El BOE ha publicado este miércoles 19 de enero el real decreto del Plan de Vivienda 2022-2025, en el que se incluye el bono joven de alquiler. Se trata de la normativa donde se fijan las líneas generales de la política de vivienda del Gobierno, que deberá ejecutarse junto con las comunidades, por ser una competencia asumida por las autonomías.
En el caso del próximo trienio, los planes del Ejecutivo se centran en las subvenciones a los jóvenes, las ayudas al alquiler a personas vulnerables y el aumento del parque de viviendas de alquiler social. Este real decreto entra en vigor este 20 de enero.
¿En qué va a consistir el bono joven del alquiler?
El bono joven del alquiler contempla una ayuda de un máximo de 250 euros al mes para quienes tengan hasta 35 años incluidos, cuenten con un trabajo acreditado y reciban unos ingresos anuales inferiores a 24.318,8 euros (lo equivalente a tres veces el IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
Además, deberán tener un contrato de alquiler que les suponga abonar no más de 600 euros al mes, aunque las comunidades pueden elevar este tope a los 900 si demuestran que su mercado de alquiler es más caro. El bono alquiler joven es de aplicación en todas las comunidades y ciudades autónomas, salvo en País Vasco y Navarra.
También será aplicable a quienes paguen por vivir en una habitación hasta 300 euros mensuales (ampliable a 450).
- Matiz importante: esta cantidad se refiere a la cantidad individual que abona cada uno de los inquilinos del piso. No afectará a quienes tengan su domicilio habitual y permanente en esa vivienda o tengan otras casas en propiedad (salvo excepciones); sino que solo se considerarán los arrendatarios.
Tiempo y forma. La ayuda se podrá percibir por un máximo de dos años y tiene carácter finalista: sí o sí se tiene que destinar a pagar el alquiler. Son las comunidades las que gestionarán las solicitudes y concesiones del bono, por lo que el Gobierno debe firmar un convenio con cada una de ellas. Aunque este trámite puede retrasar la convocatoria de las ayudas, una vez se reconozca el derecho de alguien a percibirla, lo hará con efecto retroactivo a 1 de enero de 2022.
Dinero. Esta medida está dotada con 200 millones este año, incluidos en la Ley de Presupuestos de 2022, según la referencia del Consejo de Ministros en el que se abordó esta decisión.
Compatibilidades. El bono del alquiler será compatible en casos concretos con otras subvenciones. Se podrá percibir, junto con prestaciones no contributivas de la Seguridad Social, el Ingreso Mínimo Vital u otras ayudas contempladas en el Plan de Vivienda. En caso de recibirse el Bono Alquiler Joven y la ayuda al alquiler o cesión, la suma de las cuantías no podrán exceder el 75% de la renta.
¿El Plan de Vivienda recoge otras ayudas para los jóvenes?
El plan en total cuenta con trece programas. Pero sí, en concreto recoge una prestación para que los jóvenes puedan alquilar o adquirir una vivienda en municipios de menos de 10.000 habitantes. Podrán acceder los menores de 35 años que pretendan convertir ese inmueble en su vivienda habitual permanente.
Ayuda a personas jóvenes para contribuir al reto demográfico
- Requisitos para solicitarla:
- De ingresos: contar con unos ingresos por debajo de 1,737,06 euros al mes, cantidad equivalente a tres veces IPREM. Este tope será de cuatro o cinco veces el IPREM si se trata de personas con discapacidad o hijos de víctimas de violencia de género.
- De planes de vida: el inmueble deberá convertirse en la residencia habitual del beneficiario en un plazo mínimo de cinco años desde la adquisición, en ese caso, debiendo ocuparse en tres meses desde que se la entreguen. Este plazo podrá reducirse si es por motivos laborales o familiares.
- De precio:
- En caso de compra: la vivienda no deberá costar más de 120.000 euros.
- En caso de alquiler: la renta será de 600 euros máximo, extensibles a un tope de 900 si está justificado; y de 300 euros para habitaciones, ampliables a 450.
Publicidad - Matiz importante: En caso de adquisición de viviendas, podrá tratarse de una ya construida o en construcción, en cuyas escrituras ha de aparecer la ayuda como parte de la entrega a cuenta. Pero no podrá concederse en caso de casas cuya construcción arranque seis meses después de la concesión de la prestación.
- Cuantía de la ayuda:
- En caso de alquiler: la cuantía será de hasta el 60% de la renta pero si ya se cuenta con un Bono Alquiler Joven, esta ayuda será del 40% del precio más los 250 euros del bono. La suma de ambas no podrá superar el 75% del importe del precio del alquiler de la vivienda o de la habitación.
- En caso de adquisición: podrá ser de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20% del coste total. Si la casa la compran entre varias personas, la ayuda será proporcional a la cuota que cada uno adquiera.
- Compatible con otras ayudas: será posible recibirla si se recibe cualquier otra subvención de una institución pública o privada y es, según el real decreto, “expresamente compatible con la ayuda del Bono Alquiler Joven” con los límites anteriormente descritos.
¿Recoge otras ayudas al alquiler?
Sí, para familias con bajos ingresos, arrendatarios con una vulnerabilidad sobrevenida, colectivos vulnerables (víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio y personas sin hogar).
- Programa de ayuda al alquiler de vivienda: Destinado a “sectores de la población con escasos medios económicos”, cubre hasta el 50% del precio del alquiler que deba pagar el beneficiario por hasta cinco años. Las personas que vivan en la casa deberán tener en conjunto unos ingresos por debajo de 1.737,06 euros al mes, que es lo equivalente a tres veces IPREM mensual. Esta cantidad será de cuatro o cinco veces el IPREM si se trata de personas con discapacidad, familias numerosas o víctimas de terrorismo. El precio del alquiler tendrá que ser de un máximo de 600 euros mensuales, una cantidad que las comunidades podrán ampliar en las convocatorias hasta los 900 euros -previo acuerdo con el Ministerio- si justifican que su mercado de alquiler es más caro. En el caso de alquiler de habitaciones, la renta será igual o inferior a 300 euros, extensible a 450.
- Ayudas a víctimas de violencia de género, desahuciados, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables. Busca ofrecer una solución habitacional inmediata para estas personas. Tendrán que ser “consideradas como tales” por los servicios sociales de las administraciones competentes o por “entidades colaboradoras” habilitadas, aunque el real decreto contempla que se puedan regular supuestos para situaciones de especial vulnerabilidad sin requisito de acreditación. Las comunidades ofrecerán una vivienda de titularidad pública o privada en régimen de alquiler o cesión de uso y el real decreto añade que “se procurará que nadie viva en viviendas o soluciones habitacionales de emergencia o transición más tiempo del necesario para su traslado” a un lugar permanente. La cuantía de la ayuda podrá ser de hasta 600 euros al mes o 900 en zonas tensionadas y podrá añadirse otra prestación por 200 euros para gastos de mantenimiento, seguros, comunidad, internet…
- Ayuda para personas con una vulnerabilidad sobrevenida. Prestación del 100% de la renta mensual por un plazo de hasta cinco años (la cantidad tope la determinarán las CCAA). Los requisitos para solicitarla son los mismos que la ayuda anterior con dos excepciones: el precio tope del alquiler puede ser de hasta 900 euros y se deberá demostrar que los ingresos netos de la unidad de convivencia se han reducido de “forma sustancial” en un 20% en los dos años previos y que el esfuerzo por pagar la renta sea superior al 30% de estos ingresos.
- También hay un programa que tiene por objeto atender el pago de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos en planes anteriores.
¿Qué otras medidas recoge el Plan de Vivienda?
Parque público de viviendas. Se dará una subvención de hasta el 60% el precio de la adquisición (incluidos impuestos y gastos de notaría y registro) a las administraciones, empresas públicas, empresas de economía social y ONG que adquieran los inmuebles para destinarlos durante 50 años al parque público. También un extra de hasta 6.000 euros para reformas. Deberán garantizar la permanencia y control de las administraciones públicas en al menos el 50% del capital para alquiler o cesión en uso.
- Detalles: el precio del alquiler o de la cesión de uso de estas viviendas estará limitado y solo se podrán arrendar a personas cuyos ingresos, incluyendo los de todas las personas que constituyan la unidad de convivencia, no superen 3 veces el IPREM.
Además, el Plan de Vivienda contiene medidas para promover el cohousing, las mejoras de la accesibilidad de las viviendas, erradicación de chabolismo e infravivienda, el fomento de alojamientos para personas mayores o con discapacidad o la cesión de viviendas del SAREB para alquiler social, entre otros.
¿Quién va a pagar las ayudas del Plan de Vivienda?
El Gobierno y cada comunidad autónoma, que deberán firmar convenios donde se concreten las aportaciones de cada uno. Es a las regiones a las que les compete convocar las ayudas, tramitarlas y gestionar su abono.
En cualquier caso, el 70% de lo que el Ejecutivo se comprometa a aportar cada año entre 2022 y 2025 estará supeditado a que la comunidad financie una cuantía equivalente a un 10% de este importe. En el 30% restante, las regiones deberán aportar una suma equivalente al 20% del mismo.
Según indica el Gobierno en la referencia del Consejo de Ministros del 18 de enero, la Ley de los Presupuestos Generales del Estado incluye una dotación de 345 millones de euros para este plan. El presupuesto para 2023, 2024 y 2025 deberá ser aprobado en Consejo de Ministros, pero hay una previsión de alcanzar los 1.717 millones de euros.
Los criterios para distribuir esta suma entre las comunidades se fijarán en la Conferencia Sectorial competente y deberán contar con el visto bueno del Consejo de Ministros. La ministra Raquel Sánchez estima que en un plazo de dos meses se podrá cumplimentar todo este proceso.
El Proyecto de Ley de Vivienda tendrá que esperar unas semanas
El plan inicial del Gobierno pasaba por aprobar este martes, 18 de enero, la Ley de Vivienda, pero sufrió un revés provocado por el Consejo General del Poder Judicial, órgano que debe emitir un informe preceptivo pero no vinculante sobre el texto.
El pleno del CGPJ -que lleva en funciones tres años- tumbó el borrador que se mostraba a favor del proyecto de ley y ha anunciado que volverá a tratar la cuestión el próximo 27 de enero.
La ministra de Transportes, Raquel Sánchez, mandó en la Cadena Ser “un mensaje de tranquilidad y de respeto a las decisiones de este órgano, pero dejó clara la postura del Gobierno. Aunque el CGPJ se muestre en contra, se seguirá adelante con la iniciativa:
“Nos gustaría aprobar tal y como está ahora porque creemos que es una ley que respeta escrupulosamente la ley el marco competencial”.
Fuentes:
- La Moncloa: rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del 18 de enero
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: borrador del real decreto por el que se regula el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
- Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
- Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2022 reconocido en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Todavía no ha salido en Castilla la Mancha mancha la ayuda de el bono joven de 250 €?
Hola
Si cambias el domicilio antes de la ayuda de alquiler se puede solicitar la ayuda?
Buenas, tengo entendido que para calcular los ingresos se tiene en cuenta la declaración de la renta del año anterior. Yo me he quedado en el paro este año ¿no me van a dar la ayuda por los ingresos del año pasado cuando realmente necesito la ayuda este año al haberse reducido mis ingresos?
Hola, estoy percibiendo una ayuda por violencia de genero de la Xunta de galicia de 200e, pago alquiler de 450e y actualmente me encuentro en situación de desempleo, tengo derecho a percibir el bono alquiler?
Hola buenas tengo 29 años, tengo una habitación de 420e llevo casi 6 años, hay que estar empadronado en Madrid?se puede solicitar la ayuda de 250?
Hola, Somo dos personas viviendo de alquiler y cumplimos con los requisitos, mi duda es: nuestro alquiler es de 300€ ¿Nos darán la ayuda total de 250€ a cada uno? La suma es superior al alquiler.
Gracias y saludos!