Las pulseras antimaltrato están en el centro del debate después de que se haya conocido que habría habido una pérdida de registros —sin cuantificar aún— de quebrantos de órdenes de alejamiento de agresores al pasar de un proveedor a otro diferente. Lo señalaba la Fiscalía en su última Memoria anual, apuntando que no tener estos datos implica tener un elemento probatorio menos a la hora de decidir qué condena imponer o si mantener o no dicha medida cautelar penal.
Se desconoce todavía si, además del fallo en la migración, los nuevos dispositivos —los aparatos en sí— producen más incidencias que los anteriores, a tenor de algunas informaciones que se han publicado. En este sentido, la magistrada Isabel Tobeña, titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Málaga, pide “precaución”: “Si realmente estos aparatos son más susceptibles de poder fallar, se debe averiguar y subsanar lo antes posible. Pero no se puede transmitir el mensaje de que estos aparatos están fallando constantemente, haciendo sentir a las mujeres inseguras y desatando un pánico generalizado”.
Se sabe por la Memoria anual de la Fiscalía que ninguna mujer ha sido asesinada portando este dispositivo, ni con el anterior ni con el nuevo.
Incidencias por estar en una zona sin cobertura o por batería baja
La misma memoria que alerta del fallo en el volcado de datos en el cambio de empresas que gestionan Cometa —de Telefónica y Securitas Direct a Vodafone y Securitas— también alerta de otros fallos detectados en las pulseras antimaltrato: “Dificultad de guardar la distancia de 500 metros en localidades pequeñas, la deficiente cobertura de zonas rurales aisladas, el tiempo que emplean en trasladarse los técnicos de Cometa a esas áreas, así como el trabajo que les supone el análisis y cribado de las incidencias que reporta el centro Cometa (alertas involuntarias o entradas en zonas de exclusión móvil) para decidir sobre la formulación de denuncia”.
Esta publicación científica de un fiscal y de un magistrado españoles detalla algunos de los fallos de los que hablaba la última memoria de la Fiscalía. Por ejemplo, para que la efectividad de las pulseras sea óptima, la distancia mínima entre víctima y agresor debe ser de al menos 500 metros. “Este primer aspecto genera problemas derivados de la existencia de poblaciones pequeñas, en las que es imposible la configuración de esa distancia de seguridad, so pena de expulsar de la localidad al investigado/condenado”, señalan Eduardo Gutiérrez Gullón y Ricardo Rodríguez Ruiz.
Otro de los fallos pormenorizados por el fiscal y el magistrado respecto a las pulseras antimaltrato hace referencia a las zonas de exclusión móvil, que es cuando salta la alarma cuando la posición del agresor es menor que la ordenada. Esta se puede producir fortuitamente cuando, por ejemplo, “la víctima se encuentre en un establecimiento al que ha acudido y el investigado o condenado pasa con su vehículo por la circunvalación cercana”. “Pese a ello, se generan dos comunicaciones de alerta, tanto a la autoridad judicial como a la propia víctima”, añaden los autores de la investigación.
En este sentido, la penalista Miren Ortubay recuerda que toda medida de control tiene “ventajas y desventajas”: “Si coinciden de casualidad en un centro comercial y a él le pita la pulsera, no le le dice en qué sentido se tiene que alejar. De hecho, puede aprovechar esa circunstancia y tratar de acercarse a ella o buscarla”.
Y más situaciones de alerta: batería baja del dispositivo. Si la batería de la pulsera antimaltrato está a punto de agotarse se generan, nuevamente, dos incidencias: una comunicada al juzgado y otra a la víctima. “La primera no suele dar lugar a ningún tipo de actuación judicial pues hasta que la batería no se agote y el dispositivo no deje de emitir señal, no podría considerarse transgredida la orden de alejamiento. La segunda, como es lógico, produce una situación de gran desasosiego a la víctima, pese a tratarse de una alarma que no implica el quebrantamiento de la resolución judicial”.
Gutiérrez Gullón y Rodríguez Ruiz apuntan, como lo hacía Ortubay, que algunos maltratadores pueden ser conscientes de las incidencias que pueden derivarse de las pulseras antimaltrato y acabar instrumentalizándolas para seguir ejerciendo violencia contra las víctimas. Por ejemplo, esperando al último momento para cargar la batería o acudiendo a zonas sin cobertura.
Acciones que podrían considerarse delictivas y sancionables con multa de 6 a 12 meses, según el Código Penal: “Los que inutilicen o perturben el funcionamiento normal de los dispositivos técnicos que hubieran sido dispuestos para controlar el cumplimiento de penas, medidas de seguridad o medidas cautelares, no los lleven consigo u omitan las medidas exigibles para mantener su correcto estado de funcionamiento”.
“Recuerdo que en unas jornadas sobre violencia de género, la Policía en su intervención señaló que para los maltratadores, el tema de las pulseras se había convertido a veces en un instrumento de tortura”, apunta Ortubay. La última memoria de la Fiscalía lo recoge, de hecho, cuando señala: “Lo gravoso que es para las víctimas la comunicación de incidencias reiteradas, con la consiguiente inseguridad y trastorno en su vida diaria, llegando a comparecer en sede judicial para solicitar la retirada de los dispositivos”.
Esta advertencia no es específica de los nuevos dispositivos, sino que también aparece en las memorias de 2024, 2023 y 2022 expresada de idéntica forma.
Fallos reportados por Fiscalía en las pulseras desde 2018
Los otros fallos de las pulseras antimaltrato expuestos en la última memoria de la Fiscalía —dificultad de guardar la distancia de 500 metros en localidades pequeñas, la deficiente cobertura de zonas rurales aisladas, el tiempo que emplean en trasladarse los técnicos de Cometa a esas áreas, etc— aparecen también en las memorias fiscales desde 2018. Y en la de 2021, recogen la preocupación por “el delito de inutilización o perturbación de su funcionamiento” —es decir, por la posible instrumentalización de las pulseras por parte de maltratadores para seguir ejerciendo violencia psicológica sobre las víctimas—.
En la memoria de 2019, Fiscalía reconoce que “los dispositivos instalados este año tienen características técnicas más sofisticadas que el modelo anterior, habiéndose reducido el número de incidencias operativas en su funcionamiento”.
En cualquier caso, la magistrada Isabel Tobeña pone énfasis “en la eficacia de estas pulseras, pues todo medio técnico es susceptible de poder fallar”. “En mi experiencia la imposición de estos dispositivos tiene sentido cuando concurren determinadas circunstancias que hacen que el riesgo sea muy alto y se ha demostrado que son eficaces a la hora de hacer que se cumpla la orden de alejamiento”, añade.
La abogada especializada en violencia de género Nuria Monfort recuerda que “no se trata solo de la pulsera, sino de si cuando salta la alarma hay efectivos que se acerquen a donde está la mujer para tranquilizarla y que se sienta segura, o de si hay medidas de apoyo laboral y habitacional para que pueda tener una seguridad material”. “Tanta inseguridad puede generar que una pulsera tenga incidencias como que tengas que esperar meses para poder entrar en un centro de emergencia porque no hay plazas. Porque si no te puedes ir a un centro, ¿qué haces, te quedas en casa con tu agresor? Y esto lo veo a diario, víctimas a las que no solo les deniegan las órdenes de protección, sino que no pueden acceder a los recursos porque están colapsados”, añade Monfort.
Otras advertencias de la Memoria de la Fiscalía: los informes de valoración de víctimas tardan meses
Otra de las advertencias que Fiscalía realiza en su última memoria anual es el retraso que hay en las valoraciones a las víctimas de carácter forense integral a pesar de ser “un instrumento valiosísimo”, pues es en base a estas valoraciones cuando se pueden adoptar medidas cautelares penales, como la imposición de un dispositivo de control telemático o pulsera antimaltrato.
Este colapso en las Unidades de Valoración Forense Integral (UVFI) “compromete seriamente la protección de las víctimas”, apunta Fiscalía.
En Almería y Huelva los informes de valoración de las víctimas de violencia de género (y de sus hijos, si lo tienen) se emiten en un plazo de entre tres y cuatro meses, en Córdoba en un plazo de seis meses y en Cuenca de cinco meses. Los casos más graves son los de Segovia y Pontevedra, donde se acumulan retrasos de hasta ocho y 14 meses, respectivamente.
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