El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 7 de marzo el anteproyecto de Ley de paridad, que afectará al propio Consejo de Ministros y a los consejos de administración de las grandes empresas. La norma fue anunciada el pasado sábado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, quien, en vísperas del 8M, aseguró que “si las mujeres representan la mitad de la sociedad, la mitad del poder político y la mitad del poder económico tiene que ser de las mujeres”.
La nueva ley de paridad, que impondrá la obligatoriedad de las ‘listas cremallera’ y cuotas del 40% de mujeres en los principales órganos de decisión tanto políticos como económicos, es la transposición de una directiva europea del pasado año y conllevará la modificación de otras leyes actualmente en vigor, como la del Gobierno, del régimen electoral general o de los mercados de valores y servicios de inversión.
Cuotas del 40% de mujeres en los órganos de Gobierno y la dirección de las grandes empresas
Una de las claves de la futura Ley de Representación Paritaria o ley de paridad, de mujeres y hombres en órganos de decisión es el establecimiento de una cuota de mujeres para órganos de Gobierno, como el Consejo de Ministros, las vicepresidencias y los ministerios, en los que se deberá garantizar la presencia de al menos un 40% del sexo menos representado, según recoge la Agencia EFE. La norma establece que, en los próximos cinco años, la Administración General del Estado y los órganos superiores y directivos de cada ministerio, incluidas secretarías de Estado, subsecretarías y direcciones generales deberán cumplir con esta cuota.
Con la organización actual del Ejecutivo, esta medida implicaría que al menos 9 de los 22 ministerios deberían estar dirigidos por mujeres, al igual que una vicepresidencia. En conversación con Newtral.es, Irene Sánchez Vitores, profesora de Ciencia Política y de la Administración en la Universidad Rey Juan Carlos, indica que para el Gobierno actual esta medida “no supondría demasiado cambio”. El Gobierno actual cuenta con 14 carteras dirigidas por ministras, mientras que ocho están dirigidas por ministros, y tres mujeres -Nadia Calviño, Yolanda Díaz y Teresa Ribera- se encuentran a la cabeza de las vicepresidencias.
En el Gobierno “ya se hizo un esfuerzo por tener un Consejo de Ministros más o menos paritario” y en el que, además, “no hubiese esto que se llama ‘tokenismo’, es decir, que haya una mujer para cumplir el requisito, pero luego resulta que se dedica a un ministerio que apenas tiene funciones o que están descentralizadas, con lo cual, al final estaría vacío de contenido”, señala Irene Sánchez.
Además de los órganos de Gobierno, también serán las empresas cotizadas quienes deberán asegurar que sus consejos de administración tengan al menos un 40% de consejeras antes del 1 de julio de 2024. En este momento, “la presencia de mujeres en los consejos de administración de las sociedades cotizadas en España no llega al 30% y está por debajo del 20% en el caso de los puestos de alta dirección”, según ha afirmado Nadia Calviño, vicepresidenta del Gobierno, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que ha aprobado el anteproyecto de Ley de paridad.
Esta regulación también se aplicará a las grandes empresas no cotizadas de más de 250 empleados y 50 millones de euros de volumen de negocio anual, a quienes se dará de plazo hasta julio de 2026. Asimismo, la obligación se extenderá a todas las entidades del sector público, las juntas de gobierno de los colegios profesionales y los jurados que entreguen premios o reconocimientos públicos.
Para alcanzar este objetivo, la norma también contempla la discriminación positiva en los procesos de selección, de manera que, en caso de empate entre varios candidatos, se elegirá al del sexo menos representado en la dirección de la empresa.
Obligatoriedad de las “listas cremallera” en la ley electoral
Además de establecer esta cuota mínima de mujeres en los órganos de decisión, la Ley de paridad también incluirá la obligatoriedad de las llamadas ‘listas cremallera’ en la ley electoral, es decir, que “cada posición dentro de la lista tiene que alternar entre un sexo femenino y uno masculino hasta finalizar”, según explica a Newtral.es Sílvia Claveria Alias, profesora del departamento de Ciencias Sociales en la Universidad Carlos III e investigadora especializada en la representación de la mujer en el poder ejecutivo en las democracias industriales avanzadas.
“Algunos partidos lo que hacen cuando hay cuotas numéricas es colocar solo a hombres en los puestos de salida”, de manera que “el 40% de mujeres se va al final de la lista y no salen elegidas” y el órgano que se esté eligiendo “sigue estando igual de masculinizado”, por ello, según señala Irene Sánchez, las ‘listas cremallera’ se constituyen como “una forma de evitar que se vacíen de contenido las cuotas”.
Con la Ley de paridad, estas candidaturas serán obligatorias en las elecciones de miembros del Congreso, del Senado, del Parlamento Europeo, de asambleas autonómicas, de municipios y de consejos y cabildos insulares.
Este tipo de listas electorales “ya eran utilizadas de facto por algunos partidos como el PSOE o Podemos dentro de las cuotas de su propio partido”, señala Sílvia Claveria, quien además añade que “lo único que va a cambiar, sobre todo, es en aquellas circunscripciones donde la derecha estaba muy fragmentada y ganaban pocos diputados”.
De la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres de 2007 al anteproyecto de Ley de paridad
“Este anteproyecto de ley continúa en la línea de las leyes de igualdad anteriores, que ya introducían cuotas, introducían sugerencias, y como las sugerencias parece que no han sido bastante taxativas, lo que se van a establecer son obligaciones”, señala Irene Sánchez.
De hecho, la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres de 2007, aprobada durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, ya contemplaba la “presencia equilibrada de mujeres y hombres” en órganos de responsabilidad. Esta ley de paridad y “también establecía una cuota al mandato específico para las empresas del Ibex 35: se tenía que alcanzar un 40% en el 2015, pero no se contemplaron sanciones por incumplimiento, solo incentivos”, como indica Sílvia Claveria.
Posteriormente, “en 2014, Rajoy modificó la Ley de Sociedades de Capital y eso lo cambió: en lugar de ser un precepto de la Ley de Igualdad, lo quitó, y en la Ley de Sociedades solo lo establecía como una recomendación para intentar conseguir una representación equilibrada” y, además, “bajó el umbral del 40% al 30%”, según explica la investigadora.
La norma de 2007 también obligaba al equilibrio de un mínimo del 40% y un máximo del 60% de personas de ambos sexos en cada tramo de cinco candidatos en las listas electorales. Con esta ley, que establecía “una de las sanciones más elevadas por incumplimiento” en comparación con otros países del entorno, “de cada cinco [candidatos], tres tenían que ser de un sexo y dos de otro desde el principio de la lista”, el problema es que “si en algunos sitios solo se sacaban dos, pues al final hacía que se masculinizara mucho la representación”, como señala Claveria. Con la introducción de las ‘listas cremallera’ en el anteproyecto de Ley de paridad “lo que se hace es favorecer un poco más este equilibrio”.
La ley de 2007 fue aprobada después de que seis leyes de igualdad ya estuvieran en vigor en el ámbito autonómico. Entre 2002 y 2005, Castilla-La Mancha, las Islas Baleares y Andalucía introdujeron en sus respectivas leyes electorales la obligatoriedad de presentar ‘listas cremallera’ y, en 2005, el País Vasco también dio algunos pasos en paridad de género, como explica en una de sus investigaciones Sílvia Claveria.
- Sílvia Claveria Alias, profesora del departamento de Ciencias Sociales en la Universidad Carlos III e investigadora especializada en la representación de la mujer en el poder ejecutivo en las democracias industriales avanzadas
- Irene Sánchez Vitores, profesora de Ciencia Política y de la Administración en la Universidad Rey Juan Carlos
- Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que ha aprobado el anteproyecto de ley
- Gobierno de España
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
- Agencia EFE
- Claveria, S. (2022). La representació de les dones a les institucions polítiques, Revista d’estudis autonòmics i federals, 36, pp. 105-140
En las elecciones municipales de mayo del 23 ya es obligatoria está ley de paridad
Si es un anteproyecto, entiendo que aún no es obligatorio hasta que no se haya convertido en Ley