El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes 28 de diciembre el proyecto de ley de Familias impulsada por el ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que recoge tres permisos retribuidos, la equiparación de familia numerosa con las monoparentales de dos hijos y amplía los beneficiarios de la renta de crianza de 100 euros por hijo, entre otras medidas.
Según ha explicado Isabel Rodríguez, ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, con esta ley se amplía el reconocimiento jurídico en la diversidad de distintos modelos de familias que marca también una política integral dentro del apoyo a la familia y al bienestar de la infancia.
Ley de familias: principales medidas de conciliación
El proyecto de la ley de Familias aprobado por el ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, recoge las siguientes cuestiones.
- Permiso retribuido de cinco días al año para atender a un familiar de segundo grado o un conviviente en caso de hospitalización, accidente, enfermedad grave o una intervención quirúrgica.
De esa manera, se amplía de dos días a cinco días el permiso ya existente y se incluye que aplique también a convivientes con o sin parentesco.
- Permiso retribuido de ausencia por “causas de fuerza mayor”. Este permiso permite la ausencia cuando hay “motivos familiares urgentes e imprevisibles”. De esta manera, los trabajadores podrán utilizar este permiso de cuatro días al año por horas o días.
- Permiso no retribuido de ocho semanas dirigido a padres con hijos de hasta ocho años. Este permiso podrá tomarse de forma continua o discontinua.
- Otra de las cuestiones que incluye el proyecto de ley de Familias es el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo: se amplía a adoptantes y familias de acogida. También se extiende la pensión de orfandad hasta los 26 años y el permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.
- Renta de crianza de 100 euros al mes por hijo menor de 3 años: extienden la renta a aquellas mujeres que que perciben una prestación por desempleo contributiva o no, a las que coticen 30 días a partir del parto y se amplía para que la renta sea del 100% en aquellas que tienen un empleo a tiempo parcial o temporal.
Familias numerosas: ¿Qué cambia?
Con el proyecto de ley de familias se amplía la consideración de familia numerosa que pasa a denominarse “familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza”. En este sentido, se beneficiarán de todas las bonificaciones y prestaciones de familia numerosa:
- Las familias monoparentales con dos hijos.
- Las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad.,
- La encabezada por una víctima violencia de género con dos hijos.
- La conformada por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.
- La familia formada por dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o se encuentre en prisión.
Por otra parte, se considerará familia numerosa de categoría especial la que esté formada por cuatro hijos, con tres hijos en caso de partos múltiples y con tres hijos y bajos ingresos hasta el 150% del IPREM.
Parejas de hecho. Las parejas de hecho tendrán derecho a los 15 días de permiso cuando formalicen su situación en el registro.
¿Cuánto entrará en vigor la ley de Familias?
Una vez aprobado por el Consejo de Ministros, el proyecto de ley de Familias pasa a tramitación parlamentaria. Así, se traslada al Congreso, donde los grupos parlamentarios pueden registrar enmiendas y la comisión competente tendrá que elaborar un dictamen.
Posteriormente se tendrá que votar en el pleno y ratificarse en el Senado. Aunque si la Cámara alta registra enmiendas en el proyecto de ley, el texto debe volver al Congreso.
En este sentido, la ley de Familias entrará en vigor una vez se apruebe y se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
- Consejo de Ministros
Cuánto suele tardar todo el trámite para que entre en vigor? Podré beneficiarme en 1 mes de los permisos?
¿Y todo esto como se paga?
Con impuestos, y muy a gusto señor.
Con lo que ingresa el Estado por el IBI de los bienes inmuebles de la Iglesia, y por las subvenciones que dejarán de pillar las empresas deslocalizadas fuera de España
una vez que entre en vigor se puede acoger todas las personas y familias que cumplan los requisitos? da i