Se amplía el horario para hacer deporte, se permiten las reuniones con un máximo de quince personas y las rebajas siempre que no generen aglomeraciones: las novedades de la fase 2

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El Ministerio de Sanidad ha publicado en el BOE la orden que recoge la flexibilización de las restricciones de la fase 2, así como los territorios que a partir del próximo lunes 18 de mayo avanzarán hacia esta etapa de la desescalada que serán las islas de Formentera (Baleares), La Graciosa, El Hierro y La Gomera (Canarias). 

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El documento establece que a partir del próximo lunes se permite circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia aunque establece excepciones que justifique el desplazamiento por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores. Además, decreta que los grupos deben ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Deporte y actividad física

Sanidad establece que las personas de hasta 70 años podrán realizar actividad física a cualquier hora, a excepción de desarrollarla entre las 10 y las 12, y las 19 y las 20 horas, espacio dedicado a los mayores de 70 años. Asimismo, permite que cada comunidad autónoma regule en su ámbito territorial estas franjas horarias para que comiencen hasta dos horas antes siempre y cuando no se incremente la duración total, una medida ya aplicada en la fase 1.  

Velatorios, entierros, lugares de culto y bodas

La orden establece que a los velatorios podrán asistir hasta veinticinco personas en espacios al aire libre o quince en el caso de que se celebre en espacios cerrados, ya sean o no convivientes. En el caso de la comitiva del entierro solo podrán acudir hasta un máximo de veinticinco asistentes entre familiares y allegados, además de la persona encargada de celebrar la práctica del rito funerario. 

La asistencia a los lugares de culto no podrá superar el cincuenta por ciento del aforo, esta misma medida también se aplica a las ceremonias nupciales que se permitirá realizarlas en todo tipo de instalaciones mientras que se garantice la restricción de su capacidad y con un máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta en el caso de espacios cerrados. Esta medida también se aplicará para otras celebraciones religiosas de carácter social.

Establecimientos y centros comerciales 

Podrán abrir todo tipo de establecimientos con independencia de su superficie útil siempre que se reduzca al cuarenta por ciento el aforo y siempre garantizando un horario de apertura prioritario para mayores de 65 años.

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Se permitirá la apertura de centros comerciales al treinta por ciento de acuerdo al aforo de las zonas comunes y los establecimientos lo reducirán al cuarenta por ciento. Los clientes podrán permanecer en las zonas comunes pero solo para transitar entre los comercios y las zonas recreativas continuarán cerradas. 

En los comercios no se podrán poner a disposición de los clientes productos de prueba como cosméticos o productos de perfumería. En el caso de los probadores solo lo podrá utilizar una persona y de desinfectará después de su uso. 

Además, la orden recoge que se podrán realizar “acciones comerciales o de promoción” siempre que se aseguren que no se producen aglomeraciones que impidan mantener la distancia de seguridad y el cumplimiento de los límites de aforo.

Establecimientos de hostelería y restauración 

Se procederá a su reapertura siempre que no supere el cuarenta por ciento de su aforo, excepto en los locales de discotecas y bares de ocio nocturno que no podrán iniciar su actividad. Además, la orden establece que el consumo solo se podrá realizar sentado en la mesa y no estará disponible el autoservicio. Con respecto a las medidas establecidas en el servicio en las terrazas continuarán en vigor las restricciones establecidas en la fase 1

“Con respecto al desarrollo de las actividades de hostelería y restauración se establece la reapertura al público de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración. La ocupación máxima permitida será de diez personas por mesa o agrupación de mesas, limitándose al cincuenta por ciento el número de mesas permitidas con respecto al año inmediatamente anterior. Asimismo, se regulan las necesarias medidas de prevención e higiene a adoptar”. 

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Orden SND/399/2020, de 9 de mayo

Centros residenciales de personas mayores o de personas con discapacidad

Las comunidades autónomas podrán permitir la visita a los residentes en estos sitios y en el caso de los centros de mayores, esta visita se realizará en supuestos excepcionales. En todos los casos las citas deberán haber sido concertadas previamente, se limitará a una persona por residente y será obligatorio el uso de equipos de protección.

Hoteles y alojamientos turísticos

En cuanto a las zonas comunes de estos espacios, se podrá proceder a su reapertura siempre que no se supere un tercio del aforo. Las actividades de animación que se realicen en estos emplazamientos deberán planificarse con un aforo máximo de veinte personas y estas se realizarán de manera preferente al aire libre y se evitará el intercambio de objetos.

Salas de exposiciones, monumentos, cines y teatros

Se procederá a la reapertura de las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado, esta medida también se impondrá para poder abrir los monumentos. Asimismo, se evitarán los eventos de inauguración y no estarán disponible los servicios de audioguías, consignas ni guardarropa. 

Los cines, teatros y auditorios podrán reanudar la actividad siempre que las butacas estén preasignadas y no se supere un tercio del aforo autorizado. Aquellos locales destinados a actos y espectáculos culturales, diferentes a los anteriores, también deberán seguir las indicaciones de aforo para los cines, teatro y auditorios, pero en este caso si se celebran en lugares cerrados no se debe reunir a más de cincuenta personas y en el caso de que tengan lugar al aire libre el público deberá estar sentando y no se podrán reunir más de cuatrocientas personas. 

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Deportistas profesionales 

Los clubes podrán desarrollar entrenamientos incluyendo acciones conjuntas en grupos sin superar las catorce personas, además, estas actividades se realizarán siempre que sea posible por turnos y sin superar el cincuenta por ciento de la capacidad de la instalación. En esta fase se podrán utilizar los vestuarios y podrán asistir a los entrenamientos el personal técnico necesario para su desarrollo. Las reuniones técnicas tendrán una asistencia de como máximo quince personas. Todas estas medidas también será aplicables a los árbitros. 

En cuanto a la reanudación de las ligas profesionales, en esta orden se establece que se podrá reiniciar siempre y cuando la situación sanitaria lo permita. Además, la competición se celebrará sin público y a puerta cerrada

En el caso de las ligas no profesionales, los deportistas podrán realizar los entrenamientos de manera individual en las instalaciones de los clubes o en otras que se encuentren abiertas al público. 

Las instalaciones deportivas cubiertas podrán continuar con su actividad a través de la concertación de cita previa y se organizarán turnos horarios. Estos establecimientos deberán respetar el límite del treinta por ciento de capacidad de aforo y los vestuarios podrán utilizarse
Estas restricciones también se deberán seguir para la apertura de piscinas al aire libre o cubiertas en las que se realice actividades deportivas y siempre tendrán preferencia los deportistas federados.

Piscinas recreativas y playas

Se procederá a la apertura de las piscinas recreativas reduciendo el aforo al treinta por ciento siempre que se cumpla la distancia de seguridad, de no ser así se reducirá el aforo. Para acceder a las instalaciones se deberá concertar cita previa y no se podrán utilizar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua. 

En cuanto a las playas se deberán respetar las medidas de seguridad, así como la distancia de dos metros y los grupos deberán de ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes. Además, se podrán practicar actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se mantenga una distancia mínima de dos metros entre los participantes. 

Congresos, encuentros, reuniones de negocios y conferencias

Se permitirá su celebración pero se deberá proceder a la apertura de pabellones de congresos, salas de conferencias o instalaciones similares siempre y cuando se respete la distancia de dos metros y no se supere la cifra de cincuenta asistentes.

Modificaciones en la fase 0 “con alivios”

La Comunidad de Madrid, Barcelona y sus áreas metropolitanas y parte de Castilla y León pasarán el lunes a una fase 0 “con alivios”. Entre las actividades que se permiten está la apertura de locales comerciales de hasta 400 metros con  un tercio de su aforo y sin cita previa. También los centros educativos para realizar labores de desinfección o de tipo administrativo. De igual manera, podrán iniciar sus actividades los servicios sociales y las bibliotecas para actividades de préstamo y devolución.

La norma habilita a los museos y lugares de culto a abrir con con una limitación de un tercio del aforo máximo. Permite, a su vez, que participen en los velatorios hasta 10 personas si es en un sitio cerrado (15 si se celebran en el exterior). 

En esta fase 0 “con alivios” retomarán su funcionamiento los Centros de Alto Rendimiento y podrán entrenar dentro de las franjas correspondientes los deportistas federados, además de los de alto nivel. 

Modificaciones en la fase 1

La orden publicada este sábado también incluye modificaciones relativas a la fase 1. En esta etapa, podrán abrir los establecimientos comerciales con más de 400 metros, siempre que acoten su superficie a esta dimensión. Si lo consideran conveniente, podrán establecer zonas de espera en el espacio restante para evitar aglomeraciones. También estarán permitidas las rebajas, siempre y cuando puedan desarrollarse cumplimiendo con las limitaciones de aforo y las medidas de higiene. 

Respecto a los servicios sociales, serán las comunidades las que determinen su apertura. En el caso de las actividades que impliquen un “contacto estrecho” con el usuarios, tales como centros de días o las ayudas a domicilio, se podrán establecer medidas de monitorización de casos, aislamientos o trazabilidad de contactos. Por otro lado, pasan a estar permitidas las actividades de caza y pesca.

La norma recoge, sin embargo, ciertas limitaciones a determinados territorios. Los espectáculos y actos culturales tendrán un menor número de asistentes en la Comunidad Valenciana, la Región de Murcia y Castilla-La Mancha. En esta última, además, no se podrán celebrar congresos y seminarios y los velatorios deberán realizarse entre las 8h y las 22h. 

Este lunes las provincias andaluzas de Málaga y Granada, las 42 zonas básicas de salud de Castilla y León, las regiones castellano manchegas de Toledo, Albacete y Ciudad Real, las regiones sanitarias de Lleida, Cataluña Central y Girona, las áreas sanitarias de Garraf y el Alt Penedès y los 14 departamentos de salud propuestos por la Comunidad Valenciana pasarán a esta fase. 

5 Comentarios

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  • A cualquier hora no todos pueden, a cualquier hora los pueblos de menos de 10.001 habitantes... Los que tengan más de 10.001 habitantes tienen que seguir respetando las horas... Lo figura en el BOE...

  • Hola,
    No veo nada respecto a los niños. Hasta ahora solo podemos salir a la calle con ellos 1h. Se amplía en la fase 2? Podrán salir a cualquier hora del día menos durante las 3h destinada a los mayores, pero una vez y una hora o más?
    Gracias

    • Efectivamente, y si van a permitir a salir a más de un adulto con los niños, no es lógico estar turnándose con la pareja para salir a pasear cuando ya están grupos de 10 reuniéndose.

    • Llévalos paseando a una terraza y ya lo tienes solucionado.

  • Tengo una duda,que puede parecer banal,pero tiene sentido

    Estoy federado en un deporte que todavía no puedo practicar,pero nos ayuda entrenar haciendo ciclismo por ejemplo,podría salir del municipio a practicar ciclismo,estando federado en otro deporte?
    No lo encuentro en ningún sitio,aunque tampoco es un problema grande,un saludo y Gracias