Consumo abre un expediente sancionador a varias aerolíneas por cobrar el equipaje de mano

Consumo aerolíneas
Fuente: Shutterstock
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El Ministerio de Consumo ha abierto expedientes sancionadores a varias aerolíneas de bajo coste (low cost) por el cobro del equipaje de mano que va en la cabina de los aviones, entre ellas Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea, según recoge EFE. 

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Contexto: FACUA-Consumidores en Acción había denunciado estos hechos ante las autoridades de consumo hace dos años y en junio, Consumo inició una investigación a siete aerolíneas por sus políticas de cobro. 

Consumo abre expediente para sancionar a varias aerolíneas

Por otra parte, el Ministerio de Consumo ha ampliado este expediente sancionador a otras acciones realizadas por las compañías aéreas como por no permitir pagos en metálico en los aeropuertos y por imponer el pago de un tarifa extra por la reserva de asientos contiguos para acompañar a menores y personas dependientes.

El ministerio defiende que a través de estas prácticas de desgajar servicios tradicionalmente incluidos en el precio del billete y cobrar al pasajero un suplemento por las mismas, las aerolíneas ofrecen en su publicidad precios “muy competitivos”. De manera que “les permite tener un posicionamiento SEO privilegiado en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador”.

Por otra parte, alegan que el precio inicialmente ofertado en la publicidad no se corresponde en muchos casos, con el precio que finalmente acaba pagando el viajero. 

Las multas pueden ascender hasta el millón de euros

En el comunicado emitido por Consumo indica las sanciones que pueden recibir las compañías por las infracciones cometidas. Así, las infracciones consideradas como muy graves pueden conllevar distintas multas de entre 100.001 y 1.000.000 de euros, y entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves.

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Además, si se considera que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras supera esas cantidades, las sanciones impuestas pueden alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces, en las muy graves.

Y es que FACUA y OCU llevan varios años denunciando a las aerolíneas por políticas abusivas. Como contamos en Newtal.es, aunque es una práctica generalizada dentro de la aerolíneas low cost, cobrar por el equipaje es ilegal. Según la Ley de Navegación Aérea en su artículo 97 asegura que “el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos”.

Fuentes
  • Ministerio de Consumo
  • EFE
  • FACUA
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