La comisión de Justicia del Congreso ha aprobado este martes, 13 de diciembre, la reforma que elimina el delito de sedición del Código Penal y lo convierte en uno de ‘desórdenes públicos agravados’. Aparte, rebaja a cuatro años la pena máxima del de malversación cuando no exista ánimo de lucro o enriquecimiento personal, como acordaron ayer por la tarde el PSOE y ERC.
Con 19 votos a favor (PSOE, Unidas Podemos, ERC y PNV), 17 en contra (PP, Vox, Cs, JxCat y la CUP) y una abstención (EH Bildu), la comisión ha avalado una amplia reforma del Código Penal que afecta de lleno a los dos delitos por los que fueron condenados los líderes del procés.
El texto, que se votará el jueves en un pleno extraordinario para pasar al Senado y poder ser aprobado definitivamente antes de fin de año, incluye también cambios en el sistema de mayorías del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando elige a los magistrados del Tribunal Constitucional para sortear el actual bloqueo, según informa la Agencia EFE.
La malversación se encuentra relacionada con la corrupción y hasta ahora el Código Penal recoge que esta se trata de una infracción de apropiación indebida del dinero público o de una administración desleal de los bienes que lo componen. Así, este delito se contempla como uno contra la Administración Pública y solo aplica a aquellas personas que ocupan cargos públicos que usen dinero de la Administración en su beneficio.
Qué penas se contemplan actualmente en el Código Penal respecto a la malversación
El delito de malversación, en vigor desde mayo de 1996, fue modificado por última vez hace siete años con la reforma del Código Penal aprobada en 2015 bajo el Gobierno popular de Mariano Rajoy, y que trajo consigo algunos cambios. Hasta ese momento, esta infracción exigía que el dinero público desviado repercutiera en lucro propio o de terceros.
[Qué es el delito de malversación y qué penas contempla]
Ahora, se sanciona con una pena de dos a seis años de prisión a la autoridad o al funcionario público que incurra en administración desleal sobre el patrimonio público. Es decir, si causa un perjuicio a los fondos públicos teniendo la facultad para administrarlos. De igual manera, se impone para la autoridad o el funcionario público que se apropie de dichos fondos para sí o para un tercero.
Asimismo, el actual Código Penal plasma penas de cuatro a ocho años de cárcel y de 10 a 20 de inhabilitación dependiendo de una serie de supuestos, como el haber causado “un grave daño o entorpecimiento al servicio público” o si el valor de los efectos apropiados es mayor de 50.000 euros. Aparte de una condena de hasta 12 años de prisión si estos bienes exceden los 250.000 euros.
Qué cambios proponen ERC y JxCat sobre el delito de malversación
ERC presentó el viernes cambios a la iniciativa que reforma el delito de sedición para modificar el de malversación con el objetivo de “avanzar en la desjudicialización de la vida social y política”, además de “limitar las potenciales arbitrariedades del Estado para perseguir y reprimir el movimiento independentista”, según defiende la formación catalana.
De esta manera, los republicanos proponen crear un nuevo tipo dentro del delito de malversación para castigar con menos cárcel -con una pena que en un primer momento iba de entre seis meses a tres años y tras el acuerdo de este lunes se queda en un máximo de cuatro- a las autoridades públicas que malversen dinero público pero sin ánimo de lucro personal. Ahora, esta infracción se castiga con una pena de prisión de dos a seis años.
La autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años.
ERC apuesta por incorporar un nuevo artículo 432 bis con esta redacción en el Código Penal.Publicidad
Por otro lado, JxCat también ha anunciado enmiendas en relación con la infracción de malversación para que no se pueda penalizar la acción política de quien cumple su programa electoral “sin beneficiarse de forma ilegítima del dinero público”, según informa la Agencia EFE. En otras palabras, esta formación busca que los jueces no tengan la “herramienta” que les permite tipificar como corrupción el cumplimiento de un programa electoral que implique llevar a cabo la independencia de Cataluña.
Cuál es la postura del Gobierno ante esta situación
El PSOE y Unidas Podemos quieren aprovechar su propia iniciativa que reforma el delito de sedición para introducir una nueva infracción de “enriquecimiento ilícito” contra la corrupción. Con esto, las dos formaciones que componen el Gobierno de coalición pretenden castigar con entre seis meses y tres años de prisión a los cargos públicos que, hasta cinco años después de abandonar su puesto, incrementen su patrimonio en más de 250.000 euros sin que pueda justificarlo. También se contempla una inhabilitación de entre dos y siete años.
Ante esta situación, Patxi López, portavoz de los socialistas en el Congreso de los Diputados, ha indicado este viernes que esta enmienda no tiene que ver con los cambios planteados por ERC en el delito de malversación. Además, López ha señalado que la propuesta de enriquecimiento ilícito no tendrá ningún efecto en los condenados por el caso de los ERE en Andalucía. Sí podría afectar, según Pablo Echenique, representante de los morados en la Cámara Baja, a la alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz, cuyo marido está investigado por la Audiencia Nacional por presunto blanqueo de capitales.
[Qué relación hay entre una posible reforma del delito de malversación y las condenas del ‘procés’]
Respecto al respaldo de la enmienda de ERC para reformar el delito de malversación, Unidas Podemos todavía no ha garantizado su apoyo, pues su ‘línea roja’ es que ningún cambio beneficie a condenados o a investigados por delitos de corrupción política. Eso sí, se muestra partidario de llegar a un acuerdo. En cuanto al PSOE, esta formación no aceptará “ningún retroceso” en la lucha contra la corrupción y “cualquier uso irregular o arbitrario de los fondos públicos tiene que ser sancionado”, ha asegurado Patxi López.
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (BOE)
- Proposición de Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso (Congreso de los Diputados)
Eso es COMUNISMO DICTADURA,..
Esta claro, Sánchez llego a la moncloa tras una moción de censura, por enriquecimiento del PP no de Rajoy.Ahora esta moción de censura no avanzaría.Esto es una vergüenza.Cuantos sueldos brutos anuales puedeb robar sin necesidad que sea malversación.Hasta 250.000 euros.Ahora deja de pagar a hacienda.Te vas a enterar.Estos politicos son la nueva sangre azul del siglo XXI
Malversación sin ánimo de lucro es una incongruencia para engañar a los tontos. Son dos términos contrapuestos como inteligencia militar