El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado la Ley 3/2020 sobre medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
La Ley amplía las medidas abordadas en abril a través del Real Decreto-ley 16/2020, e introduce algunas novedades, como un Tablón Edictal Judicial Único donde consultar las resoluciones judiciales. Además, se extiende hasta el 30 de septiembre el plazo para solicitar a los arrendadores el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta para arrendatarios de vivienda en situación de vulnerabilidad.
Sin embargo, la aprobación de estas normas se produce meses después de que varias asociaciones de jueces reclamaran en un comunicado medidas reales para reactivar la actividad de la Justicia y criticaran el «carácter cosmético» de las iniciativas anunciadas por el Ministerio.
Tramitación preferente y alivio para las empresas
Las primeras medidas apuntan a adoptar la tramitación preferente para procedimientos que se hayan visto especialmente afectados por la pandemia, como la tramitación preferente de la impugnación de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) o la tramitación procesal de conflictos colectivos de carácter urgente.
La nueva normativa también da un respiro a las empresas en dificultades, aplazando la necesidad de iniciar la fase de liquidación si no pueden cumplir con los pagos comprometidos. Además, elimina y simplifica algunos requisitos para agilizar el proceso concursal ante un posible aumento de juicios en relación con la tramitación de concursos de acreedores en los Juzgados de lo Mercantil y de Primera Instancia.
Con todo ello, la Justicia busca la manera de evitar «declaraciones de concurso o apertura de la fase de liquidación respecto de empresas que pueden ser viables en condiciones generales de mercado».
Ampliación de medidas sociales
La normativa también incluye algunas modificaciones al Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, para añadir al supuesto ya recogido de cese de actividad el nuevo de reducción de facturación en, al menos, un 75%, en relación con la prestación extraordinaria por cese de actividad. También se modifica el artículo 23 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, para la acreditación de esta situación ante la entidad gestora de fondos de pensiones.
Por otra parte, el arrendatario de vivienda habitual tendrá ahora hasta el 30 de septiembre para realizar la solicitud de aplazamiento temporal y extraordinario del pago de la renta. También se agiliza la tramitación de la línea de ayudas transitorias de financiación, «de forma que pueda estar operativa para los arrendatarios en situación de vulnerabilidad en el plazo más breve posible».
Además, la nueva norma también modifica la ley de Contratos del Sector Público para incorporar dos Directivas del Parlamento y del Consejo Europeos sobre el procedimiento de presentación de ofertas y apertura de los sobres.
Nuevas tecnologías para aplicar la justicia
La Ley también incorpora una serie de medidas para garantizar la distancia de seguridad, incorporando nuevas tecnologías a los procesos judiciales. Por ejemplo, se da preferencia a la presencia telemática de los intervinientes en actos procesales para minimizar el riesgo de contagio.
Aunque se limitan los juicios en remoto en el ámbito penal en casos de procedimientos por delitos graves, o cuando se solicite pena de prisión superior a dos años, entre otros supuestos que requieren la presencia física del acusado.
El acceso del público a todas las actuaciones orales también queda limitado para garantizar las distancias de seguridad y evitar aglomeraciones en las sedes judiciales. Lo mismo que la atención presencial, que queda restringida a situaciones necesarias y solo con cita previa. El resto de los casos se atenderán por videoconferencia, vía telefónica o a través del correo electrónico.
Un tablón único
Sumado a las medidas para facilitar el acceso remoto a las aplicaciones utilizadas para la gestión procesal, la nueva ley unifica la publicación de resoluciones y comunicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único, que será publicado electrónicamente por la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado. La medida pone fin a «la dispersión en tablones de anuncios y distintos boletines oficiales, reforzando la simplicidad de este trámite y reforzando las garantías de las partes».
Críticas de los sindicatos
Los sindicatos han criticado algunas de las medidas que incluye la ley, como la jornada de tarde o la movilidad dentro del municipio, como señala CCOO en un comunicado. «CCOO se pone como siempre a disposición de todo el personal de Justicia para evitar la movilidad y jornadas de tarde forzosas cuando se intente llevar a cabo por algún/a responsable judicial o de la Administración».
Desde CSIF también han reclamado que «desde el mismo momento de la publicación de la Ley en el BOE, se proceda a dotar de medios materiales a la Administración de Justicia, para garantizar la atención al público».
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