Dos cargos, pero un solo sueldo: la compatibilidad de ser alcalde y diputado a la vez

Alcalde Diputado
Fachada principal del Senado con las banderas de las comunidades autónomas. | Twitter Senado
Tiempo de lectura: 5 min

Existen casos concretos en los que podemos ver cómo un alcalde o alcaldesa recurre a las listas de sus respectivos partidos en las elecciones generales para ocupar un escaño como diputado en el Congreso.

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El caso más reciente lo encontramos en el diputado de ERC Gabriel Rufián. El catalán tiene sobre la mesa la petición de su partido para presentarse a la alcaldía de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona), según informó EFE. El portavoz de la formación independentista en la Cámara baja tiene claro que, si se diera el caso, no abandonaría su escaño: “Pase lo que pase, no me voy a ir de aquí”, señaló.

La compatibilidad de ser alcalde y diputado simultáneamente

La ley orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) permite compatibilizar el cargo de alcalde o de concejal en un ayuntamiento con el de diputado nacional.

Esta norma recoge en sus artículos 154 y 155 las incompatibilidades de los diputados, que en ningún caso aplican a los miembros de una corporación local. Sí se recoge, sin embargo, que los presidentes de los gobiernos autonómicos o sus consejeros no pueden formar parte del Congreso de los Diputados.

Por otro lado, no está permitido tener escaño en dos Cámaras parlamentarias distintas a la vez, ni poseer el acta de una Asamblea autonómica y la de diputado en el Congreso.

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Si tienen dos cargos, ¿perciben dos sueldos?

No. De acuerdo con la LOREG, los diputados no percibirán más de una remuneración con cargo a los Presupuestos de los Órganos Constitucionales o de las Administraciones Públicas.

Por otro lado, cuando un diputado deja su actividad en el Congreso tiene el derecho a cobrar una indemnización, que podría funcionar como una especie de ‘paro’. Para cobrar esta compensación por cese en el ejercicio político, el parlamentario tiene que haber estado en el cargo durante dos años como mínimo. La cuantía a recibir es la equivalente a un mes del sueldo asignado -es decir, 3.050,62 euros para diputados– por cada año de mandato o fracción superior de seis meses, hasta un máximo de 24 mensualidades.

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Sin embargo, el abono de esta indemnización es incompatible con los siguientes casos: si recibe cualquier otro tipo de retribución pública o privada (donde entraría una alcaldía, por ejemplo); si se vuelve a la actividad parlamentaria; o si forma parte de la Diputación Permanente como miembros titulares o suplentes debido a la disolución de las Cortes Generales.

Diputados y alcaldes, políticos que se repiten en las listas para las elecciones

Varios políticos de distintas formaciones se han presentado a los comicios generales mientras ostentaban un puesto de alcaldes o concejales en sus respectivas ciudades o municipios. Ante esta situación, nos encontramos con los siguientes casos:

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  • Antonio González Terol. El diputado del PP, que ocupa un escaño desde 2016, fue alcalde de Boadilla del Monte (Madrid) entre los años 2011 y 2019.
  • Fernando Martínez-Maíllo. El popular fue diputado entre 2000 y 2004, y también desde 2016 hasta 2019. Además, ocupó el cargo de alcalde en Casaseca de las Chanas (Zamora) entre los años 2015 y 2017.
  • Francisco Javier Ortega Smith-Molina. El de VOX ostenta los puestos de diputado en el Congreso y concejal en el ayuntamiento de Madrid desde 2019.
  • Pedro José Muñoz. El socialista, alcalde de Cebreros (Ávila) desde 2015, ocupó un escaño en el Congreso de los Diputados desde 2004 hasta 2019.

¿Los partidos tienen alguna limitación interna?

PSOE. Este partido no especifica en sus estatutos si permite la compatibilidad de alcalde y diputado.

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PP. Los estatutos de los populares especifican que la condición de diputado en el Congreso o en el Parlamento Europeo es incompatible con el cargo de presidente provincial o autonómico del partido, con el de alcalde de municipios “superiores a 20.000 habitantes” y con el de presidente de una diputación provincial.

[Radiografía de los partidos: así es la transparencia que ofrece cada uno en su web]

El caso de los diputados autonómicos: algunos ejemplos

  • Andalucía. La ley electoral de esta comunidad autónoma recoge que los puestos de alcalde y presidente de una diputación provincial son incompatibles con el mandato de diputado autonómico. Este impedimento de compaginar ambas funciones fue una propuesta del PSOE.
  • Cantabria. El Parlamento de Cantabria rechazó en 2019 una iniciativa de Ciudadanos para hacer incompatibles los cargos de alcalde o concejal con el de diputado autonómico. La formación naranja señaló que “es necesario terminar con la acumulación de cargos y regenerar nuestras instituciones”.
  • Comunidad de Madrid. La formación naranja registró en 2017 una proposición de ley para impedir que un concejal o alcalde pueda ejercer simultáneamente como diputado autonómico en esta autonomía, pero finalmente fue rechazada.

1 Comentarios

  • Claro que no hay CUARTOS ( DINERO) para tanto mangante