Cierre de las nucleares por baja rentabilidad: lo que dice la ley

cierre de las nucleares
Central Nuclear de Cofrentes, en Valencia. Foto: Shutterstock
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El 22,9% de la energía que se consume en España procede de las centrales nucleares. Hay siete reactores situados en Almaraz (Cáceres), Ascó (Tarragona), Cofrentes (Valencia), Trillo (Guadalajara) y Vandellós (Tarragona) son propiedad de Endesa, Iberdrola, Naturgy y EDP. Todas ellas empezaron a explotarse comercialmente entre 1983 y 1984 y tienen una fecha de cierre programado: finalizarán su actividad de forma progresiva entre 2027 y 2035. Sin embargo, tras el anuncio del nuevo Real Decreto-Ley para abaratar la factura la reacción de la patronal no tardó en llegar: advierte de que esta y las futuras leyes planteadas por el ministerio que dirige Teresa Ribera abocan al cese anticipado de la actividad del parque nuclear.

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La norma que regula el cierre de las centrales generadoras de energía es la Ley del Sector Eléctrico, de 2013, e indica que “la transmisión y cierre definitivo de las instalaciones de transporte, distribución, producción y líneas directas, así como el cierre temporal de las instalaciones de producción requerirán autorización administrativa previa”. El Consejo de Seguridad Nacional (CSN) es el organismo encargado.

Los ceses de actividad en las nucleares están programados

Las centrales nucleares pueden hacer paradas programadas, previstas con antelación con el CSN, para hacer una recarga o para una reparación, también para dejar de producir, explica a Newtral.es Alfredo García, Ingeniero de Telecomunicaciones y divulgador científico.

También pueden hacer paradas no programadas. En este caso, se trata de una parada rápida automática o manual de protección, de menos de 3 segundos, o manual lenta, de 12 horas, por una avería que necesite parar para reparar, aclara García. Esta última viene obligada por las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento de las centrales nucleares.

“La parada de la que habla el Foro Nuclear sería programada, pero hablan de “desordenada” porque no se ciñe al acuerdo de cierre progresivo y ordenado de centrales entre 2027 y 2035, sino cuando no sean rentables”, especifica Alfredo García.

Las nucleares no pueden cerrar unilateralmente

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica ha sido clara: “No pueden cerrar cuando quieran”, dijo el 15 de septiembre en ‘Al Rojo Vivo’, de laSexta: “Todas las empresas del sector energético y en particular el eléctrico saben que se rigen por unas normas que fijan cuándo y cómo deciden quién puede autorizar el funcionamiento o el cierre de cualquier planta de generación”.

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Un día antes en la cadena SER, Ribera también mencionó que tanto el Consejo de Seguridad Nacional (CSN) como Red Eléctrica Española (REE) “estarían pendientes” de que se pueda bajar la carga energética “tan rápidamente” e hizo hincapié en que “se debe garantizar la cobertura del suministro”.

Ese es el objetivo de REE, como operador del sistema eléctrico su función es garantizar en todo momento el funcionamiento del proceso de suministro eléctrico. “Tenemos los instrumentos legales y técnicos para lograrlo”, expresó Miguel Duvison, director general de operaciones de REE en la cadena SER el 15 de septiembre.

Además de la ley del sector eléctrico, Duvisón citó el Real Decreto 1955/2000 que en su artículo 137 establece que es perceptible un informe del operador del sistema que analice la viabilidad del cierre de la central nuclear. “Si no lo es deberá permanecer en el sistema, sea el grupo que sea”, indicó. 

¿Qué opciones tienen las centrales si quieren cerrar?

Diego Crescente, analista internacional especializado en energía, explica a Newtral.es que puede ocurrir que las centrales nucleares no soliciten la renovación de sus concesiones. En ese caso, “el Gobierno no podría hacer nada”, añade.

En España, el periodo de funcionamiento de una central nuclear no tiene un plazo fijo establecido. Las autorizaciones de explotación se renuevan tras la evaluación del Consejo de Seguridad Nuclear y la concesión por el Ministerio correspondiente, según explica el informe de resultados nucleares de Foro Nuclear de 2020.

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En junio de 2020 se renovaron las concesiones de las centrales de Almaraz (Cáceres) hasta 2027 y está próxima la fecha de renovación de los dos reactores que hay en Ascó (Tarragona) en septiembre de 2012. La de Trillo (Guadalajara) y Vandellós (Tarragona) están previstas para noviembre de 2024 y julio de 2030 respectivamente.

Según el artículo 28 del Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas el titular de una autorización de explotación comunicará al Ministerio correspondiente, al menos con un año de antelación a la fecha prevista, su intención de cesar la actividad para la que fue concebida la instalación.

Foro Nuclear señala a Newtral.es que, tanto en este supuesto, como cuando el cese de la actividad se deba a alguna otra circunstancia, el Ministerio correspondiente, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, declarará el cese de dicha actividad, estableciendo en la autorización de explotación las condiciones a las que deban ajustarse las actividades a realizar en la instalación a partir de ese momento y el plazo en que se deberá solicitar la autorización de desmantelamiento, o de desmantelamiento y cierre.

Según la citada ley, el cese de actividad será definitivo cuando haya estado motivado por razones de seguridad nuclear o de protección radiológica. Cuando el cese se haya producido por otras razones, el titular podrá solicitar la renovación de la autorización de explotación dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha en que surta efectos la declaración de cese.

Fuentes:

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