El magistrado del Tribunal Constitucional, Juan Carlos Campo, ha decidido abstenerse de participar en la deliberación y resolución de un recurso de amparo que ha recibido la corte de garantías sobre la admisión parlamentaria de la ley de amnistía. El que fue ministro de Justicia del Gobierno de Pedro Sánchez entre enero de 2020 y julio de 2021, se aparta así del primer recurso que ha recibido el tribunal contra la norma que aún no ha comenzado su tramitación en el Congreso, como él mismo ha comunicado al presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.
- Qué es un recurso de amparo. Como indica la guía del órgano de garantías, “el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional permite reaccionar frente a las violaciones de los derechos fundamentales y libertades públicas que sean originadas por disposiciones, actos, decisiones, resoluciones, omisiones o simple vía de hecho, de los poderes públicos del Estado, de las Comunidades Autónomas, así como de los demás entes de carácter territorial, corporativo o institucional, y de sus funcionarios o agentes”.
Los motivos. Como ministro de Justicia, Campo tramitó los indultos a los líderes independentistas condenados por el procès en 2021. En el documento con el que justificó la medida de gracia —publicado por varios medios como El Independiente—, el ahora magistrado del Constitucional, Campo, defendió la legalidad de los indultos pero tachó de inconstitucional una futura amnistía, como recuerda Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona en conversación con Newtral.es. “Además de otras declaraciones posteriores que ha hecho al respecto”, añade.
- La presunción de imparcialidad. “Un juez tiene que abstenerse de juzgar un caso en el que pueda ponerse en duda su imparcialidad objetiva”, explica Arbós. “No es tanto que se suponga que el juez no va a ser imparcial: solo con que haya tenido algún interés personal, alguna toma de posición anterior respecto al caso que va a juzgar, todo esto puede poner en duda, objetivamente, su imparcialidad”, indica el catedrático.
Contexto. Pese a que la ley de amnistía aún no ha comenzado su tramitación en el Congreso, un particular ya ha formulado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por el inicio de su tramitación parlamentaria, sobre el que Campo se retira. No obstante, la comunicación oficial del tribunal de garantías indica que este recurso “se encuentra todavía en una fase preliminar de subsanación de defectos procesales advertidos en la presentación de la demanda”.
Antecedentes. Campo ya se abstuvo en enero de este año en la deliberación y resolución de dos asuntos: los recursos de amparo presentados por el PP contra la decisión de la entonces presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de no permitir, en febrero de 2022, que el diputado popular Alberto Casero corrigiera su voto favorable a la reforma laboral. También se abstuvo de participar en el recurso de inconstitucionalidad que presentó Vox contra la “ley del sólo sí es sí”.
La admisión o rechazo de la petición de Campo. El texto del tribunal de garantías alega que “en su momento, y si procediera por continuar adelante el recurso en el que se formula, el Pleno resolverá sobre la solicitud del magistrado”. Es decir, el Constitucional aún no ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado contra la ley de amnistía de la que Campo se abstiene participar. Cuando llegue el caso, el tribunal decidirá si aceptar o rechazar la solicitud de Campo. En cualquier caso, señala Arbós, las abstenciones de los magistrados se admiten por costumbre.
- Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona
- Comunicado del Tribunal Constitucional
- Guía del Tribunal Constitucional sobre los recursos de amparo
- La Moncloa
- Propuesta motivada que eleva el ministro de Justicia para la concesión de indulto, publicado por El Independiente
- Europa Press
No se porqué se abstiene, el mismo calificó de inconstitucional una ley de amnistía, como tantos ministros del PSOE. Tantos cambios de opinión!!!