El nuevo ‘decreto ómnibus’, que entrará en vigor este jueves 30 de enero, prevé crear una línea de avales para cubrir el alquiler de una vivienda ante posibles impagos por parte de jóvenes y familias vulnerables, según lo recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué cubrirá. El aval garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas, así como todos los daños causados en la vivienda por el inquilino o el coste de los suministros, entre otros daños y costes que se establecerán en un decreto específico para esta medida.
Beneficiarios y condiciones. Para poder obtener el bono de impago de alquileres, el inquilino deberá ser menor de 35 años o ser una persona vulnerable –de acuerdo con los criterios establecidos reglamentariamente– tanto en el momento de suscripción del contrato de alquiler y del documento de compromiso del aval.
- El Gobierno prevé incorporar en la norma a otros colectivos como beneficiarios potenciales de esta línea de avales, en un plazo máximo de seis meses.
También será requisito para solicitar el bono de impago de alquileres:
- Que la renta del alquiler no supere el índice estatal de referencia del alquiler (SERPAVI).
- Depositar la fianza legal obligatoria del contrato y sus actualizaciones.
- Que arrendador y arrendatario suscriban el compromiso relativo al aval al alquiler mediante el modelo aprobado por la Administración.
Cuándo. Los propietarios podrán solicitar el aval en el plazo de seis meses desde que el propietario recupere la posesión de la vivienda, ya sea mediante resolución judicial de lanzamiento –desalojo forzoso– o mediante acuerdo judicial o extrajudicial que acredite dicha recuperación.
Otros detalles. Los bonos de impago de alquileres correrán a cuenta del Estado, aunque serán gestionados por las comunidades y ciudades autónomas.
- El texto señala que esta protección social “de los hogares más vulnerables” tendrán vigencia hasta, al menos, el 31 de enero de 2025.
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