El bono social eléctrico es un descuento en la factura de la luz que pretende proteger a los hogares más vulnerables. Está regulado por el Gobierno y pueden acceder a él los usuarios que tengan contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) si cumplen los requisitos. Además, a los beneficiarios del bono social eléctrico se les concederá también el térmico.
El PVPC es un precio al que se puede acoger el ciudadano que tenga una potencia contratada igual o inferior a 10 kW, que se calcula a partir de una metodología establecida por el Gobierno y varía cada hora en función de la evolución del precio de la electricidad en el mercado eléctrico. Sólo se puede contratar con un comercializador de referencia (COR).
¿Cuánto se ahorra con el bono social?
El descuento en la factura de la luz es del 25% para consumidores vulnerables y del 40% para consumidores vulnerables severos, aunque, de manera excepcional, según recoge el Real Decreto Ley 18/2022, hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento será del 65% para los vulnerables y del 80% para los vulnerables severos.
Además, también pueden acceder al bono social consumidores en riesgo de exclusión social, consumidores vulnerables por el COVID-19 y usuarios que se acojan al bono social de justicia energética.
En el caso concreto de los consumidores en riesgo de exclusión social que estén siendo atendidos por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la misma y no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
¿Cómo se solicita el bono social eléctrico?
Para acceder al bono social eléctrico los consumidores deben ponerse en contacto con alguna de las comercializadoras de referencia que existen, ya sea por teléfono, por correo electrónico, correo ordinario o fax. En la web de la Secretaría de Estado de Energía se facilita el listado con los contactos de esas comercializadoras y cómo contactarlas. Además, recuerdan que dichas empresas tienen la obligación de ofrecer y financiar este bono social.
Requisitos para solicitar el bono social eléctrico
Para acceder al bono social eléctrico es indispensable tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual. Además, hay que cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos:
- Que seas un consumidor vulnerable (25% de descuento aunque excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento es del 65%)
- Que seas un consumidor vulnerable severo (40% de descuento aunque excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento es del 80%)
- Que seas un consumidor en riesgo de exclusión social
- Que seas un consumidor vulnerable a causa del COVID-19
- Que te acojas al bono social de justicia energética (el descuento es del 40% hasta el 31 de diciembre de 2023)
Otros beneficios y la prohibición de interrupción de suministro
Desde la Secretaría de Estado de Energía explican que el bono social eléctrico permite además al consumidor recibir facturas más claras y “sin letra pequeña, en las que lo que se paga por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales”.
Además, los beneficiarios del bono social tienen más tiempo para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores. En caso de impago no se podrá interrumpir el suministro a estos hogares si hay un menor de 16 años en la unidad familiar, alguien con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III.
A los beneficiarios del bono social eléctrico se les concede también del térmico
Desde la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) explican a Newtral.es que “el bono social térmico se concede automáticamente, cada año, a los consumidores acogidos al bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior“. Por eso, los beneficiarios de uno y otro bono son las mismas personas. El bono social térmico es una ayuda para la calefacción a los consumidores con menos recursos que se cobra una vez al año.
¿Cuántos beneficiarios hay en España del bono social?
Según los últimos datos publicados por la CNMC de mayo de 2022, en España hay más de 1,2 millones de beneficiarios que han podido acceder al bono social eléctrico (y térmico). De ellos, el 50,4% son consumidores vulnerables severos y el 49,6% restante vulnerables.
Facua pide una campaña institucional para llegar a quien lo necesita
Desde Facua-Consumidores en Acción valoran positivamente las mejoras en el bono social eléctrico por parte del Gobierno pero insisten “en la necesidad de crear una campaña institucional de comunicación para lograr que los usuarios conozcan el bono social y la forma de solicitarlo”. Además, según Facua, “esta información debe partir de la propia administración y las asociaciones de consumidores, evitando que sean únicamente las empresas eléctricas quienes la suministren, para garantizar que se hace de forma correcta”.
Reclaman también un “cambio regulatorio de calado en el proceso de solicitud del bono social, que agilice los trámites y protocolos que deben seguir los usuarios” y lamentan que “las compañías eléctricas, en muchos casos, ponen excesivas trabas a los consumidores y dilatan innecesariamente los tiempos para conseguir el bono”.
Según Facua, “los datos sobre ingresos de los usuarios solicitantes pueden cotejarse fácilmente por parte de las eléctricas con la administración, ya que ésta dispone de todos ellos, por lo que no resulta justificado el papeleo al que, en muchas ocasiones, las energéticas someten a los consumidores, demorando todo el proceso”.
- Departamento de comunicación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Información sobre el Bono Social Eléctrico de la Secretaría de Estado de Energía
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: el bono social preguntas frecuentes
- Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
- FACUA-Consumidores en Acción
- Boletín de indicadores eléctricos de septiembre de 2022 de la CNMC
- Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre
Buenas tardes soy arrendatario, y pertenezco al 40% según mis antecedentes (RSH)
que debó hacer para postular.
Mis cuentas están al día, pero mi pensión incluido el PGU es de aproximadamente $570.000, y sin considerar ninguna ayuda ya no podemos seguir pagando todo sube.
Atte.
Juan M. Edwards