Pegada de carteles electorales para las elecciones del 23-J: dónde se pueden colocar, desde cuándo y quién lo decide

carteles-electorales-23-J
Tiempo de lectura: 5 min

El jueves 7 de julio arranca la campaña por las elecciones generales del día 23-J. A las 00.00 de esa noche tendrá lugar un rito de iniciación muy concreto: la noche en que comienza la carrera electoral, los candidatos realizan la tradicional pegada de carteles electorales. Y el lugar donde pueden colocarlos depende de los votos obtenidos por sus respectivas formaciones en los anteriores comicios. El próximo 28 de junio la Junta Electoral de Zona (JEZ) informará a los partidos de los lugares reservados para sus carteles electorales del 23-J.

Publicidad

Farolas, postes, colegios o plazas son algunos de los lugares en los que se pueden pegar carteles al comienzo de la campaña. Su colocación y otros elementos publicitarios se rigen por la Ley Orgánica  5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG). Estos se instalan en función de los votos obtenidos en las elecciones pasadas, en este caso las generales de 2019. Además, los partidos con más votos tienen prioridad a la hora de elegir dónde colocar el rostro de su candidato o candidata.

Eso sí, los ayuntamientos son los que deben autorizar dicha colocación y especificar el espacio donde se pueden pegar los carteles. Son los consistorios los que envían el listado de calles y lugares habilitados a las JEZ. Finalmente, estas trasladan los datos a los partidos teniendo en cuenta la representación y la preferencia de cada uno. 

[Elecciones 28-M | Qué se puede hacer y qué no antes y durante la campaña electoral]

Los lugares donde se pueden colocar los carteles electorales para el 23-J: calles, farolas, colegios o plazas 

Farolas, postes, colegios o plazas, son los lugares para colocar los carteles. La LOREG resalta que los ayuntamientos “deben reservar lugares especiales gratuitos” para la colocación de estas formas de publicidad, como las farolas de las que cuelgan las banderolas. 

Así, los ayuntamientos tuvieron hasta el 6 de junio para comunicar cuales son los distintos emplazamientos a la Junta Electoral de Zona (JEZ). Por ejemplo, el Ayuntamiento de Sevilla indicó que estaba permitido en la plaza de Santa Ana y el boulevard de Torreblanca. En Madrid, en la calle de Alfonso XII  y en la plaza de Callao. En Valladolid, se puede en el colegio Cristo Rey y en la plaza de las Batallas.

Publicidad
Instrucciones de la Junta Electoral de Zona de Madrid sobre la colocación de carteles y pancartas para el pasado 28-M. Foto: BOCM.

Además de estos lugares habilitados, los partidos “sólo pueden colocar carteles y otras formas de propaganda electoral en los espacios comerciales autorizados”; es decir, que no pueden pegar carteles en espacios comerciales sin autorización. Eso sí, La Ley Electoral no indica que estos últimos tengan que ser gratuitos.

Los carteles no pueden colocarse a gusto del partido, deben seguir las normas municipales

De cara al 23-J, los candidatos no pueden colocar sus carteles electorales ni cualquier otro elemento publicitario como deseen. Los distintos ayuntamientos mantienen ordenanzas municipales concretas respecto a cuál debe ser el uso correcto de la publicidad exterior, entre las que se incluye la electoral. 

Por ejemplo, en Barcelona no se permite colocar persianas y escaparates. En Valencia, la parte inferior de las pancartas no pueden estar a menos de cinco metros de altura sobre la calzada y las banderolas deben retirarse en un plazo de 10 días después de las elecciones por los respectivos partidos.

La Junta Electoral de Zona distribuye los lugares teniendo en cuenta las preferencias de los partidos más votados 

La Junta Electoral de Zona se encarga de distribuir estos lugares, según las preferencias de los partidos más votados con mayor número de votos en las últimas elecciones equivalentes en cada circunscripción. En el caso del 23-J, se toman como referencia los resultados de las generales del 10 de noviembre de 2019. Las zonas donde se colocan los carteles electorales, pancartas y banderolas de los partidos políticos no es una coincidencia, porque son las formaciones que más votos consiguieron las pasadas elecciones quienes pueden decidirlo.

Publicidad
  • En el caso de las elecciones al Parlamento Europeo, como cada país cuenta como una circunscripción única, se deben tener en cuenta todos los votos obtenidos en España en los pasados comicios europeos. 

El día 28 de junio, esta institución informará a los candidatos de los lugares reservados para sus carteles electorales para el 23-J. Estos datos también son publicados en el Boletín Oficial Provincial de cada territorio.

Los gastos derivados de esta actividad se consideran gastos electorales, en concreto en publicidad exterior. Por ley los partidos deben cumplir ciertos límites de gasto y específica los topes concretos para la publicidad exterior y en publicidad en medios de comunicación privados. Las instituciones públicas deben velar por su cumplimiento. Según el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, en las elecciones del 2019 el gasto electoral fue de 23.621.353,08 euros.

Fuentes
Publicidad

3 Comentarios

  • Vivo en Guadalix de la Sierra, Madrid, y hoy 29 d julio todavía mantienen el cartel de Vox en una d las plazas del pueblo. Según el artículo 53 d la Ley electoral del 85, entiendo q terminada la campaña deberían haberlo retirado. ¿Estoy en lo cierto? Agradecería información.

  • No es información veraz. La propia ley electoral deja claro que todos los partidos que se presenten deben tener el mismo espacio reservado. Los votos obtenidos en las anteriores elecciones sólo son para los espacios electorales en medios de comunicación públicos

    • Que bien estás informado jajajaj. Que feroz es la ignorancia, llama a cualquier junta electoral de zona y te lo explicarán