Novedades BOE | Así se aplicarán las ayudas por la borrasca Filomena a las zonas más afectadas

Corte de carretera a causa de la borrasca Filomena | Efe.
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En el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado 3 de julio se publican las normas para aplicar las ayudas por la borrasca Filomena, una corrección sobre fiscalidad energética y transpone una Directiva europea relativa a la proporcionalidad de los requisitos para el acceso a las profesiones reguladas.

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Normas de aplicación de las ayudas por Filomena

El BOE publica una orden con las normas para la aplicación de las ayudas de Seguridad Social previstas en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, en las zonas afectadas gravemente por emergencia de protección civil como consecuencia de la borrasca Filomena

Estas medidas urgentes para paliar los daños causados por dicha borrasca son para Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, La Rioja, Madrid, Navarra, Principado de Asturias, Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana y Región de Murcia. Así explicamos en Newtral.es entonces en qué consistían las ayudas por Filomena.

El BOE de hoy publica los detalles sobre la exención en el pago de cuotas a la Seguridad Social en las zonas gravemente afectadas y la moratoria en el pago de cuotas de un año sin interés. También detalla cómo deben presentarse las solicitudes para beneficiarse de estas medidas y el plazo para hacerlo.

La concesión o denegación de la exención y/o moratoria será acordada por los directores de las administraciones de la Seguridad Social correspondientes a las provincias afectadas por la emergencia de protección civil y deberá dictarse y notificarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que la solicitud se haya presentado en la Sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. 

Corrección sobre fiscalidad energética

Se matiza un error del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptaban medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética. En el artículo 1a donde dice que hasta el 31 de diciembre de 2021, se aplicará un IVA del 10% a los “titulares de contratos de suministro de electricidad cuya potencia contratada sea inferior a 10 kW…”, debe decir: “cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW…”. 

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Requisitos para el acceso a las profesiones reguladas

Además, el BOE publica el Real Decreto 472/2021, de 29 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2018/958, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018, relativa a la proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones.

Con él se pretende establecer las normas y los criterios aplicables a las evaluaciones de proporcionalidad que las autoridades competentes para la regulación deben realizar durante el proceso de elaboración de disposiciones legales o reglamentarias, que introduzcan o modifiquen requisitos para el acceso a las profesiones reguladas o su ejercicio. Lo previsto en este real decreto se entiende sin perjuicio de la competencia del Estado español para decidir, cuando no exista armonización a nivel europeo, si regula, o no, una determinada profesión y, en su caso, los términos concretos de dicha regulación, dentro de los límites de los principios de no discriminación y proporcionalidad.