La Agenda 2030 no prohíbe limpiar los montes ni establece multas por ello

Agenda 2030 montes
La Agenda 2030 prohíbe limpiar los montes y establece multas a quienes realicen dicha labor.
Tiempo de lectura: 4 min

Circulan por redes sociales mensajes que afirman que la Agenda 2030 “prohíbe” la limpieza de los montes y contempla multas para quienes realicen dicha labor. Sin embargo, es un bulo. El marco internacional adoptado por 193 Estados miembros de las Naciones Unidas (ONU) no regula prácticas concretas, sino que consiste en 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Tampoco la ley de montes española prohíbe la limpieza de los montes, salvo en aquellos espacios que cuenten con una protección especial por ser parques naturales o terrenos similares.

Publicidad

Mensajes virales. “Está prohibido limpiar los montes. Te multan. Luego llega una inundación o un incendio y el destrozo se convierte en devastación. Se llama Agenda 2030”, asegura una publicación en X. Otros mensajes en Facebook afirman que la Agenda 2030 también “prohíbe pastorear, recoger leña y limpiar cauces y ramblas”.

  • Contexto. La desinformación se ha difundido en el marco de los devastadores incendios ocurridos en España en el mes de agosto. A fecha de publicación de este artículo, más de 409.360 hectáreas se habían visto afectadas.
  • Como contamos en Newtral.es, existe una narrativa que culpa a una supuesta élite seguidora de la Agenda 2030 de “provocar” los incendios, obviando el papel del cambio climático en la propagación de las llamas.

Por qué es un bulo. La ONU define la Agenda 2030 como “un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también pretende fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia”. Se trata de metas generales de sostenibilidad a las que se comprometen los países miembros.

  • Los ODS no son jurídicamente obligatorios, pero se espera que los gobiernos de los países firmantes “los adopten como propios y establezcan marcos nacionales para el logro de los 17 objetivos”.
Publicidad
  • El plan de la ONU incluye entre sus metas conservar la biodiversidad y gestionar  sosteniblemente los bosques. En ningún punto, sin embargo, la Agenda 2030 plantea prohibir o penalizar la limpieza o el desbroce de montes, como sostienen los mensajes que verificamos.
  • En relación con las tierras, esto establece el ODS 15: “Gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras, detener la pérdida de biodiversidad”.

Qué dice la legislación española. La Ley de Montes, en vigor desde 2003 y actualizada en 2022, establece la obligación de realizar trabajos de prevención de incendios forestales. Estas tareas incluyen podas, desbroces y limpiezas forestales, coordinadas por las comunidades autónomas dentro de planes anuales de gestión.

  • El apartado 4 del artículo 48 recoge los planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales, entre los que se incluyen “los trabajos de carácter preventivo a realizar a lo largo de todo el año, en particular los tratamientos selvícolas que procedan”.

El texto de la ley establece como principio general que los propietarios de los montes son “los responsables de su gestión técnica y material, sin perjuicio de las competencias administrativas de las comunidades autónomas en todos los casos y de lo que estas dispongan en particular para los montes catalogados de utilidad pública”.

Publicidad

Qué dicen los expertos. José Valentín Roces-Díaz, investigador en ciencias forestales y profesor de la Universidad de Oviedo, explica a Newtral.es que la afirmación de que “no se puedan limpiar” los montes, en el sentido de controlar la vegetación y los matorrales, no es del todo fiel a la realidad, salvo en aquellos espacios que cuenten con una protección especial por ser parques naturales o terrenos similares. Es decir, se pueden “limpiar” los montes.

Fuentes
  • Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas
  • Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
  • Declaraciones de José Valentín Roces-Díaz, investigador en ciencias forestales

Esta es nuestra metodología de trabajo. Después del proceso de verificación, y en función de los datos, otorgamos una de estas categorías:

Valoración
Engañoso

El contenido contiene datos correctos, pero ignora elementos muy importantes o se mezcla con datos incorrectos dando una impresión diferente, imprecisa o falsa

Valoración
Falso

El contenido es falso