Novedades BOE | Publicada la ley para que el servicio social femenino cuente en la jubilación parcial

La mitad de las pensiones de jubilación en España no llegan al SMI
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado 26 de noviembre publica la Ley para que el servicio social femenino cuente en la jubilación parcial. El servicio social femenino es un servicio que muchas mujeres se vieron obligadas a cumplir entre 1937 y 1978. Se prestó en centros de auxilio social, en el frente de la Guerra Civil y en hospitales, aunque con el tiempo fue variando. Asimismo, el BOE también recoge la modificación del acuerdo que establece los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales para empresas en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

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En el caso de la ley para que el servicio social femenino cuente en jubilación parcial, según señala el BOE, se ha elaborado para cumplir con las normas nacionales e internacionales que obligan a la igualdad de trato entre mujeres y hombres, así como de acuerdo a la recomendación 17 del Pacto de Toledo, recientemente aprobada, “referida a ‘Mujer y Seguridad Social’, que emplaza a la adopción de medidas estructurales para conseguir la equiparación de la cobertura por pensiones entre mujeres y hombres”.

La jubilación parcial es un tipo de retiro en el que el trabajador pasa de un contrato a tiempo completo a uno parcial y accede a la pensión de jubilación en la proporción de la jornada de trabajo que se reduce.

El BOE señala que a partir de ahora se permitirá computar el servicio social femenino para el acceso a la jubilación en igualdad de condiciones que lo hacen los hombres que realizaron el servicio militar o la prestación social sustitutoria. Para ello se ha modificado el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Esta ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, es decir, este sábado 26 de noviembre.

Modificados los tramos de los avales para empresas afectadas por la guerra de Ucrania

Tras la invasión de Rusia a Ucrania, la Comisión Europea aprobó un nuevo marco temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía de los países miembros. En este marco se estableció que podían otorgarse ayudas en forma de garantías de hasta 400.000 euros y de hasta 35.000 euros para los sectores de producción primaria, además de otras ayudas.

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Dentro de esta acción europea, España aprobó el Real Decreto-ley 6/2022 de medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y creó una nueva línea de avales públicos por importe máximo de 10.000 millones de euros que permite atender las necesidades de liquidez.

Este sábado el BOE publica dos modificaciones de este real decreto; la primera tiene por objeto garantizar que se mantiene la accesibilidad para las pequeñas y medianas empresas y para los autónomos. Para ello se distribuye, en primer lugar, el importe total disponible bajo este primer tramo de la línea de avales en dos compartimentos independientes: uno de 3.500 millones de euros para pequeñas y medianas empresas y autónomos, y otro de 1.500 millones de euros para grandes empresas. 

El fin último es evitar que las empresas más grandes, “que por su propia naturaleza cuentan con elevados volúmenes de negocio anuales, puedan agotar el importe máximo de aval disponible”, según el BOE. En este sentido, el volumen máximo de financiación con aval por beneficiario no podrá exceder los 150 millones de euros

Además, en este real decreto se acordó facultar al Instituto de Crédito Oficial (ICO) para que, dentro de sus competencias, resolviera “cuantas incidencias prácticas pudiesen plantearse para la ejecución de los avales contemplados en este acuerdo durante toda la vigencia de las operaciones”. Ahora se ha acordado que el ICO amplíe el plazo de solicitud de los avales hasta el 1 de diciembre de 2023.

Estas modificaciones no serán de aplicación hasta que no se cuente con la autorización expresa para ello de la Comisión Europea. Una vez obtenida, surtirán efectos desde la fecha de adopción de este acuerdo.

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Hasta 8.750.000 de euros para adquirir cañones

Por otra parte, el BOE ha publicado dos contratos del Ministerio de Defensa. Uno con un valor de oferta de 1.445.000 euros para optimizar procesos de mantenimiento de sus aeronaves del Ejército del Aire mediante el uso de tecnologías de fabricación aditiva, nuevos materiales e inteligencia artificial. Este ha sido adjudicado a thenextPangea.

El segundo anuncio de contrato, con un valor de 8.750.000 euros, formaliza la compra de cañones Oto Melara 76/62c para los buques de Acción Marítima de la clase Meteoro. Este contrato ha sido adjudicado a Navantia.

Fuentes
  • Boletín Oficial del Estado 26/11/2022
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