglas en inglés)
  • Javier Andaluz, coordinador de Clima y Energía en Ecologistas en Acción
  • Adolfo Núñez Sarompas, profesor del Máster de Energías Renovables y Eficiencia Energética de la Universidad a Distancia de Madrid (Udima)
  • Información sobre la evaluación ambiental en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco)
  • José María González Moya, director general de la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA)
  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
  • Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables
  • Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica
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