En el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles 7 de julio se publican cuatro reales decretos por los que se traspasan una serie de funciones y servicios a la comunidad autónoma del País Vasco. Además, se publican una serie de medidas para reducir la temporalidad entre los empleados públicos.
Paquete de traspaso al País Vasco
Con su publicación en el BOE, quedan traspasadas las funciones y servicios de la Administración del Estado sobre ejecución de la legislación en materia penitenciaria al País Vasco. No obstante, será efectivo a partir del día 1 de octubre de 2021.
Así, la comunidad autónoma asume las funciones de dirección, organización y gestión económica y administrativa de los centros penitenciarios ubicados en su ámbito territorial. De igual modo, se encargará de controlar el seguimiento del cumplimiento de penas, las medidas de seguridad y los programas específicos de tratamiento e intervención, entre otras funciones.
El personal y los puestos de trabajo vacantes que se traspasan pasarán a depender de la comunidad autónoma según lo previsto en su Estatuto de Autonomía. El coste total anual a nivel estatal en el ejercicio de 2021 asociado al traspaso se sitúa en más de 1.200 millones de euros.

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Por otra parte, se produce la ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados al País Vasco. Es el caso del edificio en el puerto de Ondárroa, anterior sede del Distrito Marítimo. Asimismo, se traspasan medios personales y bienes inmuebles, como el Palacio de Chávarri, sede de la Subdelegación del Gobierno en Vizcaya.
También se traspasan las funciones relativas a la asignación del ISSN (International Standard Serial Number), un código numérico reconocido internacionalmente para la identificación de las publicaciones seriadas.
Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
En el boletín también se recoge un real decreto por el que se modifican algunos puntos de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con el fin de reducir la temporalidad entre estos trabajadores.
Entre las novedades que introduce se añade una nueva disposición adicional con medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público. Determina, entre otras cuestiones, que la tasa de cobertura temporal deberá situarse por debajo del 8% de las plazas estructurales. Te explicamos todos los cambios con preguntas y respuestas.
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