Consumo inicia un expediente sancionador al Reggaeton Beach Festival por no permitir comida y bebida del exterior

Reggaeton Beach Festival
Fuente: SHUTTERSTOCK
Tiempo de lectura: 5 min

El Ministerio de Consumo ha abierto por primera vez un expediente sancionador hacia una empresa organizadora de eventos, en concreto a la empresa DQG Norte AIE, promotora del Reggaeton Beach Festival, por incluir entre sus cláusulas obligatorias la prohibición de acceder al recinto con comida o bebida del exterior.

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Así lo anunció el pasado 2 de agosto el ministerio dirigido por Alberto Garzón, que indicó que la empresa organizadora del festival también está siendo investigada por posibles infracciones que pueden ser consideradas cláusulas abusivas hacia el consumidor, relacionadas con el sistema de pago a través de pulseras ‘cashless’.
Contexto. DQG Norte AIE es la entidad promotora del Reggaeton Beach Festival, un evento de música urbana programado durante este verano en 11 puntos de todo el país: Madrid (donde fue cancelado por motivos de seguridad), Marina D’Or, Asturias, Tenerife, Marbella, Benidorm, Mallorca, Barcelona, Santander, Torrevieja y Galicia.

¿Por qué se ha abierto un expediente sancionador contra la empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival?

La empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival ha comenzado a ser investigada a raíz de la denuncia que impuso la asociación Facua-Consumidores en Acción ante las autoridades de las diferentes comunidades autónomas en las que DQG Norte AIE tiene programados los eventos.

En sus motivos, Facua aseguró haber percibido ciertas irregularidades en los derechos del consumidor de este festival, relacionadas con la entrada de comida y bebida a los recintos de los eventos, la prohibición de pagar en efectivo y un incorrecto reembolso a los clientes del dinero de las pulseras de recargo ‘cashless’.

De esta forma, según indica la asociación, Baleares fue la primera comunidad autónoma en abrir un expediente sancionador contra la promotora del festival pero, al tratarse de irregularidades que pueden producirse en varias autonomías, las autoridades de consumo de la comunidad y de Cataluña plantearon delegar el caso al ministerio. 

Así, el Ministerio de Consumo anunció el pasado 2 de agosto el inicio de un expediente sancionador hacia DQG Norte AIE, ante la cláusula obligatoria que incluye la compañía en su normativa en la que señala textualmente que “queda terminantemente prohibida la entrada al recinto del festival de cualquier tipo de comida o bebida, pudiendo los asistentes ser registrados” y que “el incumplimiento de este punto supone la expulsión inmediata del recinto”.

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  • Sin embargo, Consumo explica también que, pese a lo que indica el festival en su cláusula, en cada uno de los festivales organizados por la empresa se concreta que se puede acceder con determinada comida y bebida, como una botella de agua pequeña, una pieza de fruta y un sándwich o ‘snack’ precintado.

Consumo investiga irregularidades relacionadas con el reembolso del dinero de pulseras ‘cashless’

La otra irregularidad por la que Consumo investigará a DQG Norte AIE está vinculada al sistema de pago a través de pulseras ‘cashless’, que la entidad organizadora de los festivales incluye con el objetivo de evitar que los clientes utilicen dinero en efectivo durante los eventos, algo que la Ley General para la Defensa de los Consumidores incluye en su artículo 47. Así, el Ministerio indica que:

  • El sistema de pulseras ‘cashless’ es la única forma de pago que la empresa acepta dentro del recinto del festival.
  • La devolución y reembolso de la cantidad de dinero sobrante en la pulsera no es admitida por DQG Norte AIE cuando esta esté por debajo de 2 euros debido a que los gastos de gestión ascienden a 1,5 euros.

[Cómo solicitar la devolución de dinero de las pulseras de los festivales]

¿A qué sanciones podría enfrentarse la empresa organizadora?

En el caso de que las investigaciones evidencien estas prácticas por parte de la empresa, Consumo advierte de que podrían considerarse como infracciones graves o muy graves. En este sentido, el artículo 49 de la ley reguladora establece las siguientes multas para este tipo de infracciones:

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  • Infracciones graves: Sanciones de entre 10.001 y 100.000 euros pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.
  • Infracciones muy graves: Multas de entre 100.001 y 1.000.000 de euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.

Rubén Sánchez, portavoz de Facua-Consumidores en Acción explica a Newtral.es que si finalmente la empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival fuese sancionada por Consumo, no se contemplaría en un primer momento la obligación de cancelar los eventos programados.

En Madrid, el Ayuntamiento retiró al Reggaeton Beach Festival la licencia para celebrar el evento por razones de seguridad

Esta no es la primera vez en la que la empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival se enfrenta a dificultades relacionadas con sus eventos en este 2023. Hace unas semanas la entidad se vio obligada a suspender su programación del festival en Madrid, prevista para los días 22 y 23 de julio en el espacio Iberdrola Music de Villaverde, después de que el Ayuntamiento de la ciudad decidiera retirarle la licencia por razones de seguridad.

El área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid justificó esta decisión en que, según recogió Europa Press, el festival, al que iban a acudir aproximadamente 50.000 personas, no garantizaba “las condiciones de seguridad ni de evacuación adecuadas para un evento de estas características”.
Ante la negativa a poder realizar el evento, la empresa activó el protocolo para devolver el dinero de las entradas a todos los compradores.

Fuentes
  • Ministerio de Consumo
  • Facua-Consumidores en Acción
  • Agencia EFE
  • Europa Press
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