El presidente de la Xunta de Galicia, Alfonso Rueda, aseguró en el Nueva Economía Fórum que las comunidades autónomas no pueden “legislar en materia de vivienda”.
- En su intervención, Rueda afirmó que la tarea de los territorios se limitaba a “aminorar las malas legislaciones”, recurriendo, por ejemplo, la ley de vivienda estatal, una norma que tildó de “ineficaz” (minuto 28:12).
La respuesta de la Xunta de Galicia: a preguntas de Newtral.es el equipo del presidente gallego aclara que Rueda “se refería a que, a pesar de que las comunidades tienen competencias en materia de vivienda, estas están muy limitadas por unas leyes estatales que les impiden actuar con plena capacidad en la materia”, algo que “afecta de forma importante a la actividad de planificación, construcción y venta o alquiler de vivienda”.
- Lo ejemplifican: “Desde las comunidades no podemos legislar en materia de arrendamientos urbanos, de propiedad horizontal, de gran parte de la fiscalidad que afecta a la vivienda o en la legislación básica del suelo, entre otras materias”.
- Por el contrario, lo que sí pueden “hacer es dar luz verde a políticas de vivienda como ayudas para los alquileres o el fomento de la construcción de vivienda pública”.
Con todo, Rueda no aclaraba esto en su intervención inicial, que consideramos engañosa. Sí hay materias, como, por ejemplo, la regulación de los alquileres (sobre la que legisla la norma estatal a la que se refería en su discurso), que dependen del Gobierno central.
- Pero las comunidades pueden hacer sus propias leyes de vivienda (Galicia, de hecho, aprobó una en 2012) y tomar medidas en materia de promoción, construcción o inserción, por ejemplo, como también reconocen desde la Xunta. De hecho, a nivel legal tienen competencias atribuidas en esta materia.
Qué sabemos. Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco, explica a Newtral.es que “las competencias en vivienda están repartidas, hasta los ayuntamientos tienen; lo que hay que ver es cuáles tienen cada uno” (Estado, autonomías y entidades locales).
- En cuestión de “ordenación del territorio, vivienda y medioambiente, las comunidades (como Galicia) pueden hacer sus leyes de vivienda, aunque el Estado puede hacer también la suya propia”, señala.
- Es cierto que Rueda hace referencia en su intervención a la ley de vivienda estatal, que, entre otras cosas, establece la posibilidad de aplicar ciertos límites a los alquileres. “Cuando se habla de establecer esos topes a los alquileres, de su regulación, esto sí depende del Gobierno central”, matiza Tajadura.
Qué normas lo recogen. La Constitución reconoce a las comunidades autónomas las competencias en materia de vivienda en su artículo 148.
- En el caso de Galicia, el artículo 27.3 de su Estatuto de Autonomía le atribuye la “competencia exclusiva” en materia de “ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda”.