Baleares busca que Formentera tenga un senador independiente con una propuesta de reforma constitucional

Baleares reforma constitucional
Congreso. | Fuente: Congreso web.
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El Congreso arranca las sesiones plenarias del mes de febrero este martes con el debate y votación de toma en consideración de varias iniciativas, entre las que se encuentra la propuesta de reforma constitucional que plantea el Gobierno de Baleares relativo a las islas de Ibiza y Formentera.

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La propuesta. La iniciativa del Gobierno insular busca que la isla de Formentera tenga su propio senador y que este sea independiente del de la isla de Ibiza, algo que actualmente no ocurre. 

  • En la actualidad la Constitución recoge, en su artículo 69.3, que las islas de Ibiza y Formentera computen como una “agrupación insular” a la hora de elegir senador, por lo que a esta unión de islas les corresponde un único miembro en la Cámara Alta que represente a ambas. 

El reparto actual de senadores en las islas. Según la Constitución, a las islas de Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma les corresponden un senador a cada una, mientras que Ibiza-Formentera formaría una agrupación de islas con un único senador para las dos. A Gran Canaria, Mallorca y Tenerife les corresponden tres senadores a cada una de ellas. 

Reforma constitucional. El cambio que plantean desde Baleares supone reformar un artículo de la Constitución para que lo que ahora es “Ibiza-Formentera” pase a ser “Ibiza y Formentera” y que ambas islas se separen a efectos de elección de senador, por lo que a cada una les correspondería elegir a un miembro de la Cámara Alta. 

Ojo, no es nuevo. Esta iniciativa de Baleares en realidad no es nueva, se registró en el Congreso por primera vez en la XII legislatura y desde entonces se ha trasladado al próximo Congreso, hasta la actualidad.  

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  • En octubre de 2018 se registró en el Congreso la iniciativa de que Formentera tuviera su propio senador, se tomó en consideración y se acabó trasladando al próximo Congreso. 

¿Cambiar la constitución? Iniciar una reforma constitucional supone (en este caso y puesto que se trata de una reforma parcial o de aspectos no esenciales) una mayoría de tres quintos en cada cámara, es decir, el sí de 210 diputados y 159 senadores. 

  • En el caso de que no se lograse se creará una comisión con la misma cantidad de diputados que de senadores que tendrían que presentar un texto a votar por las Cortes. Si siguiera sin lograrse el apoyo de las tres quintas partes, cambian los márgenes necesarios para aprobar la reforma constitucional a una mayoría absoluta en el Senado (133 senadores) y de dos tercios en el Congreso (234 diputados).
  • La reforma se somete a un referéndum ciudadano si una décima parte de los diputados (35) o de los senadores (27) lo solicitan en los 15 días siguientes a la aprobación del texto. 
Fuentes
  • Proposición de reforma constitucional
  • Página web del Congreso
  • Constitución Española

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