En los últimos días han circulado publicaciones virales en redes sociales y en múltiples medios de comunicación que aseguran que unos padres en Cereté, Córdoba (Colombia), habrían registrado a su hija recién nacida con el nombre de Chat Yipiti, en referencia a ChatGPT, el chatbot de inteligencia artificial creado por OpenAI. No obstante, la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia ha desmentido que exista alguien con ese nombre hasta la fecha.
Qué dicen las publicaciones. Las publicaciones afirman que el suceso tuvo lugar el pasado 15 de agosto. “La niña fue registrada en la sede de la registraduría de su municipio, a las 21:15 de la noche”, han señalado algunos medios españoles. Por su parte, medios colombianos señalan que el nombre completo de la niña sería “Chat Yipiti Bastidas Guerra”.
No hay registros con ese nombre. Dada la gran repercusión de estas publicaciones, la Registraduría Nacional del Estado Civil emitió un comunicado en su cuenta oficial de X desmintiendo dicha información.
- “Consultadas las bases de datos que produce y administra la Registraduría Nacional, a la fecha no existe ninguna inscripción de nacimiento con el nombre ‘Chat Yipiti’”, afirmó la entidad.
- Además, el organismo revisó los archivos de la Notaría Única de Cereté, departamento de Córdoba, sin encontrar tampoco ningún registro con ese nombre en particular.
Nombres peculiares en Colombia. En el pasado, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha documentado numerosos casos de niños registrados con nombres inusuales:
- En 2020, 619.504 niños fueron registrados con nombres de artistas y deportistas de fama mundial como Cristiano, James, Neymar o Maluma. También se mencionan nombres singulares como Chespirito, Warnerbro y Joku.
- En diciembre de 2024, la Registraduría publicó algunos nombres de Reyes Magos que los padres eligieron para sus hijos, como Baltazar y Gaspar.
- Además, se pueden encontrar ejemplos de nombres peculiares en personalidades conocidas, como el escritor y periodista colombiano llamado Eccehomo Cetina.
Los límites legales a los nombres. Como explica la misma Registraduría, aunque la normativa no restringe completamente la libertad de los padres para elegir el nombre de sus hijos, los funcionarios pueden negarse a registrar aquellos que atenten “contra la dignidad, la sana crítica y la objeción de conciencia, al considerarse una descripción ofensiva o denigrante para el menor”.