Bruselas ha abierto un expediente a España y a otros 23 países de la Unión Europea (UE) por no trasladar a tiempo a su legislación nacional la nueva norma europea para proteger a los denunciantes de casos de corrupción y otros delitos que afecten a intereses de la UE, una directiva que los países debían haber aplicado el pasado 17 de diciembre.
El Gobierno español ya adelantó en diciembre que la transposición llegaría con retraso porque entonces quedaban “algunos flecos” que esperaban resolver al inicio de 2022 para comenzar su tramitación, aunque su intención era dar el paso antes de que el Ejecutivo comunitario abriera el expediente sancionador.
La Comisión Europea ha iniciado la primera fase del procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a las autoridades españolas, tal y como ha adelantado El País. A partir de ahora, el Gobierno cuenta con un plazo de dos meses para responder a Bruselas y explicar el estado en que se encuentran los trabajos para transponer la directiva.
¿Qué supone que Bruselas haya abierto un expediente a España?
Un procedimiento como la apertura de un expediente por parte de Bruselas a España comienza con el envío de una notificación es el primer paso de un expediente que puede concluir con una multa en el Tribunal de Justicia de la UE, al final del proceso.
Según la normativa europea, la primera fase consiste en remitir una carta de emplazamiento solicitando más información al país en cuestión, que debe enviar una respuesta detallada en un plazo determinado, normalmente de dos meses.
Si la Comisión llega a la conclusión de que el país está incumpliendo sus obligaciones, puede enviar un dictamen en el que detalla por qué no se está ejecutando la norma comunitaria. De nuevo, daría un plazo de dos meses para adoptar las medidas.
Si el país sigue sin cumplir, la Comisión puede decidir elevar el asunto a los tribunales, aunque la mayoría de los casos se resuelven antes. Si el estado continúa sin implementar las medidas, Bruselas puede solicitar al tribunal que imponga sanciones.
¿Qué países han transpuesto ya la directiva europea?
Según señalan desde la Whistleblowing Monitor, España no es el único estado al que Bruselas ha abierto un expediente por no llegar a tiempo con la transposición. De hecho, desde que se adoptó en 2019, solo tres países, Suecia, Malta y Portugal, han adoptado la normativa comunitaria a su propia legislación para ofrecer protección integral a denunciantes de corrupción de manera correcta.
Tal y como señala el registro creado por la Whistleblowing International Network para controlar los avances de cada Estado miembro, 19 estados (entre ellos España) no han aprobado ningún tipo de legislación sobre el asunto todavía. Y cuatro, Chipre, Dinamarca, Letonia y Lituania, no han presentado un modelo acorde con los estándares de Bruselas.
Por tanto, la Comisión Europea envió la notificación del expediente a 24 Estados miembros el 27 de enero.
¿Por qué España no ha transpuesto la norma todavía?
Según detallan fuentes del Ministerio de Justicia a Newtral.es, el Gobierno tiene voluntad de cumplir con la normativa europea a pesar del retraso que ha suscitado que Bruselas haya abierto un expediente a España. “Recibimos hace unos días la carta de emplazamiento y tenemos ahora un plazo de dos meses para contestar cómo están los trámites. El objetivo es llevar el texto en primera vuelta al Consejo de Ministros en breve y evitar que el expediente prospere”, apuntan desde el Ejecutivo.
El informe de seguimiento sobre el estado de la transposición realizado por Transparencia Internacional España y publicado en marzo de 2021, muestra que España forma parte de la lista de países de la UE que han llevado a cabo “un progreso mínimo o nulo en relación con los avances hacia la adopción de una regulación de protección integral de los alertadores“.
Según indica David Martínez, el director de la ONG, a Newtral.es, “los retrasos en la legislación, en la práctica, pueden traducirse en represalias contra quienes se pronuncian, en desprotección o falta de garantías o en miedo a denunciar“.
“Realmente, y si bien los retrasos en la implementación de las directivas de la UE no son infrecuentes, la pregunta sigue siendo si los países de la UE se están tomando en serio la protección de los denunciantes como un tema clave hacia la integridad y la lucha contra la corrupción“, declara Martínez.
¿Por qué es importante su adopción?
Simona Levi, portavoz de Xnet, una red de especialistas que impulsó un buzón ético para denunciar casos de corrupción de manera anónima que permitió destapar el caso de las tarjetas black, explica a Newtral.es que fueron los primeros en registrar en el Congreso de los Diputados una transposición de la directiva europea a la legislación española.
“Nosotros somos especialistas en estos temas y ya tenemos una plantilla de cómo esta ley se tendría que transponer con los más altos estándares exigidos en Europa”, indica Levi sobre la necesidad de trasponer la ley que ha acarreado un expediente de Bruselas a España.
Xnet forma parte de Whistleblowing International Network, la red internacional de expertos en la protección de las personas que deciden informar sobre casos de corrupción o abusos sistémicos o irregularidades. “La transposición la hemos hecho bajo la supervisión y el asesoramiento de esta organización internacional donde están los grandes expertos en el tema”, añade Levi.
Según la activista, el riesgo de la adaptación a la normativa española es que no se entienda la diferencia entre “alertador” y “denunciante”, este último concepto ya definido e incluido en el ordenamiento jurídico español y que obliga a que se conozca su identidad. “Transponer la normativa utilizando la misma palabra para esta nueva figura es peligroso, ya que genera inseguridad jurídica”, argumenta Levi.
¿Qué propone la norma europea por la que Bruselas ha abierto un expediente a España?
La norma europea para proteger a los alertadores (o whistleblowers, en inglés) de infracciones prevé mecanismos para ayudar a denunciar de manera interna o externa sin sufrir represalias de sus empleadores, por ejemplo, a través de la creación de canales seguros.
También prohíbe explícitamente “todas las formas de represalias” e introduce mecanismos para impedir que los delatores sean suspendidos, degradados o intimidados. El texto obliga a proteger también a intermediarios, compañeros o familiares de estas personas que denuncian delitos tanto en el sector público como en el privado.
Fuentes:
- Agencias
- Comisión Europea
- Ministerio de Justicia de España
- Simona Levi, portavoz de Xnet
- David Martínez, director de Transparencia Internacional España