El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el 9 de febrero de 2022 el real decreto por el que se pone fin al uso de mascarilla obligatoria en exteriores para personas mayores de seis años, tal y como aprobó un día antes el consejo de ministros. Como ya se había anunciado, entrará en vigor el jueves 10 de febrero de 2022. El Gobierno materializa la decisión cuando solo ha pasado un mes y medio desde que Pedro Sánchez anunciara la medida, justo antes de Navidad.
BOE: En qué circunstancias la mascarilla en exteriores es obligatoria
La obligatoriedad del uso de la mascarilla solo se mantiene en eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas o grupos de convivientes.
También sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla en los medios de transporte público, ya sea aéreo, autobús, ferrocarril -así como sus andenes y estaciones-, o transporte privado complementario de viajeros de hasta nueve plazas, incluído el conductor.
Continúa la obligatoriedad del tapabocas asimismo en espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.
El Gobierno toma esta decisión tras observar que la situación epidemiológica muestra “un descenso estable y rápido” en la primera semana de febrero de 2022. Y porque, pese a la alta incidencia de casos en esta sexta ola, la probabilidad de hospitalización, ingreso en UCI o fallecimiento es “entre 10 y 22 veces inferior a la observada en ondas previas».
Eso sí, el Ejecutivo señala en el documento la conveniencia del uso de la mascarilla hasta ahora, indicando que ha sido “clave en el control de la COVID-19”. Aún así, y con base a la evidencia disponible, apunta que su uso tiene un impacto mayor en espacios interiores en los que se reúnen personas que no conviven habitualmente y en grandes aglomeraciones en los que no pueden mantener distancias de seguridad.
Aprobada la supresión de aforamientos de diputados en Islas Baleares
Una ley aprobada el 9 de febrero en el BOE modifica el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares para suprimir la figura del aforamiento en diputados autonómicos de la región.
La Constitución Española recoge en el artículo 71.3 el aforamiento de los diputados y senadores, a través del cual es competente en las causas judiciales la Sala Penal del Tribunal Supremo. Sin embargo, esta figura queda suprimida a partir del 10 de febrero en dicha autonomía.
El motivo, según indica el texto, es que este derecho “es percibido por una amplia mayoría de la sociedad como un privilegio que distorsiona el principio superior de igualdad de todos los ciudadanos ante la Justicia”. Así, a partir de ahora, ni los diputados, ni el presidente, ni los miembros del Gobierno de las Islas Baleares seguirán la jurisdicción ordinaria, tanto penal como civil.
Una comisión Interministerial para fomentar el consumo responsable
El Ministerio de Consumo crea, vía decreto, una comisión interministerial de consumo con el objetivo de impulsar y mejorar los derechos y la protección de las personas consumidoras, indica el real decreto.
Tendrá un presidente, un vicepresidente y dieciséis vocales. Entre sus funciones está elaborar programas estratégicos para el desarrollo del consumo responsable, saludable y sostenible, incluso para los ministerios y otros organismos públicos. También promocionar el consumo sostenible, hacer estudios de iniciativas o hacer seguimiento a las acciones de la estrategia española de economía circular marcadas en la Agenda 2030.
Nuevo embajador de España en Japón y Uzbekistán
El BOE incluye el 9 de febrero de 2022 el nombramiento del nuevo embajador de España en Japón. A partir de ahora será Fidel Sendagorta Gómez del Campillo en sustitución de Jorge Toledo Albiñana, del que también se publica el cese el mismo día.
Y un cambio más en el ámbito diplomático: se designa embajador de España en la República de Uzbekistán a Marcos Gómez Martínez.