Del permiso menstrual a la objeción de conciencia: claves de la nueva ley del aborto anunciada por el Gobierno

El Consejo de Ministros ha aprobado el texto para la nueva ley del aborto
La ministra de Igualdad Irene Montero | Juan Carlos Hidalgo (EFE)
Tiempo de lectura: 7 min

Doce años después de que España aprobase la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, denominada “ley del aborto”, el Gobierno ha anunciado su intención de avanzar en esta materia. Después de la negociación entre varios ministerios para llegar a un acuerdo sobre cómo formular una nueva legislación, el Consejo de Ministros y Ministras ha aprobado este martes el texto normativo que se “tramitará por vía de urgencia”, según ha explicado Irene Montero. La ministra de Igualdad ha avanzado algunas de las claves de la ley del aborto que pretenden sacar adelante. 

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Así, esta nueva ley del aborto no solo regularía aspectos relacionados con la interrupción voluntaria del embarazo, sino también con procesos reproductivos. Te explicamos las claves del borrador anunciadas por el Gobierno.

Menores de 16 y 17 años: aborto sin consentimiento parental

La ley aprobada en 2010, y todavía vigente, contemplaba el aborto libre en las primeras 14 semanas, una opción que se extendía también para las menores de 16 y 17 años. Estas jóvenes que podían interrumpir su embarazo sin necesidad de consentimiento por parte de los progenitores —aunque sí informándoles, excepto en casos en los que la menor estuviese en situación de desarraigo—.

Sin embargo, la contrarreforma del Partido Popular acometida en 2015 eliminó esta posibilidad, por lo que, desde entonces, las menores de estas edades necesitan obligatoriamente el consentimiento de los progenitores o tutores legales para llevar a cabo a una interrupción del embarazo. 

Una de las claves de la ley del aborto anunciada por el Gobierno es, precisamente, recuperar este derecho. Según ha anunciado la ministra de Igualdad Irene Montero, las menores desde 16 años podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad de ningún permiso

Claves de la ley del aborto: en la sanidad pública y sin periodo de reflexión

Otra de las claves de la ley del aborto, cuyo borrador ha sido aprobado en Consejo de Ministros, es garantizar el aborto en la sanidad pública, según ha explicado Montero. “Se pone especial énfasis en la cercanía del domicilio de las mujeres. Se acabaron los desplazamientos a cientos de kilómetros de sus casas”, aseguran fuentes del Ministerio de Igualdad. 

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La ley del aborto aprobada en 2010 menciona expresamente que “se garantizará a todas las mujeres por igual el acceso a la prestación con independencia del lugar donde residan”. Además, señala la norma estatal, “la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma”. La legislación hace hincapié en que los abortos a partir de la semana 15, es decir, los terapéuticos “se realizarán preferentemente en centros cualificados de la red sanitaria pública”.

Sin embargo, como ya mostró una investigación de Newtral.es, en la última década algo más del 80% del total de interrupciones del embarazo se han realizado en clínicas privadas acreditadas. Por otro lado, y también en la última década, hasta 11 provincias no han notificado ni un solo aborto, de acuerdo a los informes que emite anualmente el Ministerio de Sanidad sobre esta prestación. Estas provincias son: Huesca, Teruel (Aragón), Ávila, Palencia, Segovia, Soria, Zamora (Castilla y León), Cuenca, Guadalajara, Toledo (Castilla-La Mancha) y Cáceres (Extremadura).

Por otro lado, la actual ley contempla dos cuestiones: un periodo de reflexión de tres días y recibir, obligatoriamente, un sobre con información acerca de políticas activas a la maternidad, incentivos y ayudas al nacimiento. En el caso de Madrid, este sobre incluye una relación de centros religiosos

Según lo anunciado en el Consejo de Ministros, una de las claves de la ley del aborto será “eliminar los tres días de reflexión obligatorios”, así como que “el sobre con información será entregado a las mujeres que lo soliciten”. “El Estado no dudará de la decisión de las mujeres”, ha aseverado Irene Montero. 

El aborto y la objeción de conciencia

“Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia”, establece la ley del aborto de 2010. 

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La norma, además, añade: “El rechazo o la negativa a realizar la intervención de interrupción del embarazo por razones de conciencia es una decisión siempre individual del personal sanitario directamente implicado en la realización de la interrupción voluntaria del embarazo, que debe manifestarse anticipadamente y por escrito. En todo caso los profesionales sanitarios dispensarán tratamiento y atención médica adecuados a las mujeres que lo precisen antes y después de haberse sometido a una intervención de interrupción del embarazo”. 

Sin embargo, la objeción de conciencia ha sido uno de los principales escollos por los que la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo no se ha implementado con garantías en todos los territorios, obligando al desplazamiento a otras provincias o comunidades autónomas, o derivando a las pacientes a clínicas privadas concertadas independientemente de la semana de gestación. 

Por ello, según el Gobierno, la nueva ley del aborto “garantizará la objeción de conciencia como un derecho individual que se regulará del mismo modo que en la Ley de Eutanasia”, de forma que “siempre haya personal disponible” para practicar la interrupción. Por otro lado, “quien se declare objetor” lo será tanto “en la sanidad pública como en la privada”. Es decir, el personal sanitario que no practique abortos por objeción de conciencia en la sanidad pública tampoco podrá hacerlo en la privada. 

Según lo anunciado por el Gobierno en el Consejo de Ministros y Ministras, la nueva ley del aborto preverá “una baja incapacitante por interrupción voluntaria del embarazo”, es decir, “una incapacidad temporal para recuperarse” si lo necesitan.

Otras claves de la ley del aborto: baja menstrual, píldora anticonceptiva y parto

Como ya avanzaba el Ministerio de Igualdad la semana pasada, otra de las claves de la ley del aborto que proponen es la de la baja por regla incapacitante (o permiso menstrual). Esta baja no tendrá un máximo de días, será por reglas muy dolorosas (incapacitantes) asociadas a una patología, no requerirá un mínimo de cotización previa y será retribuida desde el primer día a cargo de la Seguridad Social. 

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Respecto a otros derechos reproductivos, se contempla que “los centros de salud distribuyan la píldora del día después de forma gratuita”, es decir, que volvería a estar financiada (actualmente no lo está y cuesta alrededor de 20 euros). Además, como contábamos en Newtral.es, el acceso a esta píldora anticonceptiva de urgencia se ve limitada en algunos territorios por la objeción de conciencia ejercida por el personal farmacéutico. Según ha señalado la ministra de Igualdad Irene Montero, “esta píldora deberá estar disponible en todas las farmacias”.

Por otro lado, desde el Gobierno aseguran que “se promoverán los métodos de anticoncepción masculina para que la anticoncepción no sea solo una responsabilidad de las mujeres”. 

Otra novedad clave de la ley del aborto será “incorporar la baja preparto desde la semana 39 de gestación”, una baja que “no consumirá ningún día del permiso de maternidad”. Como explica la abogada Emilia de Sousa, especializada en derechos reproductivos, “a día de hoy puedes disfrutar de hasta cuatro semanas de baja antes de la fecha de parto, pero se descuentan de las 16 del permiso de maternidad”. Ahora, podrán acogerse a una baja a partir de la semana 39 sin que esta se descuente de las 16 semanas de permiso parental establecido por ley.

4 Comentarios

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  • Lauri en pleno siglo XXI en España hay muchisimos metodos, y gratuitos, para evitar un embarazo no deseado. Yo solo estoy a favor del aborto en caso de violacion, mal formacion del feto o grave riesgo para la vida de la madre. Pero no puedo estar a favor de algo que si se le puede poner remedio en este pais antes de llegar al aborto porque si, por descuido, por comodidad de no ir a por la pildora del día despues, por no ponerse el preservativo, etc...
    Y Pablo si son mayores para tener hijos y poder abortar, también son mayores para votar o para que se les aplique la ley de los mayores, o es que tú para unas cosas son mayores y para otras no. La demagogia, como tú dices, ya no esta de moda. Apliquemos a los 16 años todo el lote completo, pero todo todo, no algunas partes que os convengan a los interesados y otras no. Yo no quiero que puedan abortar sin consentimiento o conocimiento de los padres, como tampoco quiero que se les pueda vender tabaco o alcohol, pero si pueden hacer lo que tú Pablo quieres yo quiero que se les aplique toda la mayoria de edad. Dejemosnos de buenismos.

  • Me parece que permitir que jovenes,niñas/chicas, de 16/17 años puedan decidir abortar sin necesidad de consentimiento de la madre o padre no me parece muy razonable. En España, segun la constitucion, no se considera mayor de edad a un ciudadano/a hasta los 18 años. Hasta esa edad no tienen derecho a voto. Hasta esa edad no se les puede vender alcohol o tabaco ¿Porque? si son mayores para decidir por si solos/as el abortar porque no se les da el derecho a voto o consumir tabaco o alcohol. Es muy irresponsable que les protejamos de algunas cosas, alcohol, tabaco o la carcel si cometen algún delito grave con 16 años y les aplican una ley penal mas laxa, y las minitras si consideren que a los 16 pueden hacer con su cuerpo lo que quieran sin consultar. Que luchen también por una igualdad ante la ley, ante el voto, ante la adquisicion de tabaco u alcohol, pues son lo suficiente responsables para tomar decisiones. No sean ustedes caciques, señoras ministras, y coharten la libertad de esas jovenes y esos jovenes en su capacidad de decision en otras materias. Mientras no me demuestren que luchan por esa igualdad ante la ley, en lo que se refiere a delitos y demas aspectos, no me traten de vender como un logro y un avance algo que es una forma de fomentar el aborto sin control alguno, solo la propia decision de personas incapacitadas para votar, fumar, beber alcohol o ser condenados como alguien con responsabilidad.

    • ¿Si son mayores para poder tener un hijo/a por qué no lo son para poder abortar?
      La demagogia ya no está de moda, querido.

    • ¿Y te parece correcto que menores de 16/17 años sí puedan sin control alguno y por decisión no propia ser padres de una criatura de la que se han de hacer responsables el resto de sus vidas? Estamos hablando de que ya son gestantes y en estos casos no por deseo expreso. El derecho no es una obligación. En aquellas familias que apoyen a sus hijos y así lo decidan nadie obliga a ello. Pero cada situación y cuerpo es diferente. Y lo que pasa actualmente es que igual que la mayoría de jóvenes beben, fuman y hacen cosas que no son legales a su edad, muchas mujeres se embarazan sin desearlo y deben estar en su derecho de interrupirlo si no lo desean en condiciones higienico sanitarias legales y gratuitas. Un hijo ha de ser una decisión propia.