El Gobierno pone en marcha siete meses después de aprobar el Ingreso Mínimo Vital su Consejo asesor

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Foto: Fernando Alvarado (EFE)
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la regulación del Consejo consultivo del Ingreso Mínimo Vital (IMV) tras su aprobación en el Consejo de Ministros del 26 julio. La creación del organismo llega siete meses después de la entrada en vigor de la ley del IMV, cuyo texto ya lo recogía en su artículo 34. 

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Entre las funciones del Consejo se encuentra la de asesorar al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de José Luis Escrivá, en el planteamiento de propuestas normativas y otros temas relacionados con el Ingreso Mínimo Vital y en materia de inclusión.

Te contamos qué es este órgano y quién lo compone. 

[El ingreso mínimo vital apenas cubre a la mitad de los beneficiarios previstos por el Gobierno dos años después]

Consejo consultivo del IMV: funciones y quién lo compone 

El Consejo consultivo se plantea como un órgano de consulta y participación del Gobierno con las entidades del tercer sector y organizaciones sindicales y empresariales.

Funciones. La principal función del Consejo es la de asesorar al ministerio dirigido por José Luis Escrivá, en propuestas normativas del IMV y otras políticas de inclusión, y cooperar en las estrategias aprobadas por el ministerio. Por otro lado, también va a asesorar a la comisión de seguimiento del IMV. 

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Funcionamiento. Según difunde en nota de prensa el ministerio, el Consejo se va a reunir dos veces al año y también de manera extraordinaria. Además, prevén que haya grupos de trabajo de materias específicas.

Composición. El pleno está formado por 25 miembros. El presidente es el ministro Escrivá, la vicepresidencia está ocupada por el Secretario General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, y las vocalías las integran representantes de la administración, entidades, organizaciones sindicales y empresariales, entre otros. 

Los miembros del Consejo del IMV no van a percibir ningún sueldo por estos cargos y los costes de funcionamiento los asume el Ministerio de Inclusión con su presupuesto, según recoge el Real Decreto. 

Creación de un sello de inclusión social de colaboración público-privada

Por otro lado, además del Consejo del IMV también se ha aprobado un Real decreto para crear el Sello de Inclusión Social. Se trata de un distintivo público que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones va a conceder a empresas y entidades que contribuyan en la inclusión de beneficiarios de este ingreso.

La obtención de estos sellos permite utilizar el logotipo en actividades propias, participar en actividades que desarrolla el ministerio y la obtención de premios otorgados por la administración, entre otras cuestiones.

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Beneficiarios. En concreto, se concederá el sello a quienes “contribuyan al tránsito de las personas beneficiarias del IMV desde una situación de riesgo de pobreza y exclusión hacia la inclusión y la participación activa en la sociedad”.

Estas pueden ser entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles públicas, empresas privadas, trabajadores por cuenta propia o autónomos, o fundaciones.

Para optar a este sello deben cumplir con ciertos requisitos como desarrollar medidas de inclusión social, estar al corriente de las obligaciones tributarias, no causar perjuicio al medio ambiente o tener un plan de igualdad.

Vigencia de tres años. Hay distintos tipos de sellos en función de las actuaciones que se lleven a cabo, como sello de acceso a bienes y servicios, apoyo a la infancia, inserción sociolaboral y digitalización. La vigencia de este distintivo es de tres años y se tendrá que volver a solicitar si se quiere mantener.

Fuentes
  • Real Decreto 635/2022, de 26 de julio, por el que se regulan la organización y funciones del Consejo consultivo del ingreso mínimo vital
  • Real Decreto 636/2022, de 26 de julio, por el que se regula el Sello de Inclusión Social
  • Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital
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